La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia rechazó de plano la sentencia 591, donde los magistrados del Tribunal Nacional Laboral de Apelaciones mandaba a reducir el salario a un trabajador, favoreciendo al empleador, afirmó el magistrado Francisco Rosales, presidente de dicha Sala.
La sentencia 591 fue emitida el 14 de agosto del 2014 y firmada por los magistrados Olga Elvira Brenes, presidenta del Tribunal, Aidalina García y José Osejo, miembros de dicho tribunal colegiado, quienes en dicha sentencia argumentaron “acuerdo entre las partes”. Esta resolución no fue del agrado de los sindicatos de los trabajadores que argumentaban que tal fallo era violatorio del derecho laboral y por ello recurrieron ante el Poder Judicial en octubre del año pasado.
En sus recursos los sindicalistas pidieron la nulidad de la sentencia, “por atentar contra los derechos constitucionales” del gremio.
Al respecto, el magistrado Rosales dijo que la Corte “jamás puede aceptar esa sentencia por ir en detrimento de los derechos de los trabajadores”. La sentencia ya anda circulando por los despachos de los magistrados en busca de firmas.
Rosales observó que en la CSJ operan tres magistrados que fueron ministros de trabajo: Francisco Rosales, Manuel Martínez y Virgilio Gurdián. Ninguno de ellos, dijo Rosales, aprobó la sentencia. “Bajo ningún punto de vista se puede pretender que a través de un convenio se va ir en contra de normas que son consideradas de orden público, como la Constitución Política y Código Laboral”, dijo.
Saldrá una sentencia que afirma que no es posible reducir el salario a un trabajador. No se puede ir en detrimento de la clase trabajadora”. Francisco Rosales, presidente de la Sala Constitucional de la CSJ.
ANULAR LA SENTENCIA
L a Confederación Sindical de Trabajadores José Benito Escobar (CST-JBE) interpuso en octubre un recurso de amparo contra los magistrados del Tribunal Nacional Laboral y solicitó suspender o anular la sentencia 591 por contravenir la Constitución Política y demás leyes laborales del país. Según el recurso interpuesto por trabajadores, si bien es cierto una sentencia no produce jurisprudencia, en la práctica deja sentados criterios legales que pueden ser repetidos en sentencias sucesivas, por eso piden su anulación.
Esto respecto a declaraciones anteriores del magistrado Rafael Solís, quien era del criterio que una sentencia no crea jurisprudencia y dijo que los trabajadores debían sentirse tranquilos.
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