LA DICTADURA NO PUEDE OCULTAR LA VERDAD

Hoy se cumplen

14
días

desde que nuestras instalaciones fueron tomadas y nuestro gerente general Juan Lorenzo Holmann fue detenido.

con las instalaciones tomadas y nuestro gerente general Juan Lorenzo Holmann detenido.

Sergio García Quintero. (LA PRENSA/Archivo)

Acusación ronda a los abortistas

Causaron aborto a niña que fue violada en Costa Rica, pero sin autorización de una Comisión Médica del Minsa Red de Mujeres Contra la Violencia oculta nombres de los médicos y la ubicación de la clínica donde se realizó la interrupción del embarazo Elízabeth Romero [email protected] Tres médicos nicaragüenses que practicaron de forma clandestina la […]

  • Causaron aborto a niña que fue
    violada en Costa Rica, pero sin
    autorización de una Comisión
    Médica del Minsa
  • Red de Mujeres Contra la Violencia oculta nombres de los médicos y la ubicación de la clínica donde se realizó la interrupción del embarazo

Elízabeth Romero [email protected]

Tres médicos nicaragüenses que practicaron de forma clandestina la interrupción del embarazo de la niña de nueve años que fue violada en Costa Rica, podrían ser acusados de oficio criminalmente por las instituciones del Estado, estimó un jurista consultado por LA PRENSA.

El jurista explicó que, en este caso los tres facultativos que integraban la Comisión Médica del Ministerio de Salud (Minsa) que evaluó a la menor, no autorizaron expresamente el aborto, por lo que las instituciones del Estado como el Minsa, el Ministerio de la Familia, o la misma Fiscalía General de la República, podrían acusar de oficio a los autores del aborto.

LA PRENSA se comunicó anoche con la fiscal departamental de Managua, María del Carmen Solórzano, para conocer si actuaría de oficio en este caso, pero ella alegó que no se escuchaba bien la conversación telefónica.

“En este caso, los tres médicos que practicaron el aborto, padre y madre de la niña, serían acusados como autores, mientras que las enfermeras que participaron serían señaladas como cómplices o colaboradoras; y a las miembros de la Red de Mujeres Contra la Violencia se les acusaría por apología del delito”, sostuvo el jurista consultado.

El aborto terapéutico se practicó la noche del jueves en un local no determinado por las integrantes de la Red de Mujeres contra la Violencia, quienes aseguraron que “Rosita está en buen estado de salud”.

“Estamos contentas porque la niña está bien, está viva, está sana, quedó dibujando, quedó jugando, está alegre, sus padres están contentos, están con ella”, dijo la coordinadora de la Red, Violeta Delgado.

“La niña se encuentra con sus padres y está bajo supervisión médica en una institución, no quisiéramos dar detalles porque ha habido mucha cacería contra esta familia”, agregó Delgado.

SE DESCONOCE TÉCNICA UTILIZADA

Y aunque Delgado prefirió no referirse a la técnica médica utilizada para practicarle el aborto terapéutico a Rosa, dijo que los padres tomaron la decisión a raíz del dictamen de los tres médicos que nombró el Ministerio de Salud (Minsa).

Los médicos que practicaron el aborto se ofrecieron voluntariamente y también facilitaron el local, según Delgado. Su identidad no será revelada por ningún medio, añadió.

Existe una carta dirigida a las autoridades de Nicaragua, mediante la cual los padres de la menor expresan que asumen la responsabilidad emanada de la patria potestad que ejercen en relación con su hija, de autorizar el aborto terapéutico amparados en el artículo 165 del Código Penal.

Sin embargo, la ambigüedad de la resolución de los tres facultativos que expresamente no autorizó que se le practicara el aborto terapéutico a la menor, puede tener consecuencias jurídicas para quienes lo practicaron.

CARTA DE LOS PADRES

No obstante, los padres de la menor, en su carta que públicamente elevaron a las autoridades de Nicaragua, responsabilizan al Ministerio de Salud “por las consecuencias que pueden derivarse de esta situación, al haber dejado sin complementar su propio dictamen”.

La representante de la Coordinadora Civil y miembro de la Red, Ana Quiroz, manifestó que la voluntad de la Red “ha sido acompañar a esta familia, respetar su decisión, y que en primer lugar se ponga la vida de la niña y la voluntad de los padres”.

Sobre una posible acusación que puedan enfrentar por instituciones estatales como el Ministerio de la Familia, el asesor legal de los padres de la menor, doctor Sergio García Quintero expresó: “Estamos estudiando a fondo eso”.

“Estamos plenamente convencidos aquí, que si la niña se ha muerto sin que se le practicara este tratamiento que se le aplicó, probablemente hubieran habido responsables penales por la muerte de esta niña, porque lo que es causa de la causa, es causa del mal causado, y lo que se pretendía era que el embarazo continuara aunque la niña se muriera y el fruto del embarazo también”, apuntó el abogado.

“Lo importante es decir que la niña está en perfecto estado de salud, está muy bien, quedó dibujando, conversando, hoy en estos momentos acabamos de informarle al Procurador de Derechos Humanos de esta decisión; se le hizo entrega de la carta de los padres, los padres se entrevistaron con él, le plantearon la felicidad y satisfacción que tenían porque su hija estaba bien”, insistió Delgado.

SOBRE EL ABORTO

El artículo 162 del Código Penal establece que quien cause la muerte de un feto en el seno materno o mediante aborto será sancionado con prisión que va de 3 a 6 años, si obrare sin consentimiento de la mujer o si ésta fuere menor de 16 años. En caso que fuese con consentimiento de la mujer la pena va de 1 a 4 años.

La mujer que hubiere prestado consentimiento para el aborto, sufrirá la pena de 1 a 4 años de prisión. Si se hubiere empleado violencia, intimidación, amenaza o engaño para realizar el aborto en el primer caso, o para obtener el consentimiento en el segundo, se impondrá la pena en su máxima duración, respectivamente.

Cuando a consecuencia del aborto o de prácticas abortivas realizadas en mujer no encinta, creyéndola embarazada, o por emplear medios inadecuados para producir el aborto resultare la muerte de la mujer, se impondrá la pena de 6 a 10 años de presidio; si resultare alguna lesión la pena será de 4 a 10 años de prisión. Si el agente se dedicare habitualmente a la práctica de abortos, se aplicará en cada caso la pena en su máxima duración.

Los médicos, cirujanos, boticarios o comadronas que hagan abortar a cualquier mujer, con o sin su consentimiento, sufrirán la pena de 5 a 10 años de presidio, más las accesorias de inhabilitación especial, concluye el artículo 162 sobre el aborto.

ESTUDIAN CASO

El Ministerio de la Familia, a través de la directora de Protección, María Teresa García de la Rocha, en relación con una posible acusación contra quienes practicaron el aborto terapéutico, se limitó a decir que analizan el caso, del cual no tienen información oficial.

VER TAMBIÉN:

Niña embarazada bajo protección

Iglesia Católica amenaza con excomulgar

Ticos impactados por casos de niñas nicas

Procurador pide que cese guerra verbal  

×

Apoye el periodismo independiente. Lo invitamos a compartir este contenido.

Comparte nuestro enlace: