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Consumidores con nueva ley

A partir de hoy los consumidores nicaragüenses cuentan con una nueva norma jurídica a la que podrán recurrir para hacer valer sus derechos: la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias (Ley 842).

Humberto Galo Romero

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Otro elemento destacado en la nueva Ley es que se establecen regulaciones para la publicidad no apta para menores de edad. En este sentido Jorge Rooseess, especialista en derechos de los consumidores, explica que la Ley 842 orienta a la Diprodec en conjunto con el Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos el establecimiento de horarios de transmisión para publicidad no apta para menores.

“Vos ves ahora en los canales de televisión nacional a cualquier hora se transmiten anuncios sobre alcohol, cigarrillos e inclusive algunos de connotación sexual”, declaró.

Esta disposición solo es válida para los canales locales, no dice nada sobre la televisión por suscripción. El especialista sugiere enmendar esto a través del reglamento.

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El ente encargado de recibir y dar trámite a las denuncias y reclamos presentados por los consumidores es la Dirección General de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias (Diprodec). Las instalaciones de esta dependencia están ubicadas de la Rotonda Rubén Darío (Metrocentro) 2 cuadras hacia el sur, 100 metros al este. La Ley 842 faculta la creación de al menos una oficina Diprodec en todos los municipios del país.

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A partir de hoy los consumidores nicaragüenses cuentan con una nueva norma jurídica a la que podrán recurrir para hacer valer sus derechos: la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias (Ley 842).

Es un instrumento legal que a juicio de Jorge Eduardo Rooseess, experto en derecho de los consumidores, adquiere relevancia porque a través de esta se “regularán todas las relaciones de consumo de los ciudadanos, y porque además pareciera que existe la voluntad para dar la fuerza necesaria a una institución para que defienda los derechos de los consumidores”.

Rooseess se refiere a la Dirección General de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras o Usuarias (Diprodec), una instancia adscrita al Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (Mific), la cual deberá tener presencia a nivel nacional.

Un punto que también es compartido por Marvin Pomares, director del Instituto Nacional de Defensa del Consumidor (Indec), quien menciona que esta instancia permitirá tener un mejor control de la aplicación de la ley. “Esto va a permitir que los usuarios y consumidores puedan interponer sus denuncias o reclamos respectivos en una instancia que estaría ubicada en sus municipios”, dijo Pomares.

Pero, a juicio de Rooseess, aunque esta ley es positiva, el verdadero reto para su correcta aplicación es hacer que el consumidor se empodere de la misma y empiece a ejercer una cultura para defender sus derechos.

“De lo contrario se seguirá viendo al consumidor como un segmento carente de capacidad de reclamo”, señala Rooseess.

¿QUÉ ES LO NUEVO?

Los especialistas destacan que en la Ley 842 existen algunas novedades que traen beneficios para los consumidores nacionales, especialmente en lo concerniente al establecimiento de contratos con proveedores, ya sea al momento de adquirir un servicio, un bien, e inclusive un crédito.

Por ejemplo, el artículo 68 de la Ley establece la no penalización por la cancelación anticipada de un crédito, ya que sea que este adquirió en un banco o una entidad microfinanciera.

Sin embargo a juicio de Rooseess aunque este aspecto es algo novedoso, por el hecho de que se está mencionando a los servicios de intermediación financiera, es decir la banca nacional, su aplicación se vuelve un tanto complicada, por el hecho que la misma ley orienta a la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Siboif) la creación de la Comisión de Servicios Financieros como instancia que regule y vigile la protección de los derechos de los consumidores.

“Uno esperaría que esta dependencia tuviese funciones que le permitan aplicar la ley, pero lo que se le ha establecido es un aspecto funcional de tramitación de reclamo entre la instancia financiera y el usuario, es decir no resolverá la denuncia o el reclamo que yo interponga”, dijo.

Es por ello que Rooseess cree que este tipo de vacíos podrían resolverse una vez que se publique el reglamento de la Ley, porque de lo contrario cualquier tipo de queja interpuesta por usuarios de instituciones financieras correría el riesgo de no ser resuelto.

Un aspecto de la nueva Ley 842 valorado como muy positivo por Pomares, del Indec, es el hecho de que permitirá también al usuario cancelar contratos con empresas de telecomunicaciones antes de su vencimiento (Art. 38) sin recibir multas o pagos adicionales, “siempre y cuando esta incumpla alguna cláusula del contrato establecido por el servicio”, refiere Pomares.

Economía Ley 842 Ley de los Consumidores archivo

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COMENTARIOS

  1. Ena
    Hace 10 años

    ¿Existe alguna ley que ayude a usuarios de taxis a quejarse por malos tratos y acosos por taxistas?

  2. JANI
    Hace 11 años

    Espero que la Ley sea aplicada de Verdad… es un Alivio que en Nicaragua nos estemos poniendo Pilas con esto, principalmente con el abuso de la empresa privada y principalmente con las URBANIZADORAS que solo dan 6 o 1 año como garantía de Vicios Ocultos en las viviendas que venden…. me encanta ojala que así como la sacaron sea aplicada y apliquen multas a los que no la cumplan

  3. leonel Gonzalez
    Hace 11 años

    Esta interesante la ley del consumidor sobre todo en lo siquientes puntos las casas comerciales que hace diferencias en el pago de bienes a los clientes, no te aceptan pagos con Tarjeta de debito solo en efectivo o Tarjeta de credito este ultimo con el afan de aserle el negocio a las Instiuciones financieras. lo de la propina me parece segun porcentaje sobre consumo que deberia ser aparte ejm como una Fact de propina y siempre consultarle al consumidor sobre el mismo.

  4. Usuario
    Hace 11 años

    El problema siempre de las leyes es que se necesitan su reglamentación, sino estas son un papel más. Al aprobar la ley que elimina la penalización por pronto pago, simplemente los bancos lo siguen cobrando amparándose en que no esta reglamentada. A pesar que existe una ley de tarjeta, los establecimientos siguen cobrando diferido por pago con tarjetas, quien vigila por el buen servicios de Mpesos. Para que se hacen leyes si estamos siempre vulnerables al sol y al viento.

  5. Carlos
    Hace 11 años

    Quisiera saber si la ley protege al consumidor de servicios educativos de los colegios privados…. Los Colegios Privados ,Religiosos o no, hacen lo que quieren con los padres de Familia.. necesitamos protección, pagamos un servicio, por lo tanto, somos consumidores.. En los colegios Privados, a causa de nuestros hijos, nos tratan como rehenes a quienes extorsionan constantemente con pagos de rescates.. los padres vivimos atemorizados. y con los bolsillos vacíos,

  6. Carlos
    Hace 11 años

    Ahora, me gustaria saber que hace la Ley de consumidores que tolera “Litros” de 900 cc, “Libras” de 350 gramos.. etc.. ¿porqué permiten que las presentaciones de los alimentos se reduzcan, y les suban de precio ?.. esta bien que suban de precio si los costos suben,..pero disminuir también la cantidad del producto ?.. El dentista me pondría la mitad de la dosis de anestesia por el encarecimiento de los insumos ? , el peluquero me rasurará la mitad de la cabeza? ,el sastre me hará medio pant

  7. Jarquin
    Hace 11 años

    Digo que en esta ley debería entrar que no te penalicen por tener un menos de un mínimo en tu cuenta bancaria, dado que te están robando de tu propio dinero, sin obtener ningún beneficio a cambio, esto se llama robo descarado, esperemos que los políticos del país hagan algo a cambio.

  8. Mario Chavarria
    Hace 11 años

    Ley del consumidor

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