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Éstos son los recibos que otorga el CSE por el pago de la cédula y no un recibo fiscal como establece la Ley de Administración Financiera y del Régimen Presupuestario. LA PRENSA /REPRODUCCIÓN

Otro delito del CSE

Independientemente de que la sustitución de la cédula vencida por la del nuevo formato cueste 300 córdobas, que es el precio que cobran por ella, o 50 córdobas, como quiere hacer creer el presidente de facto del Consejo Supremo Electoral (CSE), Roberto Rivas Reyes, el arancel establecido al documento viola dos artículos de la Constitución, uno del Código Tributario y otro de la Ley de Administración Financiera y del Régimen Presupuestario, por lo tanto los funcionarios responsables de imponerlo han incurrido en el delito de hurto.

Lucydalia Baca, Lucía Vargas y Grethel Miranda

Independientemente de que la sustitución de la cédula vencida por la del nuevo formato cueste 300 córdobas, que es el precio que cobran por ella, o 50 córdobas, como quiere hacer creer el presidente de facto del Consejo Supremo Electoral (CSE), Roberto Rivas Reyes, el arancel establecido al documento viola dos artículos de la Constitución, uno del Código Tributario y otro de la Ley de Administración Financiera y del Régimen Presupuestario, por lo tanto los funcionarios responsables de imponerlo han incurrido en el delito de hurto.

Aunque el jueves Rivas Reyes, a través de una llamada telefónica al programa En Vivo con Danilo Lacayo que transmite Canal 23, justificó la imposición del arancel a las nuevas cédulas, en la supuesta facultad que le otorga el artículo 36 de la Ley de Identificación Ciudadana que dice, “…para la reposición o modificación previamente deberá pagarse el arancel establecido por el Consejo Supremo Electoral”.

Sin embargo, el abogado especialista en temas fiscales Julio Francisco Báez Cortés explica que el artículo invocado por Rivas, aprobado en 1993, sólo estuvo vigente durante dos años, ya que al aprobarse las reformas constitucionales de 1995 quedó derogado, junto a otra cantidad de cobros discrecionales que existían. A partir de esa fecha por mandato constitucional se le quitó al CSE y a otras instituciones la potestad de imponer arancel y se le otorgó de manera exclusiva a la Asamblea Nacional.

“Es penoso que el doctor Roberto Rivas, después de tanto cuestionamiento por su falta de transparencia y siendo abogado, esté incurriendo en ese error de interpretación, que yo más bien diría que es una salida que deliberadamente él sabe es inconstitucional, pero como no tiene otra, está invocando este engañoso y aparente respaldo legal que sabe que no existe”, señaló Báez.

El especialista detalla que a raíz de la reforma de 1995 el artículo 114 de la Constitución establece que “corresponde exclusivamente y de forma indelegable a la Asamblea Nacional la potestad de crear, aprobar, modificar o suprimir tributos”, por lo tanto al cobrar por el servicio el CSE se ha atribuido funciones exclusivas de otro poder del Estado violando este mandato constitucional.

[doap_box title=”Granada se lista” box_color=”#336699″ class=”aside-box”]

  • William Mejía, presidente del Consejo Electoral Departamental, (CED) Granada, dijo que la reposición de cédulas por pérdida o por deterioro tiene dos costos. De 50 córdobas cuando se solicita para un periodo de 30 días, pero con el formato anterior y 300 córdobas cuando se recibe en 48 horas con el formato nuevo.
De este último trámite llamado “especial” no se ha recibido ninguna solicitud, cree se deba a la situación económica, pues sale muy caro. “De las de 50 sí, por día se hacen unas 250 reposiciones”, dijo.

Admitió que es caro este costo que debe pagar ahora un ciudadano que desea cambiar su cédula ya vencida por una nueva.

Explico que en este momento hay unas cuatro mil cédulas pendientes de entregar por cambios de domicilio, vencimiento, cambio gráfico y también cédulas nuevas van en ese bolsón, pero de vieja data.

En las oficinas del CED Granada ayer se pudo ver a unos 10 jóvenes que andaban verificando si ya estaba lista su cédula. Algunos consultados dijeron que tenían dos años de haberla solicitado y aún no se las entregan.

La mayoría de jóvenes tenían edades entre 18 y 19 años y aseguran que habían ejercido el voto con un documento supletorio. Ayer de ese grupo de jóvenes sólo uno salió con su cédula.. Una señora originaria de Diriomo explicó que solicitó su cédula desde las elecciones del 2006 y tampoco se la han entregado.

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Por ser una atribución exclusiva del Poder Legislativo, el artículo 115 de la Constitución establece que “los impuestos deben ser creados por ley que establezca su incidencia, tipo impositivo y las garantías a los contribuyentes. El Estado no obligará a pagar impuestos que previamente no estén establecidos en una ley” y al no existir ley que establezca el pago por la cédula este artículo también está siendo violado por el CSE al exigir un pago por el servicio que ofrece.

Según Báez Cortés, el CSE no puede disfrazar el cobro de la cédula con ninguna figura legal, ya que la emisión del documento de identidad es una actividad inherente al Estado. Ninguna otra institución pública o privada puede sustituirlo en dicha función.

El artículo 6 de la Ley de Identificación Ciudadana mandata que la dirección, organización y ejecución de la cedulación deben estar a cargo de la Comisión Nacional de Cedulación, —que no está funcionado —, y la Dirección General de Cedulación, ambas como dependencias del CSE.

Julio Francisco Báez Cortés.
LA PRENSA/ARCHIVO

El experto apunta que el pago que los ciudadanos están enterando por recibir la nueva cédula es un tributo catalogado en el artículo 9 del Código Tributario como tasa, ya que su “obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva o potencial de un servicio público individualizado en el usuario”.

“No es tasa la contraprestación recibida del usuario en pago de servicios no inherentes al Estado”, pero en el caso de la cédula ya se explicó que el servicio solamente puede prestarlo el Estado, entonces también se está violando este artículo del Código Tributario, enfatiza Báez Cortés.

Otras violaciones que según el especialista comete el CSE con el cobro discrecional, que ha establecido a cambio del documento de identidad, es contra la Ley 713, Ley Anual del Presupuesto General de la República, ya ahí se establece una asignación presupuestaria para el CSE y la institución no puede manejar recursos fuera de dicha partida.

Es ahí donde el Poder Electoral comete otra falta, ya que la Ley 550, Ley de Administración Financiera y del Régimen Presupuestario en su artículo 57, ordena que “el cobro de cualquier tipo de servicio que se realice en las instituciones estatales deberá hacerse mediante recibo fiscal y dicho cobro deberá de tener un fundamento legal para lo cual deberá abocarse con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Si no cumple estos requisitos, ninguna persona está obligada a pagar dichos cobros y los funcionarios que lo ordenaren incurren en delito”.

Según el experto por la violación de los artículos mencionados anteriormente, el que incurre en delito no es el CSE como institución, sino los responsables de la operación de hurto del CSE.

“NADIE DEBE PAGAR POR LA CÉDULA”

Considera que es hora de parar de una vez por todas al CSE, por tanto “nadie debe pagar un solo centavo por la cédula. Debe exigirse el servicio gratis porque como no existe ley que le fije un costo, el Consejo no puede aplicar ley por su propia mano”.

Báez Cortés asegura que el delito que se está cometiendo es contra el Estado y contra la ciudadanía, por tanto la Procuraduría General de la República, la Fiscalía General e la República y la Contraloría General de la República (CGR) están obligados a intervenir. Advierte que según el artículo 7 de su ley orgánica, la “CGR debe ordenar el inmediato el cese del cobro”.

Añade que como técnico y profesional hace un llamado a la participación ciudadana, pues considera que “la mejor manera de hacer una crítica severa al CSE por su actitud milenaria de falta de transparencia es recurrir de amparo por inconstitucionalidad y pedir que se suspenda el acto, porque se está haciendo un cobro indebido, un cobro ilegal que manosea las finanzas públicas”.

CED CHONTALES EN ESPERA DE MAQUINARIA

En medio de estas irregularidades el proceso de sustitución de cédulas avanza en los departamentos. La delegación departamental del CSE de Chontales se encuentra en espera de que les notifiquen cuándo vendrán las maquinarias para la elaboración de las nuevas cédulas de identidad.

Hernán Martínez, presidente del CSE de este departamento, explicó que la orientación que recibió es que el nuevo documento de identidad se le daría a toda persona que la solicitase sin discriminación ni distingos de ningún tipo, siempre y cuando fuera a pagar los 300 córdobas que se les está cobrando a la hora de tramitar la nueva la cédula.

Asimismo, añadió que los únicos que tendrán salvedad de pagar por adquirir las nuevas cédulas serán los funcionarios públicos y las personas que la solicitaran por primera vez.

Agregó que no manejan qué día llegará esta maquinaria, ya que la andan instalando en otros departamentos y la instalación de la nueva oficina implicaba la habilitación de técnicos, secretarias y ver las condiciones en donde se montarán los equipos.

Las personas que no puedan adquirir esta nueva cédula debido a su costo, siempre tendrán la opción de renovarla pagando únicamente 50 córdobas, pero recibirán la del formato anterior, señaló Martínez.

Agregó el funcionario que uno de los mayores problemas del por qué a la gente se les atrasaba un poco el papeleo para obtener la cédula, es que siempre hasta última hora se acercan a solicitarla.

Política cédula CSE delito pago archivo

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