Asombrado escuché, hace unas semanas, la noticia del adolescente de 14 años de edad, que asesinó a machetazos, por supuestas “rencillas personales” a un niño de 8 años e intentó matar a otro de 11, dejándolo gravemente lesionado, hecho ocurrido el 3 de mayo del corriente en una comunidad rural del municipio de Murra, Nueva Segovia.
De nuevo, este hecho abre el tema de la “criminalidad de adolescentes” porque el presunto infractor tiene supuestamente 15 años de edad. A esta edad, el juez de Distrito Penal de Adolescentes competente, si lo encuentra culpable, puede dictarle pena de prisión, la cual no puede ser mayor de 6 años según los artículos: 95, 111, 206 del Código de la Niñez y la Adolescencia (CNA o Ley 287).
Si el adolescente tuviere 13 o 14 años, solo podría recibir medidas de protección especial, socioeducativas o de orientación y supervisión, pero jamás pena de prisión, porque el CNA lo prohíbe. Esta justicia, más que castigadora es educativa porque busca la reinserción social de los adolescentes infractores, aunque la población en general no esté de acuerdo. El Arto: 2 del Código considera niño a todo menor de 13 años y adolescente el comprendido entre los 13 y 18 años de edad no cumplido.
La falta en Nicaragua de un Penitenciario Especializado de Menores, uno para varones y otro para mujeres, contraviene los Principios de “Absoluta Prioridad” y del “Interés Superior”, establecidos en el CNA, entre otros.
Lamentablemente, este tema se discute cuando suceden hechos infames como el de Murra. Olvidamos que los niños, niñas y adolescentes actualmente son un segmento poblacional considerable en nuestra sociedad (45 por ciento aproximadamente) y por ende, necesitan mayor atención y seguimiento.
Es notable la edad del presunto menor infractor, pero lo es más la saña, la alevosía y la premeditación de los hechos. Las posibles causas: Relativo aprendizaje social, falta de educación, maltrato físico, sexual y/o psicológico, entre otros. Muchos niños, niñas y adolescentes sufren tales actos en el hogar o fuera de él, sea en el campo o la ciudad.
Otros factores que causan criminalidad (en adolescentes y/o adultos) son endógenos como predisposición genética, lesiones cerebrales, etcétera, que resultan en acciones o comportamientos como el acontecido en Murra. El Gobierno debería de crear una política integral de salud mental en menores y adultos con la cual se busque identificar y tratar cualquier psicopatía, que en la mayoría de los casos se originan en la niñez y/o adolescencia de las personas.
La violencia en general que hoy en día vive nuestra sociedad, materializada en delitos como asesinatos, lesiones, homicidios, femicidios, etcétera, tiene su germen en la niñez, por eso, la educación integral es el pilar fundamental para impulsar valores de convivencia sociales y humanos.
Este adolescente deberá ser objeto de muchos estudios bio-psicosociales que arrojarán alguna respuesta lógica del porqué actuó de tal manera a esa edad, sumado al hecho que ocurrió en una zona rural donde el aprendizaje social es relativamente menor que en zonas urbanas, y los niños, niñas y adolescentes no se ven tan influenciados por el marketing u otros aspectos. Esto es un tema serio y debe obligar al Gobierno de Nicaragua a crear una política criminal de menores más amplia e integral”. El autor es abogado y Máster. ExFiscal del Ministerio Público y Docente Universitario.
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