La Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SIBOIF) a través de una circular orientó a los bancos en el país “abstenerse” de afectar el salario mínimo de los usuarios que tenga deudas por tarjetas de crédito.
La prohibición es dirigida a la afectación de las cuentas bancarias relacionadas con las planillas, por medio de la cual los empleadores pagan a sus trabajadores.
Los bancos estaban sacando todo el dinero para cobrarse los pagos por tarjetas de crédito de deudores morosos.
El superintendente de Bancos, Víctor Urcuyo, quien firma la circular, advierte a los gerentes generales de los bancos que “afectar el salario mínimo” de sus deudores “es una violación a la ley expresa” lo cual merece sanción de la SIBOIF.
El superintendente reacciona de esta manera meses después de que en noviembre del año pasado LA PRENSA publicara una serie de reportajes dando a conocer precisamente la práctica en la que está incurriendo el sistema bancario y que las organizaciones defensoras de los consumidores señalan de ilegal.
El superintendente da la razón sobre la ilegalidad, pues justifica la circular DS-DL-0815-04-2001/VMUV, en que responde “ante las recurrentes quejas que a la fecha hemos recibido por parte de tarjeta-habientes, en relación a débitos que se han hecho de sus cuentas por pago de planillas, del total de sus fondos depositados por sus empleadores en concepto de salario”.
La circular de la SIBOIF recuerda a los gerentes bancarios que el artículo 82 de la Constitución Política de la República de Nicaragua indica que “los trabajadores tienen derecho a condiciones de trabajo que les aseguren en especial a la inembargabilidad del salario mínimo y las prestaciones sociales, excepto para la protección de su familia y en los términos que establezca la ley”.
LA PRENSA no logró comunicarse ayer con el superintendente Urcuyo para ampliar sobre el tema. Hasta el cierre de esta edición, Urcuyo no respondió las llamadas a su teléfono celular. Se le dejó tres mensajes en el buzón y en su despacho, pero no devolvió ninguna de las llamadas.
Las publicaciones de LA PRENSA motivaron en noviembre pasado a que Urcuyo prometiera una investigación sobre si los bancos respetaban los límites del salario mínimo, en los casos en que sacaban de las cuentas de los usuarios —relacionadas con las planillas laborales— los pagos de las deudas por tarjetas de crédito.
En esa oportunidad Urcuyo aseguró que los bancos tienen el derecho de actuar para recuperar la deuda, pero ajustándose a los mecanismos conforme Ley General de Bancos, la Ley de Ordenamiento y Uso de las Tarjetas de Crédito y la Ley de Salario Mínimo.
CONSUMIDORES CRITICAN A URCUYO
La Red Nacional de Defensa de los Consumidores (RNDC) y el Instituto Nacional de Defensa de los Consumidores (Indec), valoran como “una buena reacción” la de la SIBOIF al limitar a los bancos en protección de los usuarios.
Sin embargo, los representantes de ambas organizaciones siguen criticando la posición del superintendente Urcuyo, pues consideran que la circular es insuficiente.
Jorge Rooseess, coordinador de Políticas Públicas de la RNDC, cuestiona que en la circular de la SIBOIF no se esclarece que los bancos están obligados a informar y notificar a sus clientes sobre todo tipo de cobro o decisión que modifique la relación del contrato y acción contra ellos.
“En otras palabra, el superintendente aún sigue permitiéndole a los señores banqueros que puedan sacar el dinero de los usuarios sin siquiera tener un documento firmado que se los permita”, asegura Rooseess.
La misma debilidad señala el director del Indec, Marvin Pomares, quien considera que el superintendente no debió limitarse a emitir una circular, “porque solo sirve para hacer un llamado de atención, pero eso no asegura que los bancos se sientan obligados a cumplirla”.
La RNDC y el Indec demandan de la SIBOIF una normativa especial sobre la relación sobre las cuentas por planillas laborales, pues sostiene que estas no pueden ser consideradas como una cuenta bancaria de ahorro común.
Rooseess, de la RNDC, dice que la normativa debe “esclarecer la relación entre empleador y trabajador a través de las cuentas por planilla porque hay mucha confusión ya que es un servicio que no está regulado en ninguna parte de las leyes”.
“Solo con una normativa la Superintendencia de Bancos podrá proteger a los usuarios y lograr superar los vacíos que hay todavía en la Ley General de Bancos sobre lo que pueden o no hacer los bancos, como en el caso de las tarjetas de crédito”, afirma Rooseess
¿HUBO SANCIONES?
Las organizaciones de los consumidores también reclaman del Superintendente que presente el detalle de las sanciones que debió aplicar en los casos en que comprobó violación a las leyes de parte del personal bancario.
“Si el señor Urcuyo está diciendo que recibió reiteradas quejas de gente que la dejaron sin un córdoba cuando le sacaron su dinero de las cuentas bancarias, pues tiene la obligación de decir si él como Superintendente aplicó la ley”, dice Pomares.
En lo que va de 2011, en el Indec se han recibido 2,625 denuncias de usuarios de tarjetas de crédito. En el caso de la RNDC el promedio mensual de recepción de quejas es de 150.
Hasta abril el crédito por tarjetas de crédito representaba el 9.7 por ciento del total del Sistema Financiero Nacional, según reporte del Banco Central de Nicaragua (BCN).
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