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Las reformas penales de Nicaragua buscan, entre otras cosas, garantizar que las sanciones penales por el tráfico y uso ilegal de armas de fuego sean acordes con la peligrosidad de las armas involucradas en los actos delictivos. LA PRNSA/ARCHIVO

Vienen reformas penales en 2015

P ara este año la Corte Suprema de Justicia presentará como iniciativa de ley ante la Asamblea Nacional una propuesta de reforma al Código Penal de Nicaragua o Ley 641, que incluye la armonización penal de delitos transnacionales como la trata de personas con fines de mendicidad y experimentación clínica, lavado de capitales, crimen organizado, entre otros, acordados y aprobados en el Sistema de Integración Centroamericana (SICA) el año pasado.

Para este año la Corte Suprema de Justicia presentará como iniciativa de ley ante la Asamblea Nacional una propuesta de reforma al Código Penal de Nicaragua o Ley 641, que incluye la armonización penal de delitos transnacionales como la trata de personas con fines de mendicidad y experimentación clínica, lavado de capitales, crimen organizado, entre otros, acordados y aprobados en el Sistema de Integración Centroamericana (SICA) el año pasado.

Además propondrá incluir unas reformas al Código Procesal Penal (CPP), entre ellas agregar el uso de la videoconferencia en juicios (declaraciones de testigos o peritos mediante cámara y llamada telefónica), ya que así fue reglamentada por el poder judicial en 2014, pero no está incluida en la norma procedimental, detalló el magistrado Marvin Aguilar, vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia y presidente de la Comisión Nacional de Coordinación Interinstitucional del Sistema de Justicia Penal de la República de Nicaragua.

Las reformas penales en proceso  buscan eliminar la discrecionalidad de los jueces para aplicar atenuantes hasta llegar a aplicar  la mitad de la pena mínima, en casos graves como trata de personas, tráfico de drogas y otros delitos.   L A
Las reformas penales en proceso buscan eliminar la discrecionalidad de los jueces para aplicar atenuantes hasta llegar a aplicar la mitad de la pena mínima, en casos graves como trata de personas, tráfico de drogas y otros delitos.
L A

En la parte procedimental también pretenden reformar el tema de la liquidación de pena, donde a los reos ya no se les aplicará al dos por uno por día trabajado sino uno por uno, porque hay mucha crítica social al respecto, argumentó.

Entre las propuestas de reforma al Código Penal o norma sustantiva está aplicar el principio de universalidad a los delitos de tráfico de armas, trata de personas y delitos cometidos contra la niñez, esto implica que estos tipos penales no prescriban o venzan y la víctima pueda ejercer la acción penal (acusar) en cualquier momento, explicó el magistrado Aguilar.

También se ampliará entre las circunstancias que agravan la pena, “la reincidencia internacional”, ya que se tendrá como antecedente las sentencias que otros tribunales de países miembros del SICA hayan impuesto contra determinado procesado en los delitos de tráfico de armas, lavado de capitales, tráfico de drogas, asociación ilícita, trata de personas y tráfico de órganos, salvo que el antecedente haya sido cancelado.

“Para esto vamos a crear un archivo de sentencias condenatorias para colaboración con los otros países”, dijo Aguilar.

NUEVOS TIPOS PENALES

Entre los nuevos delitos incluidos en las reformas está el “depósito de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales peligrosos”, siendo que en el actual Código Penal no se sanciona el depósito de armas y la armonización del SICA exige especificidad de las conductas a sancionar.

También amplían o especifican el delito de tenencia y porte ilegal de armas de fuego o municiones, clasificando las armas en las de uso civil, restringidas y prohibidas.

“No es lo mismo la tenencia y porte ilegal de armas de fuego de uso civil que el de armas restringidas que son de uso del Ejército y la Policía y las prohibidas que son las de mayor peligrosidad como las armas atómicas por su destrucción masiva. Esta falta de especificidad es una debilidad que tenemos en el Código actual, entonces la pena no puede ser la misma para cada delito”, explicó el funcionario.

[doap_box title=”Propuesta de reforma a Ley 461 será llevada este mes” box_color=”#336699″ class=”aside-box”]

El pleno de la Corte Suprema de Justicia se comprometió a conocer y aprobar las reformas al Código Procesal Penal antes del 20 de enero de este año.

Por tanto, aseguró el magistrado Marvin Aguilar, vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia y presidente de la Comisión Nacional de Coordinación Interinstitucional del Sistema de Justicia Penal de la República de Nicaragua, que de ser así, la Corte estaría presentando la iniciativa de ley este mismo mes ante los diputados de la Asamblea Nacional, junto con las propuestas de las reformas al Código Penal.

Aguilar también aclaró que a estas reformas se suman las que ya habían presentado el año pasado respecto a incluir los delitos de asesinato, homicidio y femicidio a ser conocidos por un juez técnico únicamente, eliminando el uso del jurado de conciencia y la tramitación deberá ser en prisión preventiva.

“Si Nicaragua aprueba en este año las reformas penales armonizadas seríamos el primer país miembro del SICA con las leyes homologadas. Estaríamos a la vanguardia de justicia en Centroamérica”, dijo el magistrado Aguilar.

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Otro delito nuevo es la “facilitación de armas a terceros”; este delito será sancionado con penas de tres a cinco años de prisión al que facilite o confíe a un tercero armas, municiones o explosivos fuera de los casos permitidos por la Ley.

En cuanto a la “asociación ilícita para delinquir” se amplía su aplicación a delitos graves, ya que en el actual Código solo se aplica a delitos menos graves. También se incluye que la asociación haya sido creada en el extranjero, siempre que se lleve a cabo algún acto penal en Nicaragua.

Según la armonización penal acordada en el SICA, se trata de salirle al paso a “organizaciones criminales plurinacionales que fundadas o constituidas en un país realizan sus actividades en otros estados”, explicó el magistrado Aguilar.

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20 artículos del Código Penal vigente serán reformados , según propuesta discutida y aprobada por la Corte Suprema de Justicia en diciembre pasado.

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Otro nuevo delito es la “responsabilidad de las personas jurídicas”, derivadas de las asociaciones creadas legalmente, pero que desvirtúan su fin para cometer delitos como el caso de las estafas piramidales como Agave Azul.

“Aquí se propone cancelar la personería jurídica, obligarla a resarcir los daños a los afectados y prohibirles a estos socios a volver a formar otra sociedad”, dijo el vicepresidente de la CSJ.

  “Las reformas penales no  son antojadizas, se refieren a los acuerdos de los presidentes en el SICA y a la  lucha contra el crimen organizado que tiene como política el Estado de Nicaragua”. Magistrado Marvin Aguilar,  vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia.
“Las reformas penales no
son antojadizas, se refieren a los acuerdos de los presidentes en el SICA y a la lucha contra el crimen organizado que tiene como política el Estado de Nicaragua”.
Magistrado Marvin Aguilar, vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia.
PENAS MÁS ALTAS

En lo que respecta a las penas de los nuevos delitos andan entre tres y cuatro años de cárcel; por ejemplo en el delito de tenencia y porte ilegal de armas de fuego o municiones, la pena pasó de seis meses a un año de prisión. En el actual Código Penal es de tres a cuatro años de cárcel si las armas son de uso civil y en la propuesta de reforma son de cuatro a cinco años de cárcel si las armas son restringidas y aumentará un tercio si son de uso prohibido.

Mientras que las penas por el nuevo delito de depósito de armas van de ocho a 11 años de cárcel, según el tipo de arma definida.

Según el magistrado Aguilar, el incremento es leve y va de acuerdo con la armonización acordada en el SICA que exige su incremento.

“A pesar que hay incremento en algunas penas, Nicaragua sigue teniendo las penas más proporcionales porque la pena máxima se mantiene en 30 años y no hay pena de muerte ni cadena perpetua como en otros países de la región”, justificó el funcionario.

En este sentido, también se propone eliminar la discrecionalidad que tienen los jueces para aplicar atenuantes hasta llegar a aplicar la mitad de la pena mínima, a como actualmente está establecido en el artículo 78 referente a las reglas para la aplicación de las penas del Código Penal vigente.

Estas propuestas de reformas fueron discutidas y aprobadas por la Comisión Nacional de Coordinación Interinstitucional del Sistema de Justicia Penal de la República de Nicaragua, integrado por la Fiscalía, Gobernación, Procuraduría General de la República, entre otras instituciones penales, a finales del año pasado.

También fueron aprobadas en Corte plena del poder judicial. Mientras que la reforma al Código Procesal Penal fue aprobada por la Comisión, pero aún falta que las apruebe la Corte en pleno.

Ver en la versión impresa las páginas: 4 A

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