Adolfo Acevedo Vogl*
De acuerdo a las tendencias sociodemográficas en curso, en 2012 solo restan tres décadas para que llegue a su término el denominado bono demográfico e inicie el proceso de envejecimiento de la población. De no aprovechar esta oportunidad, que existirá por una única vez y por un tiempo limitado, el país corre el riesgo de arribar a la fase de envejecimiento en las peores condiciones.
Sin embargo, aprovechar al máximo posible el bono demográfico, trae aparejada la necesidad de efectuar inversiones muy fuertes y oportunas en campos tan importantes como la educación y la salud pública, la provisión de agua potable y saneamiento, la mejoría de la infraestructura del país, y la protección social de los adultos mayores.
Esto tiene fuertes implicaciones para el sector público. El Estado debe contar con recursos suficientes y sostenibles en el tiempo, para atender estas demandas. Ello exigirá esfuerzos por aumentar la recaudación y mejorar la estructura de los ingresos tributarios. Hacer frente a estos desafíos nos coloca de frente a la necesidad de transformar el sistema tributario.
Ciertamente, durante la última década ha habido mejoras con relación a la anterior. Pero a pesar de la relativa mejoría en la recaudación y en el gasto social, el Gasto Público real en Educación por Estudiante continúa mostrando niveles inferiores a los prevalecientes en la década del setenta.
Esta transformación también es necesaria para compensar la tendencia a la disminución de la cooperación externa. Los recursos fundamentales a disposición del sector público —la recaudación tributaria y los recursos de la cooperación externa— se han reducido en 3.6 puntos porcentuales del PIB (Producto Interno Bruto) entre 2006 y 2011. Es decir, que los incrementos en la recaudación tributaria no han sido suficientes para contrarrestar la disminución de los flujos de cooperación.
Para lograr sus objetivos, esta transformación debe responder a una serie de principios. El más importante de ellos es el principio de la generalidad, según el cual, el esfuerzo tributario debe ser una responsabilidad compartida por todos los contribuyentes por parejo, evitando al máximo privilegios fiscales y tratamientos especiales.
Los regímenes tributarios especiales para determinados sectores de la economía no solo violentan el principio de generalidad, sino que conllevan una pérdida de recaudación que en el caso de Nicaragua fue estimada en alrededor de 500 millones de dólares en 2010. Cabe destacar que esta pérdida de recaudación, valorada como porcentaje del PIB es la más alta de América Latina. Cabe recalcar también que estos regímenes facilitan todo tipo de operaciones de evasión y elusión por parte de empresas relacionadas.
También cabe entrar a discutir por qué sectores que son altamente rentables deben tener el privilegio de no pagar impuestos. Si de verdad se tiene fe en los mercados, una inversión rentable se llevará a cabo de todas formas.
El hecho de que determinados sectores no paguen, altera la estructura de la rentabilidad después de impuestos entre diversos sectores y ramas, colocando a los sectores y ramas que reciben estos beneficios —que de por sí son altamente rentables— en una posición de ventaja injustificada en relación a los demás a empresas y sectores.
Por otra parte, en pocos casos puede justificarse una exención total del pago de impuestos y mucho menos el otorgar privilegios tributarios por tiempo virtualmente indefinido. Por esta razón, diversos países están introduciendo, además de tasas impositivas sobre los dividendos distribuidos por empresas que forman parte de los sectores exentos, tasas reducidas de impuestos que van creciendo con el tiempo hasta alcanzar, después de un plazo determinado, la tasa normal que pagan todas las demás empresas.
Pero un sistema tan extenso de exenciones, exoneraciones y tratamientos especiales como el que existe en Nicaragua tiene implicaciones aún mayores.
Para compensar la significativa pérdida de recaudación ocasionada por estos regímenes, la carga tributaria tiene que recaer con mayor fuerza sobre el resto de sectores y agentes que no gozan de esos privilegios. Los regímenes tributarios preferenciales equivalen a un enorme subsidio en favor de los sectores beneficiarios, el cual en último análisis es financiado mediante la mayor presión impositiva que deben soportar el resto de sectores y agentes (bajo la forma de mayores tasas impositivas).
Si se amplía la base imponible del sistema, reduciendo exenciones y exoneraciones —protegiendo exclusivamente a los sectores de menores ingresos— esto haría posible reducir las tasas impositivas generales. De esta manera la carga tributaria se repartiría de manera más pareja entre todos los contribuyentes, y sería más reducida para aquellos que no han sido beneficiarios de estos regímenes preferenciales, y que han debido soportar una carga tributaria más alta para compensar lo que no pagaban los exentos.
También es posible interrogarse sobre la eficacia del diseño de este tipo de incentivos tributarios. Se supone que el costo del capital es el principal determinante del nivel de inversiones. Disminuir el costo del capital implicaría un incremento de la inversión, dada la elasticidad de la misma respecto al costo del capital.
Por consiguiente, los beneficios tributarios más efectivos serían aquellos que directamente reducen el costo de invertir —deducciones por inversión, créditos fiscales por inversión y depreciación acelerada—, los cuales resultarían superiores a la simple exención del pago de impuestos.
(*)Economista
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