CARACAS/ AFP y EL UNIVERSAL
El Banco Central de Venezuela (BCV) publicó ayer lunes el nuevo reglamento que regirá las operaciones de compra y venta de divisas en el mercado paralelo del dólar, que lleva paralizado tres semanas y será controlado a partir de ahora por el ente público en virtud de una ley.
El BCV regulará “los términos y condiciones de la negociación, en moneda nacional (…) de los títulos de la República” para lo cual “determinará una banda de precios”, precisa el reglamento, publicado en la Gaceta Oficial.
Estas bandas, cuyos valores serán publicados diariamente por el BCV, buscarán contener el precio del llamado dólar permuta (paralelo), que es legal sin ser oficial y cuyo valor se obtenía en virtud de la oferta y la demanda, lo cual le llevó a alcanzar niveles muy superiores a las tasas oficiales.
Actualmente, en Venezuela hay dos tasas oficiales del dólar: 2.6 bolívares por billete verde para importaciones prioritarias, fundamentalmente del Estado, y 4.3 bolívares para el resto.
Con esta nueva resolución, que entrará en vigencia a partir de hoy martes, el Gobierno pretende controlar este mercado paralelo de divisas y acercarlo a los valores oficiales del dólar.
FIJARÁN MONTOS EN ZONAS FRONTERIZAS
El BCV, que autorizará qué bancos y entes financieros podrán participar en estas transacciones, “determinará los títulos valores denominados en moneda extranjera, emitidos o por emitirse (…) que podrán ser objeto de operaciones de compra y venta”.
En la zona fronteriza, cuyo comercio depende en gran medida del dólar paralelo, los operadores cambiarios “podrán realizar compra o venta en efectivo de reales brasileños y pesos colombianos, según corresponda a su ubicación geográfica, hasta por el monto diario por cliente” que establezca el BCV.
En Venezuela impera desde 2003 un férreo control de cambio y el Gobierno es el encargado de otorgar dólares a la tasa oficial a empresas y particulares.
Sin embargo, los dólares concedidos por el Estado en los últimos meses no bastaban para satisfacer la demanda de divisas, en un país totalmente dependiente de las importaciones, lo cual hizo que muchos comerciantes y particulares recurrieran al mercado paralelo.
De acuerdo con la resolución, el BCV podrá requerir a los operadores cambiarios autorizados, información adicional a la reportada. Estos datos tendrán carácter confidencial y, sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar, aquellas instituciones que incumplan las regulaciones establecidas serán suspendidas temporal o definitivamente del sistema y su reincorporación sólo podrá ser autorizada por el directorio del Banco Central.
A los efectos del seguimiento y control de las transacciones, el BCV realizará las visitas e inspecciones que estime pertinentes a las instituciones autorizadas, para verificar el cumplimiento de los lineamientos, términos y condiciones establecidos.
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