Eduardo Cruz
Colombia no puede sostener “con credibilidad” que Nicaragua “no es un buen vecino” solamente porque haya recurrido a la Corte Internacional de Justicia (CIJ), cuando acudir a los tribunales internacionales es un “acto de apego al principio de solución pacífica de controversia”, explicó el experto en derecho internacional, Mauricio Herdocia.
Herdocia respondió así a las declaraciones de la canciller colombiana María Ángela Holguín, quien se quejó este miércoles de la nueva demanda que Nicaragua interpuso ante la CIJ, pidiendo que obligue a Colombia a aceptar el fallo del 19 de noviembre de 2012.
Nicaragua “es un pésimo vecino porque que es increíble es que usted no pueda ni siquiera conversar (bilateralmente)… (y) se ponga de una vez a demandar ante la Corte”, insistió Holguín al destacar que no ha recibido ni una sola llamada de su colega nicaragüense, Samuel Santos, para tratar tales temas de forma directa.
“La demanda no es un acto enemistoso”, aclaró Herdocia, quien explicó que Nicaragua tuvo que recurrir a la CIJ este martes 26 de noviembre del 2013 porque hoy miércoles 27 se cumple el plazo de un año para que entre en vigencia la denuncia de Colombia del pacto de Bogotá, en la cual desconoce la jurisdicción de la CIJ para dilucidar el conflicto limítrofe con Nicaragua. Colombia denunció el pacto de Bogotá el 27 de noviembre del 2012 y el artículo 31 de este pacto establece el plazo de un año para que entre en vigencia la denuncia.
“Nicaragua presentó su demanda el 26 de noviembre para que no quede ninguna duda de que está dentro del tiempo”, indicó Herdocia, quien añade que la acción de Nicaragua es para mantener “abiertas las puertas de la jurisdicción de la CIJ”.
El jurista nicaragüense también refutó las declaraciones de Holguín respecto a que Nicaragua no se sentó antes de la demanda a conversar con Colombia, cuando el Gobierno colombiano, a pesar de las intenciones de diálogo, respondió antes con una declaración del presidente Juan Manuel Santos en las que asegura que el fallo de la CIJ de noviembre del 2012, que favorece a Nicaragua, no era aplicable para su país.
Además, Colombia alega que sus tribunales internos no le permiten cumplir con el fallo del tribunal internacional cuando, explica Herdocia, “lo doméstico no puede violentar lo internacional”. “Nada se puede alegar contra una sentencia de un tribunal internacional”, afirmó el jurista.
Herdocia agregó que Colombia también emitió un decreto 1946, en el cual destroza los límites con Nicaragua establecidos en la sentencia de la CIJ.
La CIJ confirmó hoy la denuncia realizada por Nicaragua contra Colombia, con respecto al incumplimiento del fallo dictado el 19 de noviembre de 2012 por la Corte.