Lucía Navas/Ramón Potosme/ José Adán Silva/Tania Sirias
El Gobierno incluyó, en la concesión del Canal Interoceánico, a empresarios chinos la obligación del Banco Central de Nicaragua (BCN) de responder con sus bienes y las reservas internacionales del país ante una eventual disputa que se presente con la empresa.
Con esta decisión, el gobierno del presidente inconstitucional Daniel Ortega pasó por encima de la Ley Orgánica del BCN, por cuanto el consejo directivo de la institución no ha aprobado la renuncia de la inmunidad soberana ni asume las obligaciones legales y monetarias que establece el acuerdo marco con la empresa HKND Group Holding Limited.
Dentro de los anexos del acuerdo marco, el número 6 dice: “En consideración a los beneficios mutuos que se derivan del SHA (Acuerdo de Accionistas), el Gran Canal Interoceánico de Nicaragua, los proyectos relacionados y por esta carta de consentimiento y la intención de estar legalmente sometido a la presente, el Banco Central de Nicaragua acepta irrevocable e incondicionalmente, en nombre propio y de los causahabientes, renunciar a cualquier derecho de inmunidad soberana que pudiese tener y se compromete a no invocar la inmunidad en ningún procedimiento en relación con cualquier disputa que surja de o en relación con el SHA o esta carta de consentimiento”.
Mario González, miembro del consejo directivo del BCN, afirmó desconocer el documento y sus alcances, por cuanto no había sido presentado para ser aprobado por la máxima autoridad de la entidad, tal como manda su Ley Orgánica.
Hasta el cierre de esta edición, LA PRENSA no logró contactar al presidente del BCN, Alberto Guevara.
FUNIDES CRITICA
Mediante un comunicado, la Fundación Nicaragüense para el Desarrollo Económico y Social (Funides) pidió una explicación de “¿Por qué el Banco Central de Nicaragua está renunciando a su inmunidad soberana?” y si “¿Están nuestras reservas internacionales sujetas a embargo?”
El Gobierno, al ceder la inmunidad soberana del BCN, la extendió a “cualquier derecho o inmunidad respecto a gravamen o ejecución contra cualquiera de sus bienes, independientemente de la naturaleza comercial o no de estos (incluyendo cualquiera de sus cuentas bancarias, ya sea a nombre propio o no) y donde sea que estuviere ubicada”.
“Un Canal en el territorio de Nicaragua también es económicamente viable”, dijo Wim Klomp a medios holandeses, citados y reproducidos en Nicaragua por el sitio web 19 Digital.
“Sobre la naturaleza y el medio ambiente hay todavía muchas cuestiones por resolver. Pero el plan no es definitivamente castillos en el aire”, dijo.
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Funides exigió transparencia tanto en el proceso de selección de la empresa a quien se le entrega la megaobra y en la consulta de la Ley de Concesión del Gran Canal.
VENDRÁN REFORMAS CONSTITUCIONALES
Asimismo, el Acuerdo Marco de Concesión contempla reformas a la Constitución Política de la República referente a la renuncia de la soberanía del país y a la entrega de la potestad a la empresa del Gran Canal de Nicaragua para establecer impuestos. Para el constitucionalista Gabriel Álvarez implica que hay una autocastración de parte de Nicaragua, quien renunciaría a ser Estado, dejando en la indefensión a los nicaragüenses.
“Formaliza un enclave donde el narcotráfico y el crimen organizado no son susceptibles de fiscalización”, plantea Álvarez.
El punto 9.1 del Acuerdo Marco establece al final que “es intención de las partes que se efectúe una reforma a la Constitución y a otras leyes según fuere necesario para garantizar que las disposiciones (impuestos y renuncia a inmunidad soberana) constituyan una obligación legal, válida, vinculante y exigible”.
Tal reforma, según esa disposición, deberá estar lista y en vigencia en un periodo de 18 meses a partir de la aprobación de la Ley que otorga la concesión del Canal a la empresa china.
Pese a esto, Álvarez recordó que cualquiera de esas acciones son ilegítimas e inconstitucionales porque la Ley desde su aprobación, que se prevé sea mañana, será inconstitucional porque unas reformas a la Carta Magna no pueden tener valor retroactivo.
Para el constitucionalista, desde el mismo acuerdo marco, quienes lo firmaron están autoconfesando que lo actuado es inconstitucional.
ORTEGA DEJA A NICARAGUA COMO UN CASCARÓN
En el tema de la renuncia a la inmunidad soberana significa, según Álvarez, que Nicaragua renuncia a su jurisdicción y se somete a cláusulas de Ley de un arbitraje y los tribunales y las leyes de país donde se realice el arbitraje. Pero lo más grave, según el constitucionalista, es que el país renuncia a su potestad de ejercer la legislación, juzgar y fiscalizar.
“Se compromete que en ese territorio que el chino decida, el Estado y todas sus actuaciones (legislar, fiscalizar) quedan vaciadas completamente de sus facultades”, indica Álvarez.
De esta forma se estaría violando el artículo 1 de la Constitución que establece que la soberanía del país es un derecho irrenunciable de la nación nicaragüense.
Para el diputado opositor Enrique Sáenz, ese acuerdo es como si el Gobierno hubiese hecho una nueva Constitución Política, al dar derechos sobre todo el territorio nacional, pero además, si los inversionista incumplen, no tienen ninguna responsabilidad penal, administrativa ni económica con el país.
“En pocas palabras, pueden estafar, lavar dinero, cometer delitos, inclusive incumplir cualquiera de las cláusulas y las autoridades nicaragüenses no pueden procesarlos”, sostuvo Sáenz.
CANAL SOBREVALORADO
Pese a la falta de transparencia oficial sobre lo que se pretende hacer en el territorio nicaragüense, el proyecto de una gran ruta comercial de Nicaragua es viable técnicamente, según diversas fuentes y estudios nacionales e internacionales, una de las cuales, no obstante, ve exageradamente abultado el monto de 40,000 mil millones de dólares en que oficialmente se ha calculado el citado megaproyecto.
Una investigación sobre la racionalidad de construir un segundo canal interoceánico en Centroamérica (después del de Panamá), presentado en 2001 como disertación doctoral en economía política en la Universidad de Texas, en Dallas, por el nicaragüense Alejandro Rostrán Coe, encontró que los costos de construcción de una vía interoceánica se estimaba en 20 billones de dólares (20,000 mil millones de dólares americanos) para un canal con capacidad para permitir el paso de barcos de hasta 250,000 toneladas de peso.
Este tipo de barco ya no puede circular por el Canal de Panamá aun con su ampliación y los empresarios del mundo estudian rutas alternativas para el comercio este-oeste.
La cifra actualizada, según el autor, no variaría hasta 40,000 millones de dólares en ninguna de las rutas que se tracen para la vía por Nicaragua, lo cual genera dudas sobre en base a qué datos se calculó ese presupuesto.
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