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Los usuarios que consumen gran cantidad de energía podrían comprar a las generadores y no solo a las distribuidoras. LA PRENSA/ARCHIVO

Candado a grandes ventas de energía

Los grandes consumidores de energía tienen la opción de comprar directamente a los generadores, pero no lo hacen porque existe un conflicto institucional entre el Instituto Nicaragüense de Energía y el Ministerio de Energía y Minas, lo cual atenta contra la seguridad jurídica y contra el Estado de Derecho, explicó Jorge Vásquez, investigador de la Universidad Centroamericana (UCA).

Los grandes consumidores de energía tienen la opción de comprar directamente a los generadores, pero no lo hacen porque existe un conflicto institucional entre el Instituto Nicaragüense de Energía y el Ministerio de Energía y Minas, lo cual atenta contra la seguridad jurídica y contra el Estado de Derecho, explicó Jorge Vásquez, investigador de la Universidad Centroamericana (UCA).

En la investigación Análisis del marco regulatorio de los grandes consumidores de energía de Nicaragua se indica que a partir de la creación del Ministerio de Energía y Minas (MEM), se le transfirieron a este una serie de funciones del Instituto Nicaragüense de Energía (INE), quedando un supuesto vacío en lo relacionado con la habilitación como gran consumidor, al no establecer con claridad el legislador.

“Actualmente la distribuidora tiene exclusividad para comercializar la energía que adquieren en el mercado, pero existe un tipo de consumidor que dependiendo de la demanda de potencia que requiere, puede habilitarse como agente del mercado, convenir un acuerdo directo con un generador y cubrir su demanda de energía de forma directa, pero no se está dando o se da con menor incidencia por el conflicto existente”, dijo Vásquez.

El “gran consumidor” está definido como aquel consumidor servido a un voltaje igual o mayor a 13.8 kilovatios y con una carga concentrada de por lo menos 1,000 kilowatts.

Vásquez explica que la problemática jurídica se presenta cuando no se tiene claro quién o cuál es el ente gubernamental facultado para habilitar a un gran consumidor, lo cual produce inseguridad jurídica, que se traduce en daños económicos a las empresas o consumidores de energía.

“Con la crisis de energía que se vivió en el 2007 surgieron muchos problemas y no había energía para satisfacer la demanda de los grandes consumidores, ahora ya no tenemos problemas con el racionamiento, pero los grandes consumidores están trabajando con un descuento de la distribuidora, solo unas cuantas empresas como zonas francas y transnacionales tienen acuerdos directos porque se ha hecho un trámite complejo con el MEM y el INE”, agregó.

LEY DE VENTA DE ENERGÍA

Según el artículo 55 de la Ley 272, Ley de la Industria Eléctrica, los grandes consumidores pueden elegir libremente al suministrador de energía por medio de contratos; dichos suministradores pueden ser generadores o distribuidores nacionales o extranjeros y de igual forma en el artículo 21 se establece  que los generadores pueden suscribir contratos de compraventa  con distribuidores y con grandes consumidores.

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