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Juan Ramón Jiménez, presidente de la Comisión de Población. LA PRENSA/MANUEL ESQUIVEL

Ley para ordenar Registro Civil

La Comisión de Población, Desarrollo y Municipios de la Asamblea Nacional consulta la Ley de Registro Civil para regular la materia y ayudar a evitar el subregistro, principalmente en las regiones de la Costa Caribe y pueblos alejados de los centros urbanos.

Ramón H. Potosme

La Comisión de Población, Desarrollo y Municipios de la Asamblea Nacional consulta la Ley de Registro Civil para regular la materia y ayudar a evitar el subregistro, principalmente en las regiones de la Costa Caribe y pueblos alejados de los centros urbanos.

El presidente de dicha comisión Juan Ramón Jiménez señaló que en la discusión de la Ley encontraron que parte del problema de las inscripciones es que los mismos padres no están inscritos. Al respecto señaló que en coordinación con la Corte Suprema de Justicia, las alcaldías y organizaciones no gubernamentales han impulsado oficinas móviles para disminuir el subregistro. Esta modalidad sería establecida en la iniciativa de ley que ya se encuentra en la agenda base de la comisión.

Por otro lado, Jiménez indicó que han desarrollado talleres con distintas instituciones relacionadas con las estadísticas para unificar las informaciones de cara a tener datos poblacionales más exactos a la hora de diseñar políticas públicas.

La inscripción de niños en las zonas rurales la han impulsado organizaciones como Save the Children y el Fondo de las Naciones Unidad para la Infancia (Unicef por sus siglas en inglés).

De acuerdo con estadísticas de Unicef, de 2008 a la fecha, en coordinación con instituciones locales han inscrito a 43,916 niños en la Región Autónoma del Atlántico Sur (RAAS). Para el 2007 la directora de Unicef en Nicaragua, Debora Comini, aseguró que habían en el país más de un millón de niños sin inscribirse en el Registro Civil de las Personas.

La iniciativa pretende superar la judicialización de los trámites de inscripción o reposición de partidas en términos económicos y de tiempo. Señala que los registradores deberán ser abogados o al menos tener seis años de experiencia. Quedan prohibidos los nombres que ridiculicen o perjudiquen a la persona, así como los diminutivos, abreviaciones, nombres extravagantes, los que hagan confusa la identificación y los que induzcan en su conjunto a error en cuanto al sexo.

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COMENTARIOS

  1. oscar
    Hace 12 años

    M as bien el gobierno nacional debe fortalecer a los gobiernos territoriales indigenas para la creacion y registro de nacimiento en coordinacion con las alcaldias y el registro central porque hay mucho burocratismo en los tramites de reposicion.

    ademas de los gastos excesivos para este tramite de reposicion.

    por tanto bede integrar en la ley a los GTI.

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