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“Las cuentas de planilla por donde a un trabajador se le paga no es una cuenta de ahorro común, está relacionada con el salario que está protegido por distintas leyes en este país. (..) Jorge Rooseess, coordinador Políticas Públicas RNDC. LA PRENSA/ARCHIVO Credito: LA PRENSA/ARCHIVO

Bancos no pueden tocar salario mínimo

La Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SIBOIF) a través de una circular orientó a los bancos en el país “abstenerse” de afectar el salario mínimo de los usuarios que tenga deudas por tarjetas de crédito.

La Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SIBOIF) a través de una circular orientó a los bancos en el país “abstenerse” de afectar el salario mínimo de los usuarios que tenga deudas por tarjetas de crédito.

La prohibición es dirigida a la afectación de las cuentas bancarias relacionadas con las planillas, por medio de la cual los empleadores pagan a sus trabajadores.

Los bancos estaban sacando todo el dinero para cobrarse los pagos por tarjetas de crédito de deudores morosos.

El superintendente de Bancos, Víctor Urcuyo, quien firma la circular, advierte a los gerentes generales de los bancos que “afectar el salario mínimo” de sus deudores “es una violación a la ley expresa” lo cual merece sanción de la SIBOIF.

El superintendente reacciona de esta manera meses después de que en noviembre del año pasado LA PRENSA publicara una serie de reportajes dando a conocer precisamente la práctica en la que está incurriendo el sistema bancario y que las organizaciones defensoras de los consumidores señalan de ilegal.

El superintendente da la razón sobre la ilegalidad, pues justifica la circular DS-DL-0815-04-2001/VMUV, en que responde “ante las recurrentes quejas que a la fecha hemos recibido por parte de tarjeta-habientes, en relación a débitos que se han hecho de sus cuentas por pago de planillas, del total de sus fondos depositados por sus empleadores en concepto de salario”.

La circular de la SIBOIF recuerda a los gerentes bancarios que el artículo 82 de la Constitución Política de la República de Nicaragua indica que “los trabajadores tienen derecho a condiciones de trabajo que les aseguren en especial a la inembargabilidad del salario mínimo y las prestaciones sociales, excepto para la protección de su familia y en los términos que establezca la ley”.

LA PRENSA no logró comunicarse ayer con el superintendente Urcuyo para ampliar sobre el tema. Hasta el cierre de esta edición, Urcuyo no respondió las llamadas a su teléfono celular. Se le dejó tres mensajes en el buzón y en su despacho, pero no devolvió ninguna de las llamadas.

 “Debe haber una sanción fuerte  contra cada banco que se compruebe que viola los derechos de los usuarios, no basta solo una  circular porque no tiene fuerza legal”. Marvin Pomares,  director del Indec. LA PRENSA/ARCHIVO/M. LORIO

Las publicaciones de LA PRENSA motivaron en noviembre pasado a que Urcuyo prometiera una investigación sobre si los bancos respetaban los límites del salario mínimo, en los casos en que sacaban de las cuentas de los usuarios —relacionadas con las planillas laborales— los pagos de las deudas por tarjetas de crédito.

En esa oportunidad Urcuyo aseguró que los bancos tienen el derecho de actuar para recuperar la deuda, pero ajustándose a los mecanismos conforme Ley General de Bancos, la Ley de Ordenamiento y Uso de las Tarjetas de Crédito y la Ley de Salario Mínimo.

CONSUMIDORES CRITICAN A URCUYO

La Red Nacional de Defensa de los Consumidores (RNDC) y el Instituto Nacional de Defensa de los Consumidores (Indec), valoran como “una buena reacción” la de la SIBOIF al limitar a los bancos en protección de los usuarios.

Sin embargo, los representantes de ambas organizaciones siguen criticando la posición del superintendente Urcuyo, pues consideran que la circular es insuficiente.

Jorge Rooseess, coordinador de Políticas Públicas de la RNDC, cuestiona que en la circular de la SIBOIF no se esclarece que los bancos están obligados a informar y notificar a sus clientes sobre todo tipo de cobro o decisión que modifique la relación del contrato y acción contra ellos.

“En otras palabra, el superintendente aún sigue permitiéndole a los señores banqueros que puedan sacar el dinero de los usuarios sin siquiera tener un documento firmado que se los permita”, asegura Rooseess.

La misma debilidad señala el director del Indec, Marvin Pomares, quien considera que el superintendente no debió limitarse a emitir una circular, “porque solo sirve para hacer un llamado de atención, pero eso no asegura que los bancos se sientan obligados a cumplirla”.

La RNDC y el Indec demandan de la SIBOIF una normativa especial sobre la relación sobre las cuentas por planillas laborales, pues sostiene que estas no pueden ser consideradas como una cuenta bancaria de ahorro común.

Rooseess, de la RNDC, dice que la normativa debe “esclarecer la relación entre empleador y trabajador a través de las cuentas por planilla porque hay mucha confusión ya que es un servicio que no está regulado en ninguna parte de las leyes”.

“Solo con una normativa la Superintendencia de Bancos podrá proteger a los usuarios y lograr superar los vacíos que hay todavía en la Ley General de Bancos sobre lo que pueden o no hacer los bancos, como en el caso de las tarjetas de crédito”, afirma Rooseess

¿HUBO SANCIONES?

Las organizaciones de los consumidores también reclaman del Superintendente que presente el detalle de las sanciones que debió aplicar en los casos en que comprobó violación a las leyes de parte del personal bancario.

“Si el señor Urcuyo está diciendo que recibió reiteradas quejas de gente que la dejaron sin un córdoba cuando le sacaron su dinero de las cuentas bancarias, pues tiene la obligación de decir si él como Superintendente aplicó la ley”, dice Pomares.

En lo que va de 2011, en el Indec se han recibido 2,625 denuncias de usuarios de tarjetas de crédito. En el caso de la RNDC el promedio mensual de recepción de quejas es de 150.

Hasta abril el crédito por tarjetas de crédito representaba el 9.7 por ciento del total del Sistema Financiero Nacional, según reporte del Banco Central de Nicaragua (BCN).

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COMENTARIOS

  1. crìtico
    Hace 13 años

    Esto no es suficiente, el señor Urcuyo deberìa obligar a los banqueros a devolver ese dinero a sus clientes, para remediar ese daño, porque el salario de los trabajadores es sagrado, solo en casos de que tenga que responder a una demanda por pensiòn alimenticia es que le pueden afectar de esa manera.. En este paìs desgraciadamente nadie respeta las leyes, mucho menos los ricos usureros como estos señores.

  2. Somos pueblo indefenso
    Hace 13 años

    La corrupción. Los señores banqueros la nueva generación de vampiros, no sacian su sed de sangre con el escuálidos salario del trabajador. Además esta manada de usureros basados en una economía de riesgo cobra intereses más allá de lo permitido. Necesitamos que los padrastros de la patria hagan algo por el trabajador el cual es la niña de ojos del Sr. Presidente. Basta ya de tanto robo, basta ya de sangrar al pueblo, basta de hacerse millonario al amparo de un gobierno corrupto

  3. Armando Jose
    Hace 13 años

    Si hubo violaciones a las leyes, todas esas operaciones deben revertirse. Deben devolver el dinero tomado indebidamente. La Superintendencia tomo mucho tiempo para salir con una circular cuando, lo que se debe aplicar es la ley, Luce como que operan esa dependencia incompetentes o displicentes.

  4. Cuchillo es de Oro ensangrentado, el Juez lo besa
    Hace 13 años

    Esto es serio, le cobran el 49% de intereses, 90% de mora, U$ 12.00 por cada llamada que le hagan, y las cuotas de los abogados leperos, mas gastos por….ademas q llaman a toda la familia-el trabajo-los vecinos…estas llamadas nos dañan psicolocigamente. Quien nos defiende de semejante barbarie? NADIE. Y veanlo en la campaña politica no dicen ni pio los Señores Candidatos. Yo creo que les tienen miedo, por que los bancos les pueden sacar sus cuentecitas y veriamos la millonada que han robad

  5. Allan Cruz
    Hace 13 años

    Es una buena noticia ya que los bancos se extralimitarón en la entrega de tarjetas sin realizar un estudio sobre las codiciones que tiene el trabajador, es importante que seprofundise sobre este abuso de los banqueros contra los trabajadores, Felicita a la red de consumidores por estar alertas con nuestros derechos y más aún si esta contemplado en la constitución es de ineludible cumplimiento

  6. Yady
    Hace 13 años

    El salario minimo es inenbargable y esta protegido por la contitución la legislacion laboral, pero se necesita un procedimiento de aplicación, ya que los banco aplican el 33% de embargo sobre 100% del salario y no separan el salario minimo, aplicando 33% tambien al salario minimo.

  7. timoteo
    Hace 13 años

    DEberian de aplicar un porcentaje de acuerdo a la situacion que tenga el cuentahabientes, porque habemos muchos que tenemos embargos alimenticios, deberian de tomar el saldo neto ya deducidos el IR, INSS, otros embargos , el salario minimo, y sobre ese monto disponible es que deberian de aplicar el % de embargo, pero calculan sobre el 100% del ingreso, sin deducir los elemntos que he mencionado, eso es abuso, ademas deben de notificarles al usuario o clientes, porque deben de considerar otrosemb

  8. Aaron
    Hace 13 años

    Segun la contitución Art.82, es inembagable, los banco dicen cumplir con las ordenes de jueces, y la misma Constición dice Arto. 183.- Ningún poder del Estado, organismo de gobierno o funcionario tendrá otra autoridad, facultad o jurisdicción que las que le confiere la Constitución Política y las leyes de la República, asi que estos señores se hacen de la vista gorda

  9. Helen
    Hace 13 años

    Y que puede proteger el salario mínimo si es tan mínimo en este país, y a quien que gane el mismo le dan tarjetas o crédito?? Es ridícula la posición de la SIB. Los bancos tienen mas poder en este país que el mismo gobierno.

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