Arturo Mcfields Yescas [email protected]
A partir del próximo año más de 240,000 nicaragüenses menores de 43 años, pasarán a formar parte del Sistema de Ahorro para Pensiones. Un sistema que según el presidente de la Comisión de Salud y Seguridad Social del Poder Legislativo, Gustavo Porras, es obligatorio y no está exento de riesgos.
“Es un riesgo y una gran desventaja para los trabajadores, porque se tienen que afiliar a las Administradoras de Fondos de Pensiones obligados y nadie responde por la seguridad de sus fondos, en un país donde han quebrado hasta bancos”, subrayó Porras.
El parlamentario criticó el hecho de que los trabajadores financiarán la creación de las Aseguradoras de Fondos para Pensiones (AFP), porque de acuerdo a la Ley 340, un tres por ciento de la cotización se destinará para los gastos operativos de las administradoras y la contratación del pago de una aseguradora.
“Es injusto porque en lugares como el mismo Costa Rica vos ves que aunque es obligatorio, por lo menos te dan chance de optar a un sistema mixto que permite a los trabajadores repartir su fondo de pensiones entre lo que aquí es el INSS y una AFP”, agrega el parlamentario.
Porras señaló que los trabajadores llevan todas las de perder, porque además de ser obligados a entrar al sistema, ingresarán al mismo “totalmente desinformados”.
NADIE EXENTO DE LAS ESTAFAS
Para Javier Cascante, Superintendente de Pensiones de Costa Rica, al privatizar las pensiones “nadie está exento” de posibles casos de estafa, por lo que a su juicio la clave del éxito en esta empresa es “tener buenos administradores y reglas claras del juego”.
Recordó que en países como El Salvador, comenzaron con siete empresas Administradoras de Fondos de Pensiones y luego sólo quedaron tres en el mercado, y en el caso de Costa Rica, de once que existían se han reducido a nueve.
Cairo Amador, Superintendente de Pensiones por la Ley, explicó que a la par de grupos financieros externos también podrían formar parte del Sistema de Ahorro de Pensiones, “el Banco de América Central, el Banco de la Producción, el grupo del Banco de Centroamérica, y el grupo Banco de Finanzas”.
Así mismo señaló que “el Consejo ya decidió echar a andar el sistema, esté o no nombrado el superintendente, porque ya se cuenta con el respaldo y aceptación de los agentes sociales involucrados en el proceso, podríamos empezar con tres o cuatro”.
Por su parte Manuel Ruiz, quien es especialista en seguridad social, considera que el nuevo sistema sigue representando un alto riesgo para el trabajador porque “nadie responde” en caso de que la aseguradora quiebre.
“Ninguna garantía te da el Estado. Si una AFP le va bien te va bien a vos claro, pero si le va mal, el trabajador también va corriendo ese riesgo, no hay inversión segura siempre se corre un riesgo”, dijo Ruiz.
SUPERINTENDENCIA DICE QUE NO HAY QUE TEMER
El Superintendente por la Ley manifestó que a pesar de las debilidades que pudiera tener el sistema de ahorro para pensiones, lo que se busca es garantizar la estabilidad y seguridad en los fondos de los pensionados.
Según el funcionario, aunque las aseguradoras de fondos para pensiones quiebren, los fondos para pensiones son un “fondo aparte” y están exentos de riesgos.
“El sistema nuestro es seguro. Consideró que el actual sistema dará mayor vigilancia y mayor control a las pensiones. Aunque el sistema mixto es bueno, Costa Rica es el clásico ejemplo y tienen buenos resultados. Yo hubiera querido que así fuera pero la ley ya está hecha”, dijo Amador.
La Ley del Sistema de Ahorro de Pensiones contiene una serie de artículos que van en contra de los empleados, y que según el diputado Porras “endurecen” los requisitos para acceder a la pensión mínima de invalidez y de sobrevivencia.
“La pensión mínima de vejez va a ser más difícil de conseguir, porque el que quiera aplicar para tenerla va a tener que estar cotizando al momento en que fue declarada la invalidez, en caso de accidente común, y siempre que hubiere cotizado al menos seis meses, durante los últimos doce, y que el accidente haya ocurrido después de su afiliación”, señala Porras.
El parlamentario manifestó que desde que esta ley surgió, hubo muchos vacíos jurídicos, que según él, obedecen a presiones de organismos internacionales.
“Hubo mucha presión internacional para que se aprobara esta iniciativa. Desde que nació esta ley, lo hizo con pecado original, porque viola el precepto constitucional en el que establece que la seguridad social es potestad del Estado, es una obligación indeclinable”, señaló Porras.
JUBILACIÓN
La jubilación se podrá obtener cuando el trabajador tenga 60 años o más. Esto podrá disminuir en caso que el trabajador se haya desempeñado en labores que signifiquen un fuerte desgaste físico o mental, lo que se determinará en el reglamento.
Además el trabajador podrá optar a su jubilación cuando el saldo de la cuenta del mismo sea suficiente para financiar una pensión igual o superior al sesenta por ciento del salario básico regulador, y que también sea igual o mayor al 160 por ciento de la pensión mínima que en la actualidad es de 900 córdobas.
A pesar de que los ingresos de las AFP no se incrementarán con el rendimiento que generen los fondos de pensiones, ganarán una comisión mínima de un tres por ciento, cuando el empleado pase un año sin cotizar.
Uno de los beneficios del nuevo régimen es que a la rentabilidad de las inversiones de los fondos de las pensiones no se les deducirá el Impuesto sobre la Renta, según la Ley 340.
El especialista en seguridad social, Manuel Ruiz, considera que “éste es uno de los aspectos positivos del sistema, si tomamos en cuenta que todos los intereses que devengan los fondos están exentos de pago”.
