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Los caminos de la libertad

Con ese nombre, “Los caminos de la libertad”, Jean Paul Sartre nos entrega su extraordinaria trilogía, “La edad de la razón”, “La prórroga” (o el aplazamiento) y “La muerte en el alma”, en las que, a través de su narrativa, filosófica y existencial, plantea el drama histórico, político y metafísico de la libertad.

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Con ese nombre, “Los caminos de la libertad”, Jean Paul Sartre nos entrega su extraordinaria trilogía, “La edad de la razón”, “La prórroga” (o el aplazamiento) y “La muerte en el alma”, en las que, a través de su narrativa, filosófica y existencial, plantea el drama histórico, político y metafísico de la libertad.

Sin pretender referirnos de manera específica a los puntos de vista sobre el tema del filósofo francés, consideramos, no obstante, que el título de su obra nos ayuda a presentar la intención de estas breves reflexiones.

Al no entrar en consideraciones acerca de la libertad metafísica, la primera idea que se avecina a nosotros sobre el particular, es la del ser humano ante el Estado y el poder, es decir, la idea de la libertad política.

Para los griegos el ámbito de la libertad era la polis, la ciudad, la identidad como conjunto de valores del ciudadano, la comunidad y el Estado, pues no se concebía la libertad individual al margen de la libertad colectiva y la idea del bien común.

Para la Revolución francesa y la Ilustración, en cambio, la libertad se define en la relación entre la persona y el Estado, a partir de atribuir una naturaleza racional a las libertades fundamentales, contenidas en la Declaración de los Derechos del Hombre. Al considerarse a la razón un atributo natural del ser humano, los privilegios y diferencias formalmente establecidos y legalmente consagrados fueron abolidos, al tiempo que se proclamaba la libertad y la igualdad, no solo como elementos constitutivos del ser, sino también como divisa política y bandera de lucha.

Los filósofos modernos centraron buena parte de su reflexión en el tema de la libertad, así para Kant, la libertad es un tejido de posibilidades y de límites entre los que discurre la actividad individual, de tal forma que pueda formularse una ley universal que garantice la libertad de todos sin interferir con la libertad de cada uno.

Para Rousseau, la libertad individual es fruto del contrato social mediante el cual se sustituye la libertad natural por la libertad civil que surge del establecimiento de derechos y deberes de cada uno y todos los componentes de la sociedad, en forma racional, libre y voluntaria.

Hegel, por su parte, considera que la libertad se encuentra en el Estado, por lo que la sustancia de la misma es exterior al sujeto. Como señala Irving Fetscher, “para Hegel la sustancia de la libertad es el espíritu palpitante de las instituciones y leyes de la comunidad”.

Marx, en cambio, considera en “El capital” que “el reino de la libertad solo empieza allí donde termina el trabajo impuesto por la necesidad y por la coacción de los fines externos”, pues “el ámbito de la libertad no empieza sino hasta transponer el punto en que precisa el trabajo compelido por la necesidad y la utilidad externa”. Igualmente conocida es su célebre sentencia contenida en el Prefacio a su libro “Introducción a la crítica de la economía política” de 1857, y que dice: “no es la conciencia la que determina al ser sino el ser social el que determina la conciencia”.

Me parece muy certera la frase de Hegel “la libertad es la conciencia de la necesidad”, siempre y cuando la consideremos separada de su idea de que el Estado es el espíritu encarnado en la historia. Creo que si entendemos la necesidad como aquello que inevitablemente existe y que fija las fronteras dentro de las cuales puede discurrir el accionar humano, la frase de Hegel podría indicarnos que la libertad es la conciencia de los límites dentro de cuyo espacio es jurídica y éticamente legítima toda actuación del sujeto, pero que toda acción que traspase los límites viola la libertad, el derecho, la razón y la moral. De ahí que podríamos decir que la conciencia, la libertad, es saber los límites de la posibilidad, en cambio la inconsciencia, el libertinaje, es creer la posibilidad sin límites. La necesidad es el límite de la libertad, esta es la posibilidad de acción consciente entre esos límites.

Establecidas brevemente algunas ideas sobre la naturaleza filosófica de la libertad, convendría ver el sentido político que adquiere a partir de esa perspectiva. En este punto tres conceptos me parecen fundamentales como referencia para esta reflexión. La expresión de Emile Cioran que nos dice que “la libertad es el derecho a la diferencia”. La de Rosa Luxemburgo que afirma que “la libertad es siempre y exclusivamente libertad para el que piensa de otro modo”; y la de Hannah Arendt que nos recuerda que “la libertad es la razón de ser de la política”.

La libertad política está garantizada por el sistema jurídico que protege el ejercicio de la misma por la persona y el ciudadano, de acuerdo con lo establecido en la ley. De esa forma se consagra la libertad en un sistema legal que define esos derechos básicos y las fronteras de legitimidad de los mismos, cuidando que en nombre del ejercicio de la libertad por unos no se violente la libertad de otros.

Ese equilibrio, esa estructura de espacios y de límites es el derecho, el sistema legal e institucional que establece facultades y prohibiciones, tratando siempre de evitar que el cumplimiento de un derecho signifique la violación de otro.

La libertad, así entendida es, como dice Hannah Arendt, la razón de ser de la política y en este ámbito lo esencial es el control del poder como medio indispensable para garantizar la libertad de la persona y el ciudadano. Por ello, tanto la filosofía como el derecho han tratado de proteger la libertad política, reconociendo constitucionalmente los derechos y garantías fundamentales de la persona y el ciudadano y estableciendo, al mismo tiempo un sistema de controles al ejercicio del poder, pues de poco serviría reconocer derechos, por un lado, dejando, por el otro plena discrecionalidad al poder para hacer lo que quiera.

Por esa razón el principio de legalidad y legitimidad que se aplica al poder, es mucho más estricto que aquel que se aplica al ciudadano, pues mientras este último puede hacer lo que no le está prohibido, aquel, el poder, solo puede hacer lo que le está autorizado por la Constitución y las leyes. Estas regulaciones al ejercicio del poder están establecidas expresamente en los artículos 130 y 183 de nuestra Constitución Política.

De todo ello se deriva que toda acción del poder que viole la Constitución, es, por eso mismo, una violación a la libertad fundamental de la persona y el ciudadano, pues la libertad solo es posible en el respeto de los valores y principios éticos que garantiza el Estado de Derecho, la legitimidad y la democracia.

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