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España pone límites al “turismo sanitario”

El Gobierno español aprobó hoy una nueva normativa para evitar el “turismo sanitario” y el “uso fraudulento” por parte de los extranjeros de los servicios de salud, que permitirá un ahorro de cerca de mil millones de euros al año.

MADRID/EFE

El Gobierno español aprobó hoy una nueva normativa para evitar el “turismo sanitario” y el “uso fraudulento” por parte de los extranjeros de los servicios de salud, que permitirá un ahorro de cerca de mil millones de euros al año.

Ese ahorro “redundará” en la mejora de la dotación del Fondo de Cohesión Sanitaria del Sistema Nacional de Salud (SNS) y “contribuirá” a garantizar la sostenibilidad de la Sanidad Pública, informó el Ministerio español de Sanidad en un comunicado.

La nueva norma impedirá que el SNS sufrague la asistencia sanitaria de los europeos que ya la tienen cubierta por sus instituciones de seguridad social en sus países de origen, o por sus seguros privados.

Asimismo, establece reciprocidad con los requisitos que se les exigen a los españoles cuando se trasladan a otro país de la UE para recibir atención sanitaria.

Respecto a los extranjeros que residan en España de forma irregular, según el comunicado del ministerio, se les prestará asistencia de urgencia, por enfermedad o accidente, atención en el parto, embarazo, postparto, así como a los menores de 18 años.

La nueva norma tiene como objetivo garantizar la universalidad del derecho a la atención sanitaria pública, al regular la condición de asegurado y de beneficiario del SNS. Las personas aseguradas serán los trabajadores por cuenta ajena o propia, los pensionistas de la Seguridad Social y los desempleados que han agotado la prestación.

También serán aseguradas las personas que no tengan ingresos superiores a 100.000 euros anuales ni cobertura obligatoria de la prestación sanitaria por otra vía cuando sean españoles y residan en el país, o bien sean comunitarios, o del Espacio Económico Europeo o de Suiza.

Igualmente lo serán aquellos que estén inscritos en el Registro Central de Extranjeros o sean de un país distinto de los anteriores con autorización para residir en España.

Con esta regulación, indica el comunicado, colectivos que hasta ahora estaban fuera del SNS, como ciertos arquitectos y abogados -especialmente afectados por la crisis, en algunos casos- quedan incorporados.

Los beneficiarios serán, siempre que residan en España, el cónyuge o pareja de hecho, el excónyuge o persona separada judicialmente a cargo del asegurado, así como los descendientes y personas asimiladas a cargo del mismo que sean menores de 26 años o que, siendo mayores, tengan una discapacidad igual o superior al 65 por ciento.

En la mayoría de los casos -trabajadores por cuenta propia o ajena, pensionistas, desempleados- el reconocimiento se hará de forma automática y para el resto de supuestos deberá presentarse una solicitud que se resolverá y notificará al destinatario en 30 días. EFE

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