El juez Ernesto Rodríguez, titular del Juzgado Tercero Local Penal de Managua, rechazó ayer el incidente de nulidad por supuesta violación a derechos constitucionales de la doctora Arlen Raquel Romero Gutiérrez, una de las acusadas de homicidio imprudente en perjuicio de la doctora Karina Peña López, por considerarlo improcedente.
Según el judicial, no hubo indefensión para la procesada, ya que la misma fue notificada de cada auditoría realizada por el Ministerio de Salud, contrario a lo alegado por la defensa.
“Siempre se les notificó de las auditorías realizadas por el Ministerio de Salud (Minsa), así lo demostró la prueba aportada por el Ministerio Público, ya que la defensa no aportó ninguna prueba para demostrar su pretensión, y aquí en el proceso judicial se les ha garantizado la defensa”, argumentó el judicial.
Según Cortez, hubo una violación a los derechos constitucionales de su representada durante la investigación que realizó el Minsa en el caso, y que la acusación fue basada en esa investigación ilegal, lo que causó indefensión a Romero Gutiérrez.
Cortez al escuchar la resolución del judicial dejó sentada su protesta.
Mientras tanto la otra procesada, doctora María Gabriela Barrios Machado, al ser consultada por los medios de comunicación dijo que en su momento hablará y dirá la verdad sobre el caso, aunque no detalló a qué se refería.
De igual forma, Elton Ortega, abogado de la doctora Teresa Isabel Cuadra, dijo que no era el momento para responder a las preguntas de los medios y que iban a decidir cuándo hablar.
Mientras, las médicas procesadas seguirán presentándose a los juzgados a firmar asistencia hasta que llegue el juicio.
Lo que dice la acusación
De acuerdo con la acusación del Ministerio Público, las galenas no tuvieron el debido cuidado al tratar a la paciente Karina Peña, quien llegó a la emergencia del Hospital Salud Integral, el pasado 5 de abril a las 9:25 p.m., con dolor abdominal, fue atendida a las 10:00 p.m. y le mandaron a hacer exámenes de sangre y orina, pero fue hasta el día siguiente (6 de abril) que le ordenaron un ultrasonido, diagnosticándole pancreatitis aguda.
Ese día hasta las 12:20 del mediodía ingresaron a la paciente a sala general y a las 10:00 p.m. la acusada Teresa Isabel Cuadra, al encontrar a la paciente en un cuadro ansioso y con dolor le administró antibióticos (ceftriazone), el cual no está indicado para el tratamiento de la pancreatitis aguda, mas cuando no se sabe el origen, según acusación.
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