Gloria Picón Duarte
Según el primer párrafo del artículo 34 de la Ley Electoral que fue reformada en mayo pasado, “el Consejo Supremo Electoral (CSE) mantendrá un padrón electoral de ciudadanos por cada Junta Receptora de Votos (JRV) y deberá publicarlo en su página web, permanentemente actualizado desde el momento de la convocatoria”. Sin embargo, dicha disposición ha sido violentada por las autoridades de facto del poder electoral alegando que con ello salvaguardan la privacidad de los ciudadanos.
El magistrado de facto José Luis Villavicencio manifestó ayer que han decidido no publicar el padrón en la web para además de evitar que “algunos traviesos” jaqueen el sistema y cambien datos, guardar la privacidad de la gente.
“Hemos llegado al convencimiento de que hemos violado el derecho de la privacidad personal. Antes cometíamos el error de poner el padrón en la web y con el número de cédula podía ver sus datos, hasta su dirección, eso es una violación al derecho individual que tiene todo ser humano de su privacidad, por eso ahora solamente la personas interesada pueden verlo y solo ven el centro de votación”, señaló Villavicencio.
El magistrado de facto dijo que partir de hoy se publicará según calendario electoral el padrón en cada uno de los Centros de Votación, pero al ser cuestionado sobre lo que la Ley manda, alegó que cuando la Ley fue reformada el proceso de elección ya había iniciado y que la Ley no es retroactiva para obligarlos a publicar el padrón.
Sin embargo una vez que la Ley es aprobada y publicada entra en vigencia y debe ser aplicada. Un ejemplo claro de esa aplicación es la ampliación en el número de concejales. “Las leyes no son retroactivas, no podíamos publicarlo cuando la Ley se aprobó meses después, no podíamos porque estábamos trabajando con la Ley vieja, en otro proceso trabajaremos con la nueva Ley”, recalcó Villavicencio.
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