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gabriel álvarez. (LA PRENSA/ARCHIVO.)

La edad para votar

[doap_box title=”En otros países” box_color=”#336699″ class=”archivo-aside”] Estas son las edades para que las personas puedan ejercer su derecho al voto en algunos países: Irán: 15 Chipre, Cuba y Nicaragua: 16 Indonesia: 17 Bolivia: 18 si se está casado pero 21 si se es soltero. Austria y Jordania: 19 Camerún y Japón: 20 Kuwait y Sierra […]

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Estas son las edades para que las personas puedan ejercer su derecho al voto en algunos países:

Irán: 15

Chipre, Cuba y Nicaragua: 16

Indonesia: 17

Bolivia: 18 si se está casado pero 21 si se es soltero.

Austria y Jordania: 19

Camerún y Japón: 20

Kuwait y Sierra Leona: 21

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El jurista y filósofo Alejandro Serrano Caldera expresó que la decisión de que los jóvenes votaran a los 16 años fue coyuntural y no fue suficientemente meditada.

El derecho a ejercer el voto desde esta edad fue contemplado desde la Constitución de 1987. La razón de esta decisión fue porque también era la edad requerida para el Servicio Militar, pues no tenía “ninguna sustentación jurídica ni moral exigirle a un joven que arriesgara su vida en una guerra e impedirle luego que votara”.

“Hubiera resultado verdaderamente incongruente, más todavía, que se le pidiera al joven tomar un fusil e ir a la guerra a exponer su propia vida y se le negara el derecho a participar en los procesos electorales”, explicó Serrano Caldera.

A juicio del jurista nicaragüense, está bien que los jóvenes participen desde muy jóvenes en la vida política, pero resulta que tiene que esperar hasta los 21 años para tener facultades de carácter civil.

Según Serrano Caldera, alguien que desconoce la realidad nicaragüense podría pensar que “es menos importante elegir autoridades, donde se requiere una edad menor, que poder ser sujeto de derecho en las obligaciones privadas”.

Manifestó que tanto la elección de autoridades como otras decisiones de la vida privada son importantes. “De tal forma que debería homologarse estas edades o fundamentar porqué para heredar o para contratar se necesitan 21 años en la vida privada y por qué para elegir a los gobernantes que regirán un país se necesitan solamente 16”.

Por su parte, el ex presidente de la Asamblea Nacional, Luis Humberto Guzmán, dice que no son contradicciones jurídicas sino que los Estados establecen “distintas graduaciones” para votar.

Guzmán explicó que no es solamente una realidad nicaragüense sino que en otros países sucede igual.

El experto en Derecho Constitucional, Gabriel Álvarez, dijo que no hay contradicción jurídica pero que es absurdo que alguien tenga la gran responsabilidad de elegir gobernantes y no pueda tomar una decisión tan importante como casarse a esa edad.

Según Luisa Molina, de la Coordinadora Nicaragüense de ONG que trabajan con la niñez y la adolescencia (Codeni), el derecho al voto a los 16 años está bien ganado.

Molina indicó que es un “pendiente” del Estado de Nicaragua regular la edad para votar y tener otros derechos civiles. “La incongruencia jurídica es que tiene derecho de votar a los 16 años, pero no de ser electo”.

SER ELECTO REQUIERE MÁS EDAD

Otra de las disposiciones que establece la Constitución Política en el artículo 147 es que para ser electo Presidente de la República necesita tener 25 años como mínimo.

Para Serrano Caldera, esto tiene más lógica porque se requiere una madurez mayor para ejercer un cargo público porque “no es lo mismo escoger a alguien para gobernar (…) que asumir la responsabilidad de gobernar a esa edad (16 años)”.

Para ser electo diputado se requiere haber cumplido 21 años. La edad requerida para ser electo Magistrado del Poder Electoral es de 30 años. En cambio para ser Magistrado de los Tribunales de Justicia se requiere tener 35 años.

También Guzmán señala que parece que los Estados “han distinguido entre la madurez para elegir y otra para el ejercicio de un cargo”.

¿MAYOR DE EDAD A LOS 16?

Entonces se plantea la duda de cuándo se obtiene la mayoría de edad, si por un lado a los 16 años podés votar, pero hasta los 21 años se puede heredar.

La Constitución Política señala en el artículo 47 que son ciudadanos los nicaragüenses que hubieran cumplido los 16 años de edad. Sólo los ciudadanos gozan de los derechos políticos consignados en la Constitución y las leyes, sin más limitaciones que las que se establecen por razones de edad”.

Según Serrano Caldera, aunque la ciudadanía se adquiere a los 16 años, el ejercicio de cierto tipo de derechos requiere de una edad calificada mayor.

Álvarez manifestó que la mayoría de edad es de 18 años para las mujeres y 21 años para los hombres como lo establece el Código Civil. Sin embargo, hay incoherencias porque “sin ser mayor de edad podés ejercer un derecho de tal magnitud y trascendencia como votar”.

Reforma es difícil

Serrano dijo que no cree que sea lo más correcto cambiar la edad para votar en este momento porque “sería como decirle a los jóvenes ‘ustedes votaron prematuramente en las elecciones pasadas y realmente no tenían porque haber votado’”.

Asimismo explicó que debe estudiarse bien esa posibilidad porque la lección histórica es que las cosas no se deben hacer por respuestas coyunturales como ocurrió en el 87.

Además dijo que le parecería injusto para los jóvenes que se cambie la edad.

A juicio de Guzmán aunque podría abrirse el debate sobre una reforma no cree que sea una idea que encuentre mucho apoyo porque “las personas se hacen la idea que van a votar a partir de los 16 años”.

Destacó la participación de jóvenes, adolescentes y hasta los niños en los procesos nacionales, como las elecciones estudiantiles así como las Elecciones Infantiles organizadas por LA PRENSA y Canal 2.

“Pareciera más bien que la tendencia es incluyente y no excluyente, y más hay un afán de ampliar la posibilidad de ejercer ese poder de voto”, indicó Guzmán.

En este aspecto, Molina señala que más bien se debería bajar la edad a los 14 años porque a esa edad pueden ser contratados para trabajar.

En cambio, Álvarez señaló que estaría de acuerdo con aumentar la edad para votar porque se requiere mayor madurez para ejercer el voto “sin tratar de desconocer sus derechos y su aporte a la sociedad”.

Política

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