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Amparo

Doctor Alfonso Dávila Barboza Celoso como jurista del respeto a las leyes, decretos y ordenanzas administrativas de la República de Nicaragua, expreso mi opinión sobre el Amparo otorgado por la Sala Civil (1) del Tribunal de Apelaciones de Managua, por la devolución de su calidad de diputado al doctor Arnoldo Alemán. Lejos de pasión política, […]

Doctor Alfonso Dávila Barboza

Celoso como jurista del respeto a las leyes, decretos y ordenanzas administrativas de la República de Nicaragua, expreso mi opinión sobre el Amparo otorgado por la Sala Civil (1) del Tribunal de Apelaciones de Managua, por la devolución de su calidad de diputado al doctor Arnoldo Alemán. Lejos de pasión política, debe quedar claro y bien sentado que esa decisión la estimo correcta y bien sustentada legalmente.

Debe entenderse meridianamente que sentencia firme es aquélla que no admite ningún recurso y por lo tanto no podía la directiva de la Asamblea Nacional resolver precipitadamente la destitución de Alemán de su escaño como diputado. Verdad absoluta, la suspensión de oficio del acto reclamado es correcta.

El imperio del derecho exige cabal cumplimiento y eficacia de su tutelaje para determinar el valor de la Ley de Amparo.

También se había señalado que la sentencia de la doctora (Juana) Méndez del 7 de diciembre del año en curso no era apelable y constituyó un agravio al Código de Instrucción Criminal, con cuyo procedimiento se tramitó el juicio contra Alemán y otros; incluso a la que dice en su artículo 34, inciso 9, que todo procesado puede recurrir ante un tribunal superior a fin de que su caso sea revisado, cuando hubiese sido condenado por cualquier delito.

Emito esta opinión jurídica como un desagravio a los desafueros que se cometen contra nuestra legislación.

Asesor legal penal
Masaya

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