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Mario Ruiz Castillo

Cédula o muerte civil

En Nicaragua la cédula de identidad no es un simple documento para ejercer el derecho ciudadano del voto, es algo más e incluso sin la cédula de identidad está un ciudadano condenado a la muerte civil, ya que nada puede hacerse sin ese documento.

Si la cédula tiene un costo monetario, todos los ciudadanos deben pagar ese costo, incluso el presidente a quien según el mismo Consejo Supremo Electoral se le entregó sin costo alguno la renovación de la cédula, gratuitamente. No existe ninguna ley que exima de tal pago al ciudadano presidente ni a ninguna otra persona, además que sería un precedente inconcebible, dado el salario que tiene el primer mandatario y miles de nicaragüenses que ganan el salario mínimo a quienes se obliga a un pago que afecta su raquítico presupuesto.

El cumplimiento de la ley es general y no existen excepciones, salvo las mismas que permita la misma norma jurídica, la que no solo debe ser legal, sino moralmente aceptable.

Es tan fácil resolver este problema que basta con una renovación perentoria por uno o dos años de la vigencia de las cédulas que se vencen al concluir el presente año. Y renovarlas a un costo simbólico de veinte córdobas.

De no aceptarse una ampliación de la vigencia de las actuales cédulas de los ciudadanos, no solo se crea un problema legal a esas personas las que no pueden incluso cambiar un cheque, contratar ni contraer obligaciones, sino que ya se podría pensar que se está impidiendo desde ahora su participación en la contienda electoral del 2016, porque estoy seguro que a muchos ciudadanos no se les otorgará ese documento sino hasta que pasen las elecciones generales, bajo el pretexto de cantidad de cédulas a entregar, falta de personal, pocos recursos disponibles e incluso tecnológicos. Si en más de cinco años no se han entregado las mencionadas cédulas y el organismo responsable no ha realizado tareas destinadas a proporcionarlas, en lo que falta para las elecciones próximas sería más que una tarea imposible y justificable.

La Contraloría General de la República tiene obligación de velar por el cumplimiento de la ley, de manera que esta se cumpla de manera general y sin excepción alguna y determinar responsabilidades en caso se evada el pago en determinadas situaciones no contempladas por la norma jurídica. La Procuraduría General de la República es responsable también por el procesamiento legal de los funcionarios que incumplan y permitan que se sustraigan o distraigan fondos del Estado que le están confiados en administración.

Obligar al ciudadano común, al pueblo en general, al pago de 300 córdobas por un simple plástico que no vale más de 25 córdobas, o incluso si valiera más, es obligación del Gobierno otorgarla y que además no se cuenta con la organización requerida para entregarlas antes del 2016, puede interpretarse que tiene solo un fin y es el de enviar a la muerte civil a cerca de un millón de ciudadanos, que serán afectados gravemente en su vida normal y que no tendrá ninguna afectación a los ciudadanos que en forma ilegal la obtuvieron gratis, o aquellos que pudieron pagar dicha suma. Es decir estamos ante la aplicación de una ley en forma parcializada y tergiversada, estamos hablando de ciudadanos de primera y ciudadanos de segunda clase y todo ello en la Nicaragua cristiana, socialista y solidaria

El autor es abogado.

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