La Sala Penal Dos del Tribunal de Apelaciones de Managua (TAM) anuló la sentencia de no culpabilidad que beneficiaba a los procesados Erlin Narváez Martínez y Luis David Sánchez Reyes, ambos acusados de lavado de dinero en perjuicio de la economía del Estado de Nicaragua.
La sentencia de no culpabilidad a favor de los acusados la emitió la juez Ingrid Lazo, titular del Juzgado Sexto Distrito Penal de Juicio de Managua, el pasado 28 de octubre del 2014, al no encontrar prueba suficiente. Además consideró que el origen de los 35,930 dólares en efectivo que llevaban los ciudadanos adheridos al cuerpo, eran de origen lícito provenientes de la venta de una casa y una camioneta.
El Ministerio Público y la Procuraduría General de la República rechazaron esta sentencia y apelaron por considerar que la judicial no valoró bien la prueba ni aplicó el Derecho.
DINERO EN ROPA
Los acusados Narváez y Sánchez fueron detenidos el 23 de junio del 2014, cuando hacían fila en el consulado costarricense, ubicado en el Reparto San Juan, de la capital, pero cuando llegaron al área de control estos no se querían dejar revisar ni que les dejaran pasar el detector de metales.
Eso levantó la sospecha de un oficial de seguridad del consulado tico, quien de inmediato le dio aviso de la anomalía a los agentes policiales de la Dirección de Protección de Embajadas, que estaban asignados en el sitio.
Cuando ambos sospechosos fueron revisados, la Policía les encontró varios fajos de dólares en las bolsas de los pantalones, principalmente de la denominación de 20, cuyo conteo final dio 35,930 dólares y también les ocuparon 169 córdobas, cuatro celulares, entre otras pertenencias.
NUEVO SORTEO
Según los magistrados de la Sala Penal Dos del TAM, la sentencia carece de motivación y quebranta el criterio racional y viola el debido proceso. “No es congruente ni posee la motivación debida”, reza la resolución del tribunal de alzada.
Además revoca la sentencia y mandó a sortear nuevamente el expediente para realizar el juicio.
Según la Fiscalía, la judicial no debió pedir pericia del tipo de plástico utilizado por los procesados para envolver el dinero, ya que para ellos era suficiente que un oficial de Policía dijera que el material utilizado es el mismo que utilizan los narcos para envolver el dinero y la droga.
También alegaron que la actitud sospechosa con que actuaron los procesados al momento de pasar por el consulado tico no fue tomado en cuenta por la judicial. “Valoró la prueba de forma superficial”, dice el escrito.
También argumentaron que la supuesta venta de la casa y camioneta con que los acusados respaldan el origen supuestamente lícito del dinero, no quedó bien probado porque los testigos no sabían cuándo compraron o desde cuándo poseían esas propiedades.
35,930 dólares en efectivo era la cantidad de dinero que llevaban los ciudadanos Erlin Narváez Martínez y Luis David Sánchez Reyes, ambos acusados de lavado de dinero en perjuicio de la economía del Estado de Nicaragua.
PRUEBAS EN JUICIO
De acuerdo con la resolución de la Sala Penal Dos del Tribunal de Apelaciones de Managua, entre los testigos que pasaron a declarar a favor de los procesados Erlin Narváez Martínez y Luis David Sánchez Reyes, ambos acusados de lavado de dinero en perjuicio de la economía del Estado de Nicaragua, eran familiares y amistades y no fue bien valorada la prueba.
Además no tenía porque pedir peritaje del material utilizado por los imputados para empacar el dinero, por lo que consideran hubo errónea aplicación de la ley sustantiva y adjetiva.
Aún no se conoce qué Juzgado conocerá nuevamente la causa para iniciar el proceso nuevamente contra los acusados por el Ministerio Público y la Procuraduría General de la República.
