Los profesionales de Nicaragua entraron ayer a una nueva etapa legal, luego de que se aprobara en el parlamento la Ley General de Colegiación y del Ejercicio Profesional, que establece una serie de beneficios tributarios y además distintas sanciones para aquellos que fallen en sus labores.
“Hay beneficios tributarios para el profesional colegiado, como el de la inserción de lo que son sus instrumentos propios de prácticas profesionales hasta por un monto no mayor a los diez mil dólares norteamericanos, por una sola vez”, explicó el diputado sandinista Wálmaro Gutiérrez, miembro de la Comisión de Justicia.
La ley también plantea que todo aquel profesional colegiado deberá enfrentar sanciones pecuniarias, suspensión de su oficio y hasta causas civiles y penales, cuando falle en sus labores.
Por su parte, Luis Mariano Montalván, presidente de la Confederación de Profesionales de Nicaragua (Conapro), celebró que con la ley los profesionales provenientes del extranjero deberán cumplir con diversas normas para poder ejercer en Nicaragua su respectivo oficio.
“La ley plantea que todos los profesionales extranjeros deberán acreditarse ante un colegio para poder ejercer en nuestro país, anteriormente venía cualquier profesional y ejercía y no había ningún control sobre ellos, desplazando al profesional nicaragüense”, señaló Montalván.
La ley deberá publicarse en La Gaceta.