La Comisión Permanente de Derechos Humanos (CPDH) denunció ayer que la Corte Suprema de Justicia (CSJ), en su afán por negar información pública, alegó que la decisión tomada por la Sala Constitucional el 19 de octubre del año pasado, que permite al presidente Daniel Ortega su reelección, utiliza argumentos contradictorios al asegurar que fue un proyecto de sentencia.
El presidente de la Sala Constitucional de la CSJ, el magistrado sandinista Francisco Rosales, explicó que la sentencia de la reelección está firme únicamente para Daniel Ortega y los 109 alcaldes sandinistas que recurrieron de amparo, pero aún no es sentencia firme para todos los nicaragüenses y por lo tanto no se podía entregar una certificación a la CPDH.
Rosales alegó que tomando en cuenta que la sentencia es firme para Ortega y los alcaldes sandinistas, tampoco se le puede entregar una certificación a la CPDH porque este organismo no es parte en el juicio de amparo.
“Si (la CPDH) no es parte, no tiene derecho a solicitar nada”, dijo el magistrado Rosales, quien aseguró que desconocía sobre la solicitud y que fue la Secretaría de la Corte la que decidió negar la certificación.
Rosales también dijo que la sentencia de la reelección debe pasar a Corte Plena, para que tenga carácter de erga omnes, es decir que beneficie a todos los ciudadanos nicaragüenses, pero que los liberales no están interesados porque no van a reelegir a ninguno de sus actuales alcaldes.
El abogado de la CPDH, Denis Darce, manifestó que la negativa de emitir una fotocopia certificada del expediente completo, que culminó con la sentencia número 504, les violenta un derecho constitucional como es el derecho a la información pública.
“Pasan a lo irónico, ilógico, la categorizan como un proyecto de sentencia”, indicó.
“Que lo digan a los ciudadanos que es un proyecto de sentencia y tendrían que esperar que la Corte Plena lo ratifique”, dijo Darce.
Para Darce, la CSJ utiliza dos argumentos en la resolución, lo que consideró contradictorio porque es una información reservada que sólo compete a los recurrentes y que, según la ley de acceso, los proyectos de resolución de sentencia no son accesibles a la información pública porque están en proceso, lo cual consideró correcto.
Darce dijo que para que la sentencia sea considerada reservada, debió haber sido previamente clasificada.
La CPDH realizó la solicitud después que recurrió ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), al considerar que la CSJ asume funciones que no le competen, y la CIDH les solicitó documentar el caso. Darce manifestó que enviarán a la CIDH copia del trámite efectuado, para que sea ese organismo internacional el que lo solicite al Estado de Nicaragua.
Ver en la versión impresa las páginas: 3 A