- Wilfredo Navarro señala que ALN se opone a la Ley Orgánica porque tratan de proteger a Montealegre
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El Partido Liberal Constitucionalista (PLC) y la Alianza Liberal Nicaragüense (ALN) avivaron ayer sus diferencias después que el diputado liberal Wilfredo Navarro desestimó las críticas que ha generado la aprobación de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional.
Navarro dijo que la postura de algunos diputados de la Alianza Liberal Nicaragüense (ALN) es en defensa del ex candidato presidencial Eduardo Montealegre y de banqueros y funcionarios del actual gobierno, por su participación en la reclasificación de las carteras de los bancos quebrados y la emisión de los Certificados Negociables de Inversión (Ceni).
“El afán de ALN y el afán de todos sus diputados es de ser cómplice de las sinvergüenzadas de los empresarios y de los banqueros. El problema es que ellos tienen el gran problema de los Ceni con Eduardo Montealegre y son ellos los que están viendo ese tipo de fantasma”, comentó Navarro.
Navarro agregó que “muchos de los funcionarios del gobierno de (Enrique) Bolaños tienen que responder (por su participación en el caso de los Ceni), acordate que el diez de enero dejan de ser funcionarios”.
Sin embargo, la diputada de la ALN, María Eugenia Sequeira manifestó que a Montealegre “no le afecta (la reacción de Navarro), porque él (Montealegre) es diputado y más bien podría decirse que ellos (PLC y FSLN) hicieron ese artículo, creyendo que Eduardo no iba a ganar y que iba a quedar de civil”.
Sequeira agregó que Montealegre no ha rehusado a que se realice una investigación sobre los Ceni.
ALN critica la aprobación de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, porque consideran que contiene roces constitucionales. Sequeira manifestó su oposición al artículo 53 de dicha ley, porque se tipifica como delito no contemplado en las funciones del Poder Legislativo.
Articulo polémico
El artículo 53 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional establece que “Las Comisiones de la Asamblea Nacional podrán, a solicitud de uno de sus miembros y aprobada por la Comisión, requerir la presencia de cualquier persona natural, nacional o extranjera, o del representante de una persona jurídica, o de los miembros de su Junta Directiva para que, según el caso y bajo juramento, oralmente o por escrito, declare o rinda informe sobre temas que sean interés de la Comisión. La renuencia a responder será sancionada como desacato a la autoridad, debiendo ponerse la denuncia correspondiente al Ministerio Público”.
Sin embargo, Navarro señala que el artículo 53 de la Ley Orgánica remite a la Fiscalía la renuencia de las personas citadas. “La Asamblea Nacional no se está transformando en tribunal, (…) la Fiscalía es la que determina si hay o no hay desacato”, afirmó Navarro.
