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Revocan auto de prisión contra policías

Apelaciones dice que los agentes estaban obligados a cumplir orden de desalojo de familias en Isla de Ometepe Noelia Sánchez RicarteCORRESPONSAL/[email protected] Roman, Times, serif»> Revocan auto de prisión contra policías Apelaciones dice que los agentes estaban obligados a cumplir orden de desalojo de familias en Isla de Ometepe Noelia Sánchez RicarteCORRESPONSAL/[email protected] El Tribunal de Apelaciones […]

  • Apelaciones dice que los agentes estaban obligados a cumplir orden de desalojo de familias en Isla de Ometepe

Noelia Sánchez RicarteCORRESPONSAL/[email protected]

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Revocan auto de prisión contra policías



Apelaciones dice que los agentes estaban obligados a cumplir orden de desalojo de familias en Isla de Ometepe

Noelia Sánchez Ricarte
CORRESPONSAL/RIVAS
[email protected]




El Tribunal de Apelaciones de Granada revocó la sentencia emitida el pasado 21 de mayo del 2002, en la cual la Juez de Distrito del Crimen de Rivas, Ivette Toruño, dictó auto de segura y formal prisión en contra de ocho policías que participaron en un desalojo violento en la Isla de Ometepe, en febrero pasado. El tribunal decretó sobreseimiento definitivo a favor de éstos.

Esta instancia aceptó la apelación interpuesta por la defensa de los policías y revocó el auto de prisión que se había decretado por los delitos de lesiones, exposición de personas al peligro y abuso de autoridad, en perjuicio de tres habitantes de la comunidad Mérida, en la Isla de Ometepe, donde ocurrieron los hechos.

En febrero del 2002 un grupo de policías llegó a la Isla de Ometepe a brindar auxilio policial solicitado por la entonces Juez de Distrito de lo Civil, Gloria María Arauz (destituida de su cargo), para desalojar a trece familias de la comunidad Mérida.

La situación durante dos días se volvió violenta y varias personas de la comunidad resultaron heridas de bala y varios policías fueron lesionados.

CUESTIONAN A JUDICIAL

El Tribunal de Apelaciones en sus consideraciones alega que hay muchas anomalías en el auto cabeza del proceso, como el hecho de “categorizar únicamente como indiciados a los policías, cuando ellos mismos fueron víctimas de lesiones”.

También menciona que la juez “infló en su sentencia”, el hecho de que mujeres y niños estuvieran presentes en este desalojo y que éstos sufrieron ultraje por haberlo presenciado (desalojo).

“En todo desalojo hay aspectos bochornosos de dolor humano, como tener que cumplirlo ante la familia, inclusive ante mujeres y niños. Pero esta compasión que la juez señala en su sentencia que impregnó de “angelismo compungido”, no autoriza a desoír la obligación policial de asegurar la realización de un mandato judicial, por duras que sean sus consecuencias”, criticó el Tribunal.

LO DEMÁS IGUAL

La sentencia del Tribunal de Granada confirmó el resto del fallo emitido por la juez Ivette Toruño en mayo pasado. Se confirmó el auto de prisión que se decretó en contra de Álvaro Molina Briones, por el delito de instigación para delinquir en contra de los policías mencionados.

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