En su campaña permanente de educación cívica y formación democrática, Radio Corporación —“la radioemisora que habla el lenguaje de su pueblo”, por medio de la cual se transmiten los editoriales de LA PRENSA—, difunde todos los días una frase edificante de Simón Bolívar que dice: “Huid de aquel país donde uno solo ejerce todos los poderes. Es un país de esclavos”. Y es una cruel ironía que sea el gobernante de Venezuela que más invoca a Bolívar y dice gobernar en su nombre, el presidente Hugo Chávez, el que concentre en sus manos todos los poderes del Estado venezolano y pretenda, por eso mismo, hacer de su país una nación de esclavos.
En efecto, el coronel Hugo Chávez, aparte de que ejerce un inmenso poder presidencial controla a casi todos los 167 diputados de la Asamblea Nacional de Venezuela. Y como si eso fuera poco, dispone de una Ley Habilitante que le permite gobernar por decreto en todos los temas fundamentales de interés nacional y social. Además, Chávez domina el Poder Judicial y los organismos electoral y de control del Estado.
Eso mismo es lo que pretende hacer en Nicaragua el presidente Daniel Ortega, quien gracias al pacto con Arnoldo Alemán controla ya las decisiones principales del Poder Judicial y de los demás órganos superiores del Estado. Prácticamente sólo la Asamblea Nacional se escapa, por ahora, al dominio de Daniel Ortega. Por eso es que está tratando de ejercer un inconstitucional control previo sobre la formación de la ley; es decir, impedir que la Asamblea Nacional apruebe leyes que a él no le gustan, que limiten su poder y que frenen su carrera hacia la nueva dictadura.
El control previo de la ley no existe en el ordenamiento constitucional de Nicaragua. La facultad de legislar le corresponde exclusivamente a la Asamblea Nacional, según se establece en el artículo 132 de la Constitución Política de la República.
En el proceso de formación de la ley, que está señalado en los artículos 140 y 141 de la Constitución, los poderes Judicial y Electoral del Estado sólo pueden intervenir mediante la presentación de iniciativas de ley en materia de su competencia, lo cual es facultad también de los consejos regionales autónomos de la Costa Atlántica y de “los concejos municipales”, así como de los ciudadanos en todas las materias salvo en lo que se refiere a las “leyes orgánicas, tributarias o de carácter internacional y las de amnistía e indultos”.
En lo que respecta al Presidente de la República, este únicamente puede intervenir en el proceso de formación de la ley, primero, mediante la presentación de iniciativas, y segundo, hasta después de que la ley ha sido aprobada por el Poder Legislativo. Pero sólo lo puede hacer mediante el veto presidencial, que debe presentar a más tardar quince días después de que la ley ha sido aprobada y el cual puede ser rechazado por la Asamblea Nacional —como ocurrió con el veto a la ley de los CPC—, con el voto de la mitad más uno del total de diputados.
Lo que permite y garantiza la Constitución Política de Nicaragua es el control posterior de la ley, es decir, hasta que ya se encuentra en vigencia, control que se ejerce por medio del Recurso por Inconstitucionalidad de la ley o de los recursos de amparo que se tramitan en el Poder Judicial. De manera que aunque al Presidente no le guste una ley, tiene que someterse a ella, así como las sentencias del Poder Judicial son de obligatorio cumplimiento para todos. Para eso es, precisamente, el principio y sistema democrático de la separación e independencia de poderes.
“En la antigüedad —ilustra el enciclopedista jurídico Guillermo Cabanellas—, la elaboración de las leyes era el acto material de concretar su voluntad o capricho el soberano o monarca en los pueblos de constitución monárquica u organización despótica. Por excepción, y tratándose de textos extensos, más o menos sistemáticos, los trabajos preparatorios, e incluso la redacción, se encomendaban a juristas notables o a simples favoritos, cuidadosos de interpretar el pensamiento del soberano”. A esa etapa primitiva y absolutista de concentración de todos los poderes en una sola persona, o sea a hacer de Nicaragua un país de esclavos como lo advirtiera Simón Bolívar, nos quiere llevar Daniel Ortega .
Y esto es algo que los diputados democráticos no deben permitirle a Ortega por ninguna razón política ni cañonazo económico.