- Asamblea Nacional aprobó en lo general, la reforma a la ley de la Superintendencia de Bancos (SIB)
- La ley pretende fortalecer funciones de supervisión, previendo posibles problemas
Luis Núñez Salmeró[email protected]
La Asamblea Nacional aprobó en lo general, la Ley de Reformas a la Ley 316, de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras” y hoy iniciarán la discusión en lo particular y que según diputados de las diferentes bancadas será una discusión rápida, dado el consenso que existe alrededor de la misma.
Esta ley ha sido ampliamente discutida con especialistas, diputados, el Gobierno y sector bancario y “viene a fortalecer el sistema financiero”, afirmó Luis Rivas, gerente general del Banco de la Producción (Banpro).
Según Rivas, la única preocupación que tenían es que el proyecto de ley otorgaba mayores funciones al superintendente, “las que según nosotros, sería más adecuado que le fueran transferidas al consejo directivo”.
Por su parte el diputado Orlando Tardencilla, de la bancada Azul y Blanco, destacó que esta reforma pretende fortalecer el alcance de la institución y permita mantener el control del sistema financiero nicaragüense “por eso creemos que la Superintendencia de Bancos debe tener mayores recursos, más posibilidades y facultades”.
De acuerdo con los diputados, estas reformas apuntan a mejorar las funciones y alcances de la SIB, como una forma de prevenir que se repita la crisis por las quiebras bancarias del pasado “y que al final terminamos pagando los nicaragüenses”, señaló Tardencilla.
SEPARAR FUNCIONES
Con esta reforma adicionalmente “se separará las funciones de supervisión de bancos en operación normal, de las funciones de ejecución y supervisión de intervención y liquidación” , trasladando estas dos últimas funciones al Fondo de Garantía de Depósitos (Fogade) a través de una unidad especial.
Estas funciones estaban concentradas en la SIB y de acuerdo con el diputado sandinista Wálmaro Gutiérrez, tenía que subcontratar juntas liquidadoras para que se encargaran del proceso posterior al cierre, a través de juntas liquidadoras.
La idea es adelantarse a cualquier problema que se pueda presentar en el sistema, evitando de esa forma situaciones de emergencia que puedan inducir a una quiebra bancaria, explicó Tardencilla.
Por su parte el diputado liberal Wilfredo Navarro explicó que esta reforma recoge una serie de normas que pretenden modernizar el consejo directivo de la SIB y establece algunas facultades específicas “que permitirán facilitar la comunicación entre los bancos y la SIB”.
PROTECCIÓN A SUPERINTENDENTE
Uno de los puntos que los legisladores tomaron en cuenta para la ley, es apoyar la labor del Superintendente de Bancos, para lo cual se estableció “la protección legal”, afirmó Navarro, quien aclaró que no se trata de inmunidad para el superintendente tal y como se había hablado en el pasado.
Según la ley, en este sentido “en caso que se inicien causas judiciales, incluyendo los recursos de amparo en contra de los miembros del consejo directivo por sus actuaciones en esa calidad, por ministerio de la ley podrán ser representados legalmente por el presidente del consejo directivo. Se exceptúan los casos penales”.
VIENE LEY DE BANCOS
Por otro lado, una vez aprobada la reforma a la Superintendencia, los diputados iniciarán la discusión y aprobación de la Ley de Bancos.
Al respecto el diputado Navarro sostiene que esta nueva ley permitirá una mayor accesiblidad a la información por parte de la SIB, en una acción que más bien busca el fortalecimiento de las supervisiones y dará a los usuarios mayor seguridad en el sistema.
“En muchos casos, la situación de los bancos no fue conocida y por eso se dieron los problemas que generaron las quiebras bancarias”, indicó.
Por su parte, el Superintendente de Bancos, Víctor Urcuyo, aseguró que esta nueva ley estará ajustada a los cambios que implicará la nueva Ley de Bancos que también está siendo sometida a aprobación en la Asamblea Nacional.
Una ley basada en la gestión del riesgo, agregó Urcuyo, acorde con las nuevas tendencias y los requerimientos en las relaciones financieras.
El funcionario explicó, además, que esto es parte de un proyecto de unificación de criterios a nivel del istmo en materia financiera, para consolidar los intereses comunes a nivel regional.
LA LEY
La nueva ley fortalece las funciones del Superintendente de Bancos, respecto a la supervisión bancaria.
La Superintendencia puede solicitar la liquidación forzosa de cualquier banco o entidad financiera bajo su fiscalización, en los casos contemplados por la ley, y ejecutarla cuando la ley le atribuye esa facultad a la Superintendencia.
Regular la suficiencia de capital, la concentración de crédito, el crédito a partes relacionadas y la clasificación y provisionamiento de cartera.
Requerir de los bancos y demás instituciones fiscalizadas los informes que necesite para el cumplimiento de sus funciones.
Por su parte el Superintendente tiene como funciones hacer cumplir las resoluciones del consejo directivo de la Superintendencia, del Fondo de Garantía de Depósitos y las normas de política monetaria y cambiaria emanadas del Banco Central de Nicaragua.
GESTIÓN EFICIENTE
“No se trata de mantener intimidados a los bancos con más controles, sino de hacerlos más efectivos y evitar las quiebras bancarias”, explicó el diputado Wilfredo Navarro, de la bancada del PLC. Una posición que comparten todas las bancadas y los sectores involucrados, quienes sostienen que hay un criterio unificado al respecto.
