El ex presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), magistrado liberal Manuel Martínez, cuestionó que su colega sandinista Alba Luz Ramos se haya proclamado nueva presidenta de ese poder del Estado. Dijo que Ramos podrá “llamarse reina si quiere”, pero “ella no es presidenta ni cosa que se le parezca”.
- Principio de confianza
- No puedenconstituir Salas
- Nada de conjueces
Para el magistrado liberal Sergio Cuarezma Terán, en este caso no hay falta temporal, sino cese de funciones, por eso no puede hablarse de que la primera vocal asume las funciones del Presidente y Vicepresidente, porque estos ya no lo son, y en consecuencia no suple a nadie.
Según Cuarezma, para solucionar este tema la CSJ (que no lo contempla la LOPJ), basado en el principio de la confianza, ha determinado durante muchos años que la primera vocal (bien pudo haber sido dos o cuatro vocales) asuma la dirección de la CSJ, pero en temas administrativos, para garantizar la normalidad de la gestión presupuestaria, pero, esa voluntad institucional nunca incorporó, porque no es legal, que tuviera las funciones del Presidente ni del Consejo Nacional de Administración y de la Carrera Judicial.
Para una próxima reforma de la LOPJ dijo el magistrado quien debería asumir los temas administrativos, mientras los políticos se ponen de acuerdo, es el Consejo Nacional de Administración. Por eso no es correcto hablar de Presidente, sino de Primer Vocal con funciones administrativas, y por tanto, el único que puede convocar a Corte Plena, es el Presidente, no el Primer Vocal. Este vacío se debe a que la LOPJ contempló que la Asamblea Nacional iba a elegir a los magistrados que se les vencía su periodo en el tiempo oportuno, y no previó las contradicciones internas del foro político legislativo a la hora de nombrar a los nuevos funcionarios de la CSJ.
Cuarezma agregó que la CSJ está integrada por 16 magistrado, la Corte Plena se constituye con igual número en funciones constitucionales y para iniciar la sesión el quórum debe de ser de 9 magistrados. Para nombrar presidente de Sala, organizar el Consejo y las Salas se necesitan de dos terceras parte de los miembros de Corte Plena, es decir 12 magistrados que lo aprueben. Si aun se convocaran 6 u 8, nunca tendrían el quórum ni la cantidad de votos para nombrar los cargos para la nueva organización de la Corte, porque los números ni la ley lo permite.
Explicó que actualmente, ni el Presidente ni la Primera Vocal pueden convocar a Corte Plena y a conjueces por varias razones. Primero, no hay ley que regule este tema. El 29 de enero del 2008 la Comisión de Justicia dictaminó positivamente el Proyecto de Ley de Conjueces de la CSJ. La misma Comisión expresó que dicha Ley vendría a llenar un vacío legal, ya que actualmente no existe una Ley que desarrolle las disposiciones Constitucionales establecidas en el artículo 138 numeral 7 y en el segundo párrafo del artículo. 163.
En segundo lugar, si hubiera Ley de Conjueces y los convocan para integrar Corte Plena se crearía un desorden mayor. Los Conjueces tienen la función de suplir a un magistrado propietario cuando temporalmente falte, pero en este caso, estamos lo que estamos, 12 magistrados, y no hay falta temporal de nadie. En caso los llamen, aun sin ley, no pueden suplir a quienes estamos en la Corte porque estamos físicamente en ella, y si lo hacen y determinan la nueva organización de la CSJ, ellos no podrían incluirse en dicha organización como presidentes ni propietarios porque son suplentes, y si hacen lo contrario, esto sería un arroz con mango y los escenarios y productos de ilegalidad se multiplicarían. En la Corte todos estamos consientes de este tema, explicó el magistrado Cuarezma.
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“(En estos momentos en la Corte Suprema) no hay presidente ni vicepresidente, es decir, por una cortesía se admite que la (magistrada o magistrado) de mayor antigüedad se encargue de la administración (de la CSJ), pero no de las funciones de un presidente. ¿Quién es el presidente?, yo cesé de mis funciones, el vicepresidente (Rafael Solís) putativamente cesó de sus funciones, entonces, ¿qué funciones va a asumir, si no hay nadie a quien sustituir?”, expresó Martínez.
Martínez dejó de ser presidente de la CSJ este lunes 14 de junio, y Ramos, el martes 15, por ser la primera vocal y la magistrada de más antigüedad en el cargo, amaneció al frente del Poder Judicial. Los sandinistas dicen que es “presidenta en funciones” de la CSJ, pero los liberales alegan que solo es administradora, sin tener funciones jurisdiccionales.
Para elegir a las nuevas autoridades de la Corte, Martínez debía convocar a Corte Plena, pero no lo hizo porque no admitió la presencia como magistrados de los orteguistas Rafael Solís y Armengol Cuadra, ya que a éstos se les vencieron sus períodos como tales en abril pasado y Martínez decidió dejar que se venciera su período como presidente y que Ramos asumiera la administración de la CSJ.
En conferencia de prensa brindada ayer, Ramos señaló que “el artículo 30 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley 260) establece de forma clara y meridiana que en caso de falta temporal y simultánea del presidente y del vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia, asumirá sus funciones el primer vocal”, es decir, ella.
Ramos dijo que asumió las 19 funciones que establece el artículo 29 de la Ley 260 para el presidente de la CSJ, entre ellas las de representar al Poder Judicial, tramitar los asuntos que debe resolver la Corte y convocar, presidir y fijar el orden del día en las sesiones ordinarias de Corte Plena, entre otras.
El magistrado Martínez explicó que la “falta temporal” en este momento no existe. “Ya vi (el comunicado) donde dice que ella (Ramos) es la presidenta, eso es problema de ella o capricho de ella, del libre albedrío de ella o como querrás llamarle, (ella puede) llamarse reina si quiere pues, pero la temporalidad mía no existe, ni la temporalidad del vicepresidente existe, entonces, lo que hay es un vacío entre la finalidad de mi período, que yo respetando la Constitución he cesado, y el vacío de que alguien administre la Corte, eso es lo que debe hacer ella”, dijo el magistrado Martínez.
Martínez explicó que en la Corte no hay ningún problema porque tiene quórum suficiente para cumplir con todas sus funciones y atribuciones de conformidad con la Ley . “Habemos 12 magistrados constitucionalmente electos por la Asamblea Nacional, entonces, con 12 magistrados podemos componer salas, podemos componer el Consejo de Administración y Carrera Judicial, podemos elegir un presidente y un vicepresidente, todo se puede hacer”, dijo.
Ramos ratificó que los sandinistas estudian la posibilidad de llamar a conjueces, si los liberales no asisten a la Corte Plena que ella estaría convocando a partir de la próxima semana.
“No hay (posibilidad de llamar a conjueces), si no estamos (los magistrados liberales) ausentes, estamos presentes, estamos constitucionalmente electos. Los que no están electos constitucionalmente no deben estar (Solís y Cuadra), mucho menos que puedan estar unos conjueces que no hay ley que indique que un conjuez va a sustituir a un magistrado”, expresó Martínez sobre el tema de los conjueces.
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