El Gobierno central reformó mediante el decreto presidencial número 56-2010 el artículo 15 del reglamento para la Importación y Comercialización de Hidrocarburos, con la finalidad de “establecer facilidades” en el mercado de distribución y comercialización de gas licuado que se presenta en cilindros de 10 y 25 libras.
La medida fue aplicada para que los pobladores puedan adquirir este producto sin necesidad de cumplir con el requisito de llevar el envase correspondiente al producto que deseen comprar.
David Castillo, presidente del Consejo Directivo del Instituto Nicaragüense de Energía (INE), explicó que esta disposición fue tomada por el Gobierno para proporcionar más facilidades a la población y establecer un libre intercambio de envases en la comercialización del gas licuado.
Castillo dijo que se ha comprobado que por la situación económica, a la ciudadanía muchas veces se le dificulta adquirir un tanque de 25 libras que viene costando un poco más de 300 córdobas.
“Hay familias que recurren al consumo de leña, porque no tienen el dinero suficiente para comprar el tanque de gas de 25 libras y como no tienen el envase para comprar uno de 10 libras, tampoco pueden comprar esta presentación”, dijo.
Castillo destacó que ahora en los puestos de venta de gas el ciudadano podrá comprar la presentación de 25 libras o de 10 libras, sin importar el cilindro que tenga. “La medida es para evitar que se utilice leña y haya más facilidades para adquirir el gas licuado. De esta manera también se ayuda a la conservación del medio ambiente, porque se evita mayores emisiones de calor”.
Castillo enfatizó en que esta disposición no tiene que incidir en los precios finales establecidos por el INE para la venta de gas licuado de 25 y 10 libras.
La reforma incluye una redistribución en los márgenes de ganancias de los distribuidores —mayoristas, minoristas y detallistas—. “La reforma ordena los márgenes de ganancias que tienen los distribuidores, sin alterar el precio final a los usuarios”, añadió.
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