Moisés Martínez
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Enitel y BellSouth se pelean $22 millones
Moisés Martínez
La disputa legal con más millones de dólares en juego en la historia de las telecomunicaciones de Nicaragua se encuentra en su etapa final, en la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
Los magistrados del máximo Poder Judicial están a un paso de decidir sobre una controversia entre la Empresa Nicaragüense de Telecomunicaciones (Enitel) y la operadora de telefonía celular BellSouth que, según los documentos de la Sala Civil a que tuvo acceso LA PRENSA, podría superar los 22 millones de dólares.
El origen de este pleito millonario son las “tajadas” que le debe tocar a cada uno de los operadores, por lo que se denomina Larga Distancia Internacional Entrante (LDIE), que son aquellas llamadas que se hacen desde algún lugar extranjero hacia un celular en Nicaragua.
La historia de este conflicto se remonta a enero del 2003. Negociaciones entre los administradores de Enitel, que en ese tiempo eran el consorcio hondureño Megatel, y la empresa BellSouth, buscaron cómo llegar a un acuerdo respecto al porcentaje que le tocaría a cada operador por las LDIE.
Como Enitel es el único operador autorizado para brindar el servicio de larga distancia internacional en el país, entonces cualquier llamada desde el extranjero hacia Nicaragua tiene que “pasar” obligatoriamente por Enitel, ya sea hacia teléfonos convencionales o celulares.
EL SILENCIo DEL REGULADOR
En mayo del 2003, los dos operadores acordaron que por cada llamada desde otro país a un celular BellSouth, independiente del país donde se originara y del costo de la llamada, a esta compañía le corresponderían 12.16 centavos de dólar por cada minuto de comunicación.
Este acuerdo entraría en vigencia el 1 de julio de ese año, pero la institución que regula las telecomunicaciones en Nicaragua, Telcor, no dio en ese momento su aprobación oficial al acuerdo. Pasaron los meses, BellSouth enviaba sus reportes de lo que, según sus cálculos, le correspondía de las llamadas, pero Enitel no le entregaba el dinero.
Debido al incumplimiento de Enitel, BellSouth interpuso el reclamo formal ante Telcor. En la documentación es evidente que el acuerdo entre los dos operadores fue reportado a Telcor, casi de inmediato después de la firma, pero esa entidad la aprobó oficialmente hasta febrero del año 2004, siete meses después de su entrada en vigencia fijada para julio del 2003.
Para esta fecha ya era un secreto a voces que Megatel, la empresa que firmó el acuerdo con BellSouth, estaba preparando la venta de su porcentaje accionario en Enitel al poderoso consorcio mexicano América Móvil.
APELARON ALLAUDO COMERCIAL
Al hacer su reclamo a Telcor, los dos operadores también apelaron al artículo 24.5 del contrato de interconexión entre ambas compañías, que establece que en caso de desacuerdos entre las dos empresas, se puede llevar el caso ante un tribunal compuesto por dos árbitros, dos designados por cada operador y un tercero que tendría una función de dirimente, nombrado por la Cámara de Comercio Nicaragüense.
La decisión de este tribunal de arbitraje sería inapelable y se hizo un “pacto de caballeros” para que este penoso desacuerdo entre las dos compañías se guardara con discreción.
Meses después los mexicanos de América Móvil asumieron oficialmente el control administrativo de Enitel, desapareciendo Megatel del escenario en medio de una fuerte controversia por acusaciones de que había “ordeñado” las arcas de la compañía.
Entretanto, el tribunal de arbitraje, compuesto por Antonio Riopedre, Plutarco Pasos y la dirimente nombrada por la Cámara de Comercio Nicaragüense, la colombiana Adriana María Polania, analizaba las posiciones de ambas empresas.
El 29 de mayo del año pasado, Telcor emitió su resolución firmada por el director de entonces, Eduardo Urcuyo, concediéndole la demanda a BellSouth y ordenando a Enitel que en 30 días cumpliera con la entrega del porcentaje facturado de llamadas LDIE hechas a celulares de esa compañía.
Sin embargo, el laudo comercial ya estaba solicitado y, pese a la decisión de Telcor, serían los árbitros designados los que tomarían la decisión final.
DECISIÓN AGRANDACONFLICTO
El 11 de octubre del 2004, el tribunal, de manera unánime, condenó a Enitel a cumplir con el acuerdo firmado con BellSouth. Además, se le ordena a Enitel pagar un poco más de 22 millones de dólares a BellSouth en concepto de LDIE e intereses acumulados.
Según el laudo, Enitel tenía como plazo para pagar ese monto a BellSouth hasta el 30 de noviembre del 2004. Sin embargo, lo que parecía ser el final de esta polémica terminó siendo una etapa más del conflicto, luego que Enitel decidiera interponer ante el Juzgado Primero de lo Civil un recurso de casación en contra del fallo establecido en el laudo comercial.
Por tanto, los millones de dólares disputados por estas dos compañías se encuentran prácticamente en manos de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia y, de acuerdo a la documentación del caso, éste ya está para sentencia.
LA PRENSA consultó sobre el caso a Francisco Pereira, vocero de BellSouth, pero él prefirió no profundizar en el tema debido a que el caso está en la etapa final.
“Estamos esperando que esta confusión finalmente se aclare y que la Corte Suprema falle conforme a derecho, tomando en cuenta que ya hubo una decisión favorable para nosotros en el arbitraje. Nosotros siempre respetamos el acuerdo de confidencialidad que se había establecido, pero Enitel incumplió este acuerdo al llevar el caso a casación”, dijo Pereira.
PROBLEMA DE TIEMPO
Rafael Chamorro, gerente jurídico de Enitel, argumentó que el recurso de casación se interpuso debido al tiempo que comprendía el fallo del laudo comercial.
Explicó que el laudo debe abarcar desde febrero del 2004, que fue cuando Telcor aprobó oficialmente el acuerdo entre esta compañía y BellSouth y no desde el 2003.
“Aceptamos como solución de controversia un arbitraje, pero según nosotros no se cumple con lo que debió haber establecido el tribunal, por eso es que vamos de casación, porque a nuestro juicio el tribunal se excedió en sus atribuciones, no es un asunto que desconocemos lo que dictaminó el arbitraje”, dijo Chamorro.
“El contrato fue aprobado por Telcor el 23 de febrero del 2004, pero el laudo hace referencia a todo el año anterior. El tribunal no puede resolver en un período anterior a la entrada en vigencia del contrato; porque no importa lo que nosotros como empresa hayamos acordado antes, sino desde el tiempo en que Telcor aprobó el contrato. Por eso fue que nos sometimos al laudo, para que decidiera desde que el contrato fue aprobado”, insistió el gerente jurídico de Enitel.