La Sala Civil Dos del Tribunal de Apelaciones de Managua (TAM) ordenó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) que, a partir de enero del año 2012, le pague al diputado Alfredo Gómez Urcuyo la pensión vitalicia que actualmente recibe el ex vicepresidente José Rizo.
La resolución del TAM se produce luego de que Gómez Urcuyo presentó un recurso de amparo en contra de Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP), alegando que es a él a quien le corresponde la pensión vitalicia, ya que repuso a José Rizo en la vicepresidencia cuando éste renunció para ser candidato presidencial en las elecciones del 2006.
Gómez Urcuyo presentó dentro del recurso de amparo una certificación de que el Consejo Supremo Electoral (CSE) lo acreditó como diputado, en sustitución de José Rizo.
El magistrado sandinista Gerardo Rodríguez, presidente del TAM, explicó que el recurso fue presentado el 7 de julio y este lunes resolvieron enviarlo a trámite a la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), la que resolverá el fondo del asunto.
Según el judicial, la resolución del TAM está basada sobre una supuesta sentencia de la Sala Constitucional de la CSJ, que reconoce a Gómez Urcuyo como diputado, en lugar de Rizo, porque éste renunció a la Vicepresidencia.
Rodríguez añadió que la Sala Civil también decidió suspender el acto reclamado, es decir que mientras la CSJ no decida el fondo del amparo el MHCP deberá pagar la pensión vitalicia a Gómez Urcuyo y no a Rizo.
Pero como Gómez Urcuyo actualmente es diputado ante la Asamblea Nacional, no puede recibir dos salarios provenientes del erario, por eso los magistrados del TAM decidieron que la orden se haga efectiva hasta en enero del 2012, cuando se le vence el período al recurrente como parlamentario.
Rizo señaló que aún no es notificado de la resolución judicial y por tanto no puede realizar comentarios, pero especificó que el monto de la pensión vitalicia asciende aproximadamente a 58 mil córdobas mensuales.
El magistrado Rodríguez aclaró que el TAM no ha mandado a pagar retroactivo al diputado Gómez Urcuyo porque éste tampoco lo pide en el amparo.
Rodríguez indicó que la orden del TAM puede variar cuando la CSJ resuelva el fondo del amparo presentado por Gómez Urcuyo.
Ver en la versión impresa las páginas: 4 A