El informe anual del presidente ante la Asamblea Nacional (AN), en sesión solemnem acompañado del vicepresidente, está doblemente consagrado en la Constitución Política, que a pesar de haber sido recientemente reformada en este punto no sufrió variación alguna a pesar de que muchos aspectos fueron cambiados como traje hecho a la medida de Ortega.
Seguro se les olvidó a los reformistas y se hará otra reforma para que no tenga el presidente que asistir a la Asamblea, como lo hacían los presidentes de los gobiernos neoliberales y como aún lo hacen todos los presidentes de las democracias representativas del mundo.
Dice la Constitución en el artículo 150, numeral 15, que son atribuciones del presidente de la República: “(…) presentar a la AN personalmente o a través del vicepresidente, el informe anual y otros informes y mensajes especiales”. Y para amarrarlo por los dos lados, respecto a las atribuciones de la AN el artículo 138, numeral 16, establece: “(…) recibir en sesión solemne al presidente y vicepresidente de la República para escuchar el informe anual”.
De la simple lectura del numeral 16 del artículo 138 se desprende que en dicha sesión solemne de la AN deben estar “presentes” el presidente y vicepresidente para que los diputados puedan “escuchar” el informe anual. En caso de que el presidente no pueda asistir por alguna razón fundamentada, puede delegar la lectura del informe anual al vicepresidente.
No se prevé en la Constitución, ni con todas sus antojadizas y recientes reformas, que el presidente tenga la opción de delegar en alguien más de su gabinete o que pueda mandarlo en un disco o por escrito, aunque bien lo puede entregar de esa manera, siempre y cuando asista a la sesión solemne y lea el informe anual.
En México el presidente asiste al congreso y pasa muchas horas detallando su informe —que es televisado— a la nación, en lo que se traduce en un acto solemne de rendición de cuentas. Igual sucede en los Estados Unidos, donde el presidente da lo que se conoce como “Informe sobre el estado de la Unión”, el cual es televisado por cadena nacional a todo el país.
Este acto es un acto simbólico que en esencia dice que el presidente se debe al pueblo, a sus electores, y que por tanto, cada año debe rendir cuentas o rendir un informe muy amplio de cómo están las finanzas y las perspectivas económicas de la cosa pública u otros temas trascendentes.
El que Ortega no haya asistido más que una sola vez a la AN, desde su primer período en el 2007, demuestra un desprecio no solo a la ley, sino a sus propios electores y a la ciudadanía en general a la que se debe. Si a esto le agregamos que raras veces aparece en público y da conferencias de prensa a como lo estilan los gobernantes democráticos, la situación de desinformación se agrava.
La libertad de información, consagrada también en la Constitución es de doble vía: no solo se trata del derecho que tiene el ciudadano de estar bien informado y de poder acceder a la información pública, como lo establece la Ley de Acceso a la Información Pública, sino la obligación que tienen los gobernantes de brindar con trasparencia y oportunamente dicha información, tal como lo demandan los obispos de la Conferencia Episcopal en su trascendental documento.
Ortega no tiene nada que temer con enfrentar a la prensa o a la AN. En Nicaragua, la mayoría de los medios son controlados por el Gobierno y en la AN el partido de gobierno tiene mayoría calificada, 63 de los 91 diputados.
¿Cuál es el miedo? Temer a las conferencias de prensa o temer a presentar el informe en la AN equivale a temer al pueblo que dice representar. El autor es diputado de la bancada del PLI.
Ver en la versión impresa las páginas: 10 A