De acuerdo con la Ley no se puede ni se debe cambiar el nombre del parque Pedro Joaquín Chamorro Cardenal por el de Alba, ni por cualquier otro. El artículo 3 de la Ley 813, Ley que declara Héroe Nacional al doctor Pedro Joaquín Chamorro Cardenal, aprobada el 3 de octubre de 2012 por la Asamblea Nacional, promulgada dos días después por el Poder Ejecutivo y publicada en La Gaceta, Diario Oficial de Nicaragua, el 9 del mismo mes de octubre de 2012, dice textualmente: “Las instituciones públicas y privadas deberán de respetar el nombre del doctor Pedro Joaquín Chamorro Cardenal, plasmado en cualquier calle, avenida, parque, nombre de barrios y edificaciones que lleven su nombre”.