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Cartas al Director

En Nicaragua han proliferado las empresas de vigilancia, y las modalidades de su ejercicio que tradicionalmente se realizaba en turnos de doce horas diarias, las cuales podían ser realizadas en jornadas diurnas o nocturnas.

El servicio de vigilancia

En Nicaragua han proliferado las empresas de vigilancia, y las modalidades de su ejercicio que tradicionalmente se realizaba en turnos de doce horas diarias, las cuales podían ser realizadas en jornadas diurnas o nocturnas, de manera semanal. Mas recientemente se han venido implementando “turnos” de veinticuatro horas continuas, esto, en abierta violación al precepto constitucional que establece la jornada laboral en ocho horas diarias. Adicionalmente, el Código del Trabajo prevé la posibilidad de que algunos trabajadores laboren jornadas de más de ocho horas, tales como personas que ostentan representación de su empleador, quienes desempeñan puestos de supervisión o dirección, quienes realicen labores discontinuas o que requieran su sola presencia, quienes cumplan su cometido fuera del local del centro de trabajo sin control de la administración, los trabajadores de transporte, sea aéreo, terrestre fluvial, lacustre o marítimo; y finalmente quienes no están sometidos a las jornadas de trabajo por la naturaleza de la labor que desempeñan.

De manera general el Código del Trabajo establece el máximo de horas extraordinarias que debe laborar un trabajador de manera diaria y semanal, fijándolo en tres horas diarias, no debiendo exceder las nueve horas semanales. Además de laborar en jornadas ilegales, en muchos casos a esos trabajadores se les priva del derecho al pago de ese exceso de tiempo laborado, ya que les pagan “dieciséis horas ordinarias y ocho horas extraordinarias”, o por “turno”, asignándole un valor monetario arbitrario, muy por debajo del valor real de su labor. El verdadero, honesto y real cómputo debe ser a la inversa, es decir, ocho horas ordinarias y dieciséis horas extraordinarias por “turno”. Así lo ha declarado en reiterados criterios el Tribunal Nacional Laboral de Apelaciones en sentencias como la del 8 de mayo del año 2012. (Sentencia Número 174). Esas horas extraordinarias deben ser pagadas con un cien por ciento más del valor estipulado para la jornada normal respectiva, así lo establece nuestra Ley Laboral.

Me comentaba un amigo vigilante que labora para una empresa del sector, que a ellos les deducen el valor de los uniformes que deben portar y que les entregan al momento de la contratación, lo cual constituye una violación al derecho de estos trabajadores. La Ley General de Higiene y Seguridad del Trabajo incluye como equipo de protección personal, la ropa de trabajo. Es obligación del empleador proveerlos gratuitamente.

Ricardo J. Guevara Altamirano

Terrorismo para mil años

Se dice que los dos jóvenes que perpetraron los asesinatos de los dibujantes de la revista Charlie Hebdo, al salir del lugar de los hechos decían: “Hemos vengado a Mahoma”. Sin querer estos jóvenes dieron con la clave del drama que representan los árabes musulmanes para el mundo occidental. Ellos suponen en su mentalidad religiosa que necesitan vengar a Mahoma. Eso significa que su profeta y su dios, Alá, son débiles, que necesitan ser vengados por seres humanos ya que ellos no pueden por sí mismos ejercer un castigo a los irredentos dibujantes de la revista satírica. Alá necesita de sus fieles para asesinar a gente inocente. Lo vemos todos los días con los ISIS, que asesinan extranjeros inocentes, mujeres, niños e incluso otros musulmanes como ellos, solo por pensar diferente. En el fondo todo se reduce a una cuestión religiosa. Los musulmanes están divididos en dos tendencias, los chiitas y los sunitas, quienes se matan entre ellos mismos pues no le tienen respeto a la vida de otro ser humano. ¿Y de quién es la culpa de semejante descalabro? La culpa la tienen sus sacerdotes o líderes religiosos que se llaman imanes. Ellos no les transmiten a los niños musulmanes que la vida humana es sagrada y que debe de ser respetada, sino todo lo contrario, los animan a morir, a sacrificarse por el Islam, que es su religión.

Mientras eso no cambie, tendremos terrorismo para mil años con miles de miles víctimas inocentes en todo el mundo. Yo me he tomado la molestia de leer el libro sagrado islámico, el Corán y en ninguna parte sale un mandamiento como el cristiano “No matarás”. No disponen de ninguna base religiosa musulmana que les indique que la vida humana es sagrada. Tienen más piedad por un camello que por otro ser humano. Si estoy equivocado le pido a un musulmán que me indique en qué parte del Corán está escrito que hay que salvaguardar la vida humana. Tampoco encontré textos que incitaran a matar a otros.

El Yihad significa esfuerzo… para ser mejores musulmanes, no para matar gente. Esta palabra está siendo tergiversada por imanes fanáticos desde la antigüedad para que los fieles musulmanes luchen con su vida por el Islam, no importando a quiénes deban de matar.

Mientras existan imanes radicales habrá niños (que después serán hombres) dispuestos a autoinmolarse por una supuesta guerra religiosa. Causando antes matanzas indescriptibles. Los árabes musulmanes se consideran descendientes de Abraham, reconocen la existencia de Jesús y la virginidad de María. Es una lástima que esta religión monoteísta tan sabia y tan pura, sea enlodada con tanta sangre inocente.

Álvaro Espinoza Medina

Bien público y réditos del mercado

El capitalismo globalizado a pesar de sus ventajas tecnológicas, formación e información, apareja una inminente desventaja referida a la confusión entre bien público y mercancía producida por el mercado.

La salud es considerada un bien público, entendiéndola como un bien muy especial que no debería ser susceptible de transacción en el mercado, puesto que tiene característica de ser “colectivo” y cuyo uso puede llevarse a cabo por cualquier ciudadano, con independencia de que este deba respetar la jurisdicción aprobada para protegerlos. A pesar de eso, en los años ochenta en países pobres el Estado sufre trasformación gestándose la privatización de diferentes bienes públicos, entre ellos los servicios de salud, sometiéndolos a reglas imperfectas del mercado y para mantener cierta apariencia se permite la existencia de entes fiscalizadores para garantizar el acceso y calidad en función de todos los ciudadanos, lo que se convierte en utopía.

Contextualizado lo anterior a nuestro país, existe un desbalance entre lo que la Constitución Política exige al Estado y lo que este permite al mercado. Por ejemplo, en nuestra carta magna se establece: Art 4. “El Estado promoverá y garantizará los avances de carácter social y político para asegurar el bien común, asumiendo la tarea de promover el desarrollo humano de todos y cada uno de los nicaragüenses”. Art 59 “Los nicaragüenses tienen derecho, por igual, a la salud…”

En la práctica esto no se cumple a pesar de que algunos privilegiados contamos con trabajo permanente y nos debitan 6.25 por ciento de nuestros ingresos, al momento de solicitar el servicio de salud en alguna clínica médica previsional, estamos indefensos ante arbitrariedades, por ejemplo en mi caso, el día viernes 16/01/2015 solicité el servicio al Hospital Militar, por sospecha de chikungunya, pasando una odisea.

Esperé más de una hora para que me atendieran y me dieran una orden para la realización del examen hasta el día lunes 19 so pretexto de que el virus aún no se había incubado. El 19 del mismo mes me presenté al laboratorio con dolores en las articulaciones y ni siquiera la persona que atiende tiene la consideración de ver al paciente a la cara, remitiéndome a otro espacio fuera de ese perímetro, luego me dicen que es en otro lugar y anduve del timbo al tambo.

Además del problema del virus, soy una persona con discapacidad a la cual le cuesta trabajo estar subiendo y bajando gradas lo cual no es tomado en cuenta.

Lo anterior me lleva a reflexionar al respecto y plantear lo siguiente:

– A pesar de que los que cotizamos con nuestros ingresos mantenemos el funcionamiento esta clínica médica previsional no siento que se me resarza mi contribución.

– Cómo se permite el funcionamiento de una clínica previsional con instalaciones inadecuadas con acceso tan complicado.

Estoy convencido de que los problemas por los que pasamos los usuarios de las clínicas previsionales son:

a) Confusión del bien público salud que lo transfiguran en prestación de servicios médicos previsionales.

b) Falta de control por el Estado de hacer cumplir la lógica que debería ser: si tú ofreces un servicio expresado en mercancía debes de dar calidad.

Luis Gustavo Murillo Orozco

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