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Dictamen unánime para ley de cámaras

José Adán Aguerri

El 27 de mayo del presente año el presidente de la República presentó una propuesta de “Ley General de Cámaras Empresariales de Nicaragua” sobre la cual oportunamente nos pronunciamos en un editorial institucional.

En esa ocasión expusimos que apoyábamos en parte esa iniciativa de ley en cuanto al objetivo planteado de “modernizar la legislación de la materia” para fortalecer las facultades de las distintas Cámaras para que podamos cumplir con la finalidad para la cual fuimos creadas.

Pero también expusimos que cuestionábamos que en el proceso de elaboración de la iniciativa de ley que desarrolló el Poder Ejecutivo no se nos tomará en cuenta y planteamos algunos cuestionamientos de fondo a dicha iniciativa.

Como resultado de estos planteamientos se logró conformar un equipo técnico que encabezo el presidente de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, el diputado Wálmaro Gutierrez, que incluyo además a representantes de las organizaciones gremiales, funcionarios de Gobierno, diputados y técnicos.

El resultado del trabajo de este equipo nos permitió alcanzar un consenso técnico pleno que fue respaldado y reconocido por todos los diputados de las distintas bancadas en la Comisión a través de un dictamen unánime para esta ley.

Lo primero que destacamos de este trabajo es que la estructura y contenido normativo de la ley fueron modificados sustancialmente respondiendo a las mejores prácticas internacionales y la realidad nacional de los gremios empresariales.

Se logró normar el “antes y el después” para garantizar los derechos legales adquiridos de las Cámaras y Asociaciones Empresariales existentes manteniendo nuestras personerías jurídicas, nombres, naturaleza jurídica de entidades sin fines de lucro, los Pactos Constitutivos y Estatutos, además de establecerse un proceso expedito para su inscripción y  registro.

Otro aspecto relevante es que el objeto de la ley se diferencia del objeto de las Cámaras. El objeto de la ley es normar la constitución, autorización, regulación, funcionamiento, disolución, liquidación y cancelación de las Cámaras. El objeto de las Cámaras es la defensa y desarrollo del sector empresarial nacional, el desarrollo y estabilidad de las actividades económicas y sociales y el desarrollo del país.

También la ley diferencia los objetivos de las Cámaras Nacionales y las Cámaras Binacionales.

Un asunto que favorecerá a las Cámaras Empresariales que se formen a partir de la entrada en vigencia de la nueva ley es que la Autoridad de Aplicación ahora será el MIFIC, entidad que otorgará personería jurídica y regulará su registro e inscripción; superándose así, los obstáculos que enfrentábamos ante la Asamblea Nacional y el Ministerio de Gobernación para ambos procesos; situación que evidentemente también favorecerá a las antiguas entidades gremiales empresariales.

Es relevante mencionar que esta iniciativa de ley respeta la autonomía que gozan y gozarán las Cámaras Empresariales, ya que al momento de inscribirse se respetará la voluntad de los asociados reflejadas en su Acta Constitutiva y Estatutos en todo lo referido a su forma de organizarse, elección de autoridades, mecanismo de toma de decisiones y demás; sin menoscabo de las facultades que tendrá el MIFIC conforme procedimiento administrativos definidos claramente en la propia iniciativa legal.

No podemos dejar de resaltar que con esta ley se responde positivamente al planteamiento de Cosep de conformar instancias de consultas y consensos no solo a nivel central sino también entre el sector privado departamental, municipal y regional con autoridades de Gobierno.

También la ley responde positivamente a la propuesta de Cosep de legalizar la  instancia bipartita de Gobierno y Sector Privado conocida como Comisión de Seguimiento; la cual ha sido una instancia que permitido fortalecer el esquema de diálogo y consenso que hemos venido impulsando.

Finalmente, debemos subrayar que con la ley se crea el Día de las Cámaras Empresariales en reconocimiento a la historia de la Cámara de Comercio de Nicaragua; lo cual es un reconocimiento implícito al papel que ha jugado la gremialidad empresarial de nuestro país. El autor es presidente del COSEP.

Opinión dictamen Ley de Cámaras archivo

COMENTARIOS

  1. Daniel miembro de la oligarquia nacional
    Hace 10 años

    Sinverguenzas! Claro que hay “dialogo y consenso” entre compinches que se reparten el botin del pueblo trabajador nicaraguense. Este es otro, que se ha reelegido multiples veces y piensa seguir de presidente, mientras su socio Daniel tambien lo sea, asi se hacen mas ricos ambos, mientras el pueblo languidece por falta de recursos. Corrupto, complice del descalabro nacional. Somoza no ensucio al Cosep, como lo han hecho ustedes.

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