La Asamblea Nacional aprobó en 1995 la Ley 201 que establece que el Día de la Constitución se celebrará el primer lunes del mes de septiembre de cada año. El objetivo de acuerdo a los legisladores de esa época era promover el respeto a la Carta Magna y promover los derechos humanos bajo la convicción que una ciudadanía más ilustrada debería fortalecer el sistema democrático del país.
Como sabemos, la Constitución Política de Nicaragua es la norma suprema y fundamental que organiza estructuralmente a la nación. Contiene las reglas del juego democrático que los distintos sectores de la vida nacional y principalmente la clase política, acogen como suyas. Asimismo, la Constitución representa el instrumento esencial para la organización institucional del Estado, el desarrollo pacífico de la convivencia política y la garantía del respeto a los derechos fundamentales de la persona humana.
La Ley Fundamental del país refleja nuestra convulsionada historia por el poder. Según el jurista Oscar Castillo, autor de varios libros sobre Derecho Constitucional, Nicaragua posiblemente es uno de los países de América Latina que ha tenido el mayor número de Constituciones a través de toda su historia: dos en el periodo monárquico, cinco en el periodo independiente hasta 1893 y ocho en el siglo XX, siendo la última y vigente la de 1987 que ha sufrido ocho reformas o sea una cada tres años.
La Carta Magna existe porque protege al ser humano frente a los excesos del poder, institucionalizando la forma como el Estado sistematiza su organización. No obstante, pese a todos estos elementos, la sociedad nicaragüense ha sido testigo de las continuas violaciones a la Carta Magna de parte de la clase política, particularmente el Gobierno. Por ejemplo, el caso emblemático y más notorio fue la flagrante violación al artículo 147 de la Carta Magna mediante una sentencia de la Corte Suprema de Justicia contraviniendo el doble candado constitucional para ser candidato presidencial a Daniel Ortega, así como la reelección de los alcaldes y vicealcaldes del país.
Recordemos que magistrados sandinistas confirmaron mediante esa sentencia en una supuesta Corte Plena que el mandatario Daniel Ortega podía ser candidato presidencial en las elecciones del 2011 y ordenaron al Consejo Supremo Electoral (CSE) que lo inscribiera como tal. Dicha sentencia fue firmada solo por seis magistrados sandinistas, los exmagistrados Rafael Solís y Armengol Cuadra y siete conjueces, porque los magistrados liberales se rehusaron a ser partícipes de esa violación a la Constitución. La sentencia se originó en otra sentencia de la Sala Constitucional de la Corte Suprema, integrada solo por magistrados sandinistas en la que resolvieron un recurso de amparo de Ortega declarando inconstitucional a la propia Carta Magna en su artículo 147.
Es decir, que se quedó en retórica la pirámide jurídica de Hans Kelsen, la cual se aplica en nuestra Constitución Política en su artículo 182 que establece que la Constitución es la Carta Fundamental de la República, que todas las leyes están subordinadas a ellas y que no tendrán valor alguno las leyes, tratados, decretos, reglamentos, órdenes o disposiciones que alteren sus disposiciones.
Definitivamente que hubo poco que celebrar en el Día de la Constitución, donde se escucha con normalidad en el ambiente político los términos: presidente inconstitucional, Corte Suprema de facto, Consejo Supremo Electoral de facto, Contraloría de facto, fiscal general de facto, procurador de Derechos Humanos de facto y jefa de la Policía de facto, entre otros, que habiendo cesado en sus funciones establecidas por la Carta Magna siguen atropellando las leyes del país.
El poder cuando no se encuentra sometido a límites rigurosos y expresos tiende a desbocarse. Es la famosa frase del filósofo y político inglés Lord Acton en 1887: “El poder tiende a corromper y el poder absoluto corrompe absolutamente”.
El autor es periodista
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