El régimen de Daniel Ortega ha sostenido un proceso sistematizado de desmantelamiento del Estado de Derecho, de irrespeto a la Constitución y los derechos individuales en nuestro país, desde su toma de posesión del primer periodo presidencial en el año 2007 a la fecha.
En primer lugar, debemos determinar sin lugar a dudas que la reelección presidencial de Ortega en el año 2011 fue inconstitucional y arbitraria, violentando el Artículo 147, inciso A, de nuestra carta magna.
La sentencia de la Sala Constitucional de la Suprema Corte de Justicia por medio de la cual el régimen logró la admisión jurídica de dicha reelección carece de todo fundamento legal. La conformación de la sala fue antijurídica y se violentó el principio de la supremacía constitucional (Art. 182 y 183 Cn) y la reforma posterior no convalida los actos arbitrarios una vez que Ortega ya ostentaba dicho mandato presidencial. Dice un principio de derecho, “las cosas en derecho se deshace como se hacen”, (Artículo 192 Cn).
Todo el afán del presidente Ortega ha sido la perpetuidad y concentración del poder político, a costas de la supremacía de las leyes y el orden constitucional. La ley de reforma a la Constitución practicada para estos fines, donde establecen como forma de consenso la relación bipartita del Estado y la empresa privada vino a constituir un ente corporativista, donde el poder político y el poder económico se alían a favor de sus intereses de grupo, los sindicatos ya no alzan su voz en defensa de los trabajadores, a pesar de los salarios insuficientes, la fuga de mano de obra calificada hacia el extranjero y muchos menos contra la explotación de los precios en el combustible.
Por otro lado, el Frente Sandinista ha irrespetado las garantías individuales establecidas en los términos procesales, específicamente lo referido al plazo constitucional para que todo procesado sea puesto a la orden de autoridad procesal en el plazo de 48 horas, ni ser sustraído de su juez competente (Art. 33 Inc. 2.2 y 2.3, Artículo 11 CPP) de forma arbitraria lo aplican para control del poder central, en la capital, sobre casos de relevancia política o social.
El caso de la opresora “Ley de Seguridad Soberana” y sus aspectos inconstitucionales sería objeto de un análisis específico.
Demás está decir que el abuso sostenido del régimen contra el Estado de Derecho y las leyes del país han anulado la autonomía municipal, 36 alcaldes han sido destituidos de forma arbitraria, tal a como los impusieron por medio del fraude electoral. No existe la autonomía universitaria y la autonomía de entes como la Contraloría General de la República (CGR) que de fiscalizador, no fiscalizan nada.
Recuerdo al tristemente célebre doctor Guillermo Argüello Poessy, quien a tono con la estéril “lucha contra la corrupción” y sus rencillas personales traídas de la época somocista, de forma arbitraria emitió resoluciones administrativas en contra nuestra, el alcalde, concejales y otros funcionarios. Me correspondió coordinar la defensa jurídica de Hüeck y le interpuse 17 recursos de amparo contra la CGR y en todos logré la suspensión de acto.
El Contralor en ciernes se despidió de este mundo alineado al oficialismo y sus violaciones constitucionales.
El autor es abogado y notario público.