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Pago con tarjetas con nueva retención

Los consumidores podrían ver incrementados los costos por los servicios y bienes que paguen utilizando tarjetas de crédito y tarjetas de débito, como efecto de la retención del uno por ciento a cuenta del Impuesto sobre la Renta (IR) sobre las ventas que le harán a los establecimientos comerciales.

Los consumidores podrían ver incrementados los costos por los servicios y bienes que paguen utilizando tarjetas de crédito y tarjetas de débito, como efecto de la retención del uno por ciento a cuenta del Impuesto sobre la Renta (IR) sobre las ventas que le harán a los establecimientos comerciales.

[doap_box title=” Se requiere supervisión para evitar abusos” box_color=”#336699″ class=”aside-box”]

El también experto en temas económicos, René Vallecillo, afirmó que para evitar que existan abusos es necesario que exista una plan de supervisión efectivo, de parte de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Siboif), del Ministerio de Comercio y de las entidades defensoras del consumidor.

Vallecillo no descarta que, por la retención del uno por ciento del IR a los pagos de bienes y servicios que se efectúen con tarjetas de crédito o débito, se den una serie de mecanismos de parte del establecimiento para evitar ver afectados sus ingresos.

La DGI indica que la retención del uno por ciento del IR es en concepto de adelanto o pago, a cuenta de los tributos de los contribuyentes que deben efectuar anualmente.

Vallecillo considera que la medida tiene un efecto positivo y es que permitirá ordenar a los negocios que no están facturando ni reflejando a la DGI lo percibido por los ingresos por medio de las tarjetas de crédito y débito.

“Actualmente sólo le cobran al cliente sin darle factura y por lo tanto el negocio no puede hacer la declaración con todas sus ventas, ante la Dirección de Ingresos, y eso de alguna manera se va a ordenar”, explicó.

Dijo que, además, permitirá a la DGI poder identificar a aquellos negocios que no están inscritos como grandes contribuyentes, y también a los negocios que no facturan todas sus ventas, lo cual supone que el Fisco obtenga más recursos.

“El riesgo es que ya algunos negocios han comenzado a decir a los clientes que si les pagan en efectivo se les hace un descuento, pero si pagan con tarjetas les cobran más, lo cual es ilegal”, afirmó.

Dijo que de esta manera se está trasladando el efecto de la retención, que deben pagar al Fisco, en perjuicio del consumidor, porque al final es sobre quien recae todos los costos adicionales.

Es una práctica que prohíbe la Superintendencia de Bancos en una circular del 17 de diciembre del 2009 a los emisores de tarjetas, donde les recuerda que en mandato de la Ley General de Bancos y del Uso responsable de Tarjetas de Crédito, “están obligados a monitorear a fin de detectar a empresas comerciales y negocios aceptantes de tarjetas de crédito, que promuevan cobros ilegales”.

“Cuando el pago sea utilizando la tarjeta de crédito, se prohíbe cualquier tipo de cobro adicional al precio de venta ofrecido”, dicta la Siboif.

Ordena que de detectarse la situación, deberá advertirse al negocio de abstenerse, porque de lo contrario se aplicarán sanciones.

[/doap_box][doap_box title=”¿Cuánto recaudará?” box_color=”#336699″ class=”aside-box”]

El director general de ingresos, Walter Porras, afirmó que no está claro cuánto significarán las recaudaciones del Fisco, con esta retención del uno por ciento del IR a los establecimientos comerciales que perciban el pago por medio de las tarjetas de crédito o débito. Afirmó que ese dato lo conocerá la DGI a finales de julio, cuando se pueda hacer un estimado mensual.

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El experto tributario, Julio Francisco Báez, al evaluar el efecto que tendrá la disposición de la Dirección General de Ingresos (DGI), anunciada a inicios de julio, dijo que esta disposición tendría un efecto negativo en el comercio al ver mermadas sus utilidades.

Mediante la disposición administrativa general 03-2010, publicada el primero de julio, el director general de la DGI, Walter Porras, indica que las “Entidades Financieras (bancos) que realicen pagos a los establecimientos afiliados (sea persona natural o jurídica), por transacciones realizadas por dichas tarjetas, están obligadas a efectuar la retención del IR”.

La DGI indica que la retención del 1 por ciento del IR es en concepto de adelanto o pago a cuenta de los tributos de los contribuyentes.

Esta medida se basa en el artículo 152 del Código Tributario y de conformidad a los artículos del 14 al 19 de Decreto No. 93-2009 y del artículo 4 del Decreto No. 8-2010 de las modificaciones del reglamento de la Ley de Equidad Fiscal.

Orienta la DGI que los pagos por retenciones efectuadas por los bancos a los establecimientos afiliados, deben transferirlos diariamente a una cuenta habilitada por la Dirección General de Ingresos para tales efectos.

“Estos pagos se registrarán a la cuenta corriente tributaria en concepto de adelanto del IR de cada retenedor y enterarse en el formato de la declaración quincenal proporcionado por la Administración Tributaria a costa de los Responsables Retenedores”, dice la disposición.

DISCRECIONALIDAD DEL FISCO

Báez cuestionó que si bien la medida es parte de los elementos nuevos que trae la reforma tributaria, aprobada a finales del año pasado, es raro que la DGI decidiera aplicarla hasta el segundo semestre del 2010, a pesar de que la ley de reforma está vigente desde enero.

“La Dirección General de Ingresos demuestra con ello una discrecionalidad de cómo cobra los impuestos, porque no se ajusta al mandato de la ley”, señaló Báez.

Para Báez, eso refleja negligencia administrativa gubernamental, “porque hasta después de seis meses hacen valer la reforma en este punto”.

“Entonces, ¿por qué urgieron tenerla si ahora están dejando de percibir recursos?”, cuestionó.

EFECTO COMERCIO

Sin embargo, Báez dijo que se puede esperar que como efecto de esta retención el comercio vea afectadas sus ganancias, y para compensarlo no es de extrañar que se traslade ese perjuicio al precio del servicio y bienes que compre o demande el consumidor.

“Pero no debe caer en la trampa y debe estar muy atento el dueño de la tarjeta de crédito o débito, en que en su factura no le incluyan ese uno por ciento, como nuevo impuesto que él está pagando, porque no es así, es el establecimiento quien lo asume”, aseguró.

Reconoció que como consecuencia puede presentarse la situación de que los establecimientos “prefieran que les paguen en efectivo y no con tarjetas, porque ahora pagará más al fisco”.

Báez no descarta que la tendencia sea que el restaurante, la tienda o la casa comercial terminen elevando el costo de lo que ofrecen al público, para compensar ese uno por ciento del IR, que ahora se le va a retener por los pagos que perciba por medio del llamado dinero plástico.

DGI DIO TIEMPO A LOS BANCOS

Walter Porras, director general de Ingresos, dijo a LA PRENSA que la decisión de aplicar esta retención hasta en julio fue en concesión a los bancos, para que adecuaran los cambios a sus sistemas informáticos.

“Pidieron una prórroga para ajustar sus sistemas y no vimos problemas, no debe existir una afectación alguna en las compras porque sólo se trata de ordenar las cosas”, dijo.

El consumidor “no debe caer en la trampa y debe estar muy atento el dueño de la tarjeta de crédito o débito, en que en su factura no le incluyan ese uno por ciento, como nuevo impuesto que él está pagando, porque no es así, es el establecimiento quien lo asume”, aseguró Báez.

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