Lucía Navas
Desde ayer, todos los bancos, compañías de seguros y administradoras de inversiones que en cualquier país del mundo manejan operaciones financieras de ciudadanos o residentes de Estados Unidos y personas que, además de la propia, posean la nacionalidad de ese país, están obligados a proporcionar información de esos clientes al Departamento del Tesoro estadounidense.
El Sistema Financiero Nacional (SFN) no está exento a esta obligación, establecida en la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas Extranjeras (Fatca por sus siglas en inglés). Una exigencia fiscal que busca reducir los niveles de evasión y aumentar la recaudación de impuestos para Estados Unidos (EE. UU.).
Quince entidades que integran el SFN —entre ellas los seis bancos privados, cuatro puestos de Bolsa de Valores, tres aseguradoras, y dos entidades financieras— ya están registradas en el Internal Revenue Services (IRS) de EE. UU., y cuentan con un Número de Intermediario Global (GIIN por sus siglas en inglés).
Cada entidad se inscribió en el IRS y debe firmar acuerdos directos con el Departamento del Tesoro para la aplicación de las retenciones de impuestos de las operaciones de los ciudadanos estadounidenses, ya sea que vivan en ese país o en el extranjero.
SIBOIF NO HABLA
El gobierno de Nicaragua no suscribió un Acuerdo Intergubernamental (IGA) con EE. UU., que establezca la adecuación de las normas internas para el manejo de la información bancaria de los clientes del SFN. El superintendente de Bancos y Otras Instituciones Financieras, Víctor Urcuyo, se negó a brindar información diciendo “no hablo con ustedes” en LA PRENSA.
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Juan Carlos Sansón, gerente general de BAC Nicaragua, explicó vía correo electrónico, que la ausencia del acuerdo de países no implica un problema porque “cada institución tendrá que suscribir un acuerdo de forma individual” y el plazo vence el 31 de diciembre de 2014.
“Lo importante es que los clientes estadounidenses conozcan sus obligaciones fiscales con el IRS y busquen asesoría especializada para el cumplimiento de la Ley Fatca. Nosotros continuaremos operando bajo nuestros estándares de cumplimiento con las normativas”, afirmó Sansón.
Wálmaro Gutiérrez, presidente de la Comisión Económica de la Asamblea Nacional, explicó que como parte de las facultades que se le otorgó a la Unidad de Análisis Financieros (UAF), “existe una muy particular donde todos los temas relacionados al IGA2, que es el que supuestamente contrae Nicaragua bajo este marco, va a ser visto, ana
lizado y seguido por la UAF”.
CLIENTES DEBEN AUTORIZAR
Este medio consultó a los seis bancos privados pero hasta el cierre de esta edición solo BAC había respondido.
Juan Carlos Cortez, experto en materia fiscal de la firma Deloitte, explicó que la entrada en vigencia de la regulación Fatca implica que los usuarios en el proceso de apertura de cuentas deban completar y rendir información contenida en formularios diseñados para tal medida fiscal.
De esta forma el usuario obtendrá una declaración acerca de su condición de ser sujeto afecto a Fatca o no. “Dentro de este proceso de apertura de cuentas, se tendrá presente que aquellos usuarios que clasifiquen o se identifiquen como sujetos de Fatca deban brindar su consentimiento y autorización expresa al banco para que información pertinente a su cuenta sea reportada al IRS, y en el mejor de los casos para que el banco opere retención en casos que de conformidad con la normativa deba proceder”, explicó.
Cortez recuerda que en el país juristas han analizado que este mecanismo de Fatca viola el sigilo bancario contenido en la legislación del sistema bancario local.
“Debe tenerse presente que en la apertura de la cuenta, el usuario es quien autoriza de previo al banco, por lo que a nuestro juicio no habría tal violación teniendo en cuenta el principio de autonomía de la voluntad del usuario para con el banco”, asegura el especialista.
En caso de transferencias, lo que es obligación del banco donde esta se origina, es retener un treinta por ciento (impuesto fiscal de EE. UU.), “y el resultado será entonces que el cuentahabiente en Nicaragua estaría recibiendo de la transferencia un setenta por ciento de los fondos originalmente pensados a transferir”, dijo.
Según Cortez los bancos privados del país prevén obtener de previo en el proceso de apertura de cuenta de aquellos usuarios afectos a Fatca un “waiver” o dispensa que les permita aplicar eventualmente alguna retención o débito.
“A nuestro juicio la tendencia apunta a que bancos eviten tal situación, lo que implique a su vez tener o poseer cuentas de usuario que pudiesen clasificar como recalcitrantes, ajustando sus respectivas políticas”, valoró Cortez.
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