Martha Vásquez
El mes pasado, el abogado recurrente contra la Ley 779, Bismarck Dávila, recusó a las tres magistradas por considerar que se habían implicado al pronunciarse a favor de la Ley 779 y solicitó a la Corte Plena que las apartara de conocer los recursos por inconstitucionalidad contra dicha norma. “Ya vi la recusación, ya la evacué. Solo me falta que lo notifiquen”, dijo Molina.
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Para esta semana se tiene previsto que la comisión que estudia la ley 779 —Ley Integral Contra la Violencia Hacia la Mujer— presente un proyecto de iniciativa de reforma a dicha norma, para luego ser discutida en Corte Plena y, una vez consensuada, enviarla a la Asamblea Nacional, dijo el magistrado de facto, Rafael Solís.
Para Solís no es necesario que se discutan los recursos por inconstitucionalidad contra dicha ley, de momento, porque cree que es difícil encontrar los nueve votos que necesitan para fallarlos. Sin embargo, otros magistrados —como Manuel Martínez, Ligia Molina y Yadira Centeno— consideran que es necesario discutirlos y con base en esto estudiar la reforma y determinar si existe roce con la Constitución.
Para la magistrada Yadira Centeno los recursos deben resolverlos pronto “para que quede claro si las normas que han sido señaladas como inconstitucionales, se ajustan o no al mandato constitucional”.
RESTITUIR LA MEDIACIÓN
El único cambio acordado entre los magistrados de la CSJ es restituir la mediación en los delitos menos graves de dicha norma, lo que implicaría eliminar el artículo 46 de la Ley 779.
Para Centeno, el hecho de que no exista la mediación en la citada legislación no es obstáculo para el procesado ni viola ningún derecho constitucional “porque existen otros principios de oportunidad que puede utilizar, como el arreglo con la víctima para evitar la cárcel. También está la suspensión condicional de la persecución penal que se da antes de estar condenado y la prescindencia de la acción penal”.
Para Molina, la inconstitucionalidad de la ley no procede porque nació dentro del poder judicial y el marco de la Constitución.
Los magistrados dicen desconocer el contenido de los recursos.
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