14
días
han pasado desde el robo de nuestras instalaciones. No nos rendimos, seguimos comprometidos con informarte.
SUSCRIBITE PARA QUE PODAMOS SEGUIR INFORMANDO.
Nicas en el exterior

Se estima que Un millón de nicaragüenses residen en el exterior. LA PRENSA/ARCHIVO.

Nicaragua ya no requiere de waiver para recibir cooperacción de EE. UU.

Con el levantamiento de restricciones legales relativas a la asistencia bilateral y al apoyo para la concesión de préstamos internacionales, el Estado de Nicaragua ya no recibirá el waiver, que permitía a Nicaragua el acceso a cooperación de EE. UU. a medida que resolvía los casos de confiscación de propiedades de ciudadanos estadounideneses en el país.

Nicaragua ya no requerirá de un waiver o dispensa cada año por parte de Estados Unidos para obtener préstamos internacionales que provengan de la renta de ese país, anunció este 5 de agosto la embajada de EE. UU. en Managua, mediante un comunicado.

Cada año Nicaragua requería del otorgamiento de esa dispensa para recibir cooperación de ese país, para lo cual las autoridades nicaragüenses necesitaban demostrar que había compromiso real en la resolución de casos de confiscación de propiedes a estadounidenses.

“El gobierno de los Estados Unidos ha levantado algunas restricciones legales relativas a la asistencia bilateral y apoyo para la concesión de préstamos internacionales a Nicaragua. Dichas restricciones fueron impuestas con base en la Sección 527 de la Ley de Autorización de las Relaciones Internacionales de los años fiscales 1994 y 1995, la cual prohíbe la asistencia y apoyo de los Estados Unidos a los países que no brinden a los ciudadanos estadounidenses un mecanismo adecuado para resolver sus reclamos pendientes de propiedades confiscadas”, explica el comunicado de la sede diplomática estadounidense en Managua.

En la misma recuerda que en caso de que esta dispensa no se otorgara “las restricciones de la Sección 527 permanecen en pleno vigor mientras existan reclamos sin resolverse. Esta disposición ha sido aplicada a Nicaragua desde que la ley fue aprobada y el Secretario de Estado anualmente ha dispensado su aplicación”.

Ahora que a Nicaragua se le ha levantado esas restricciones de la Sección 527, “significa que el otorgamiento de esta dispensa o “waiver” anual ya no será necesario”.

Y añade: “Para las afectaciones ocurridas en Nicaragua antes del 2002, la Sección 527, inciso (i), de la Ley aplica únicamente si los reclamos por las mismas fueron registrados con la Embajada de los Estados Unidos antes del 1 de agosto del 2005. A esa fecha se registraron en la Embajada un total de 3,166 reclamos. Entre julio del 2014 y julio del 2015, se resolvieron 30 reclamos de propiedad pertenecientes a 16 ciudadanos estadounidenses, incluyendo el remanente de los reclamos registrados que cabían dentro de los criterios de la Sección 527”.

RESPETO A LA PROPIEDAD

El Gobierno de los Estados Unidos, que reconoce el esfuerzo del Gobierno de Nicaragua “en los últimos meses para resolver los reclamos pendientes de una manera expedita y satisfactoria para todas las partes”, dijo que espera que el país “realice mayores esfuerzos para resolver los reclamos que no caben dentro de la Sección 527”.

Igualmente espera del Gobierno de Nicaragua “que mantenga su compromiso para proteger los derechos de propiedad privada de todos los ciudadanos estadounidenses en Nicaragua. En aras de fortalecer la confianza de todos los inversionistas en Nicaragua, es importante que se garanticen los derechos de propiedad”.

Puede interesarte

×

El contenido de LA PRENSA es el resultado de mucho esfuerzo. Te invitamos a compartirlo y así contribuís a mantener vivo el periodismo independiente en Nicaragua.

Comparte nuestro enlace:

Si aún no sos suscriptor, te invitamos a suscribirte aquí