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Representantes de organizaciones de derechos humanos, sindicales y de la sociedad civil presentaron ayer en la secretaría de la CSJ un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Seguridad Soberana. LA PRENSA/CORTESÍA

Defensores de Derechos Humanos en riesgo

Un nuevo recurso por inconstitucionalidad en contra de la Ley 919, ley de Seguridad Soberana, presentó en la Corte Suprema de Justicia un grupo de representantes de organizaciones de derechos humanos y de la sociedad civil

Representantes de organizaciones de la sociedad civil y derechos humanos entre las que destacan la Comisión Permanente de Derechos Humanos (CPDH), Asociación Nicaragüense Pro Derechos Humanos (ANPDH), y el Movimiento Por Nicaragua, introdujeron ayer en la Corte Suprema de Justicia (CSJ) un recurso por inconstitucionalidad contra Ley 919, de Seguridad Soberana.

Para Marcos Carmona, secretario ejecutivo de la CPDH, la ley no solo limita el trabajo de los defensores de derechos humanos, sino que los expone ante cualquier denuncia que puedan realizar en el exterior sobre posibles atropellos que se cometan en contra de los derechos humanos de los nicaragüenses, pues podría ser interpretada por las instituciones policiales o militares de atentar contra la seguridad del país.

Con Carmona coincide el secretario ejecutivo de la ANPDH, Álvaro Leiva Sánchez, en cuanto al riesgo al que la ley expone a los defensores de derechos humanos.

El recurso fue introducido en contra del presidente inconstitucional Daniel Ortega, el presidente de la Asamblea Nacional, René Téllez e Iris Montenegro, presidenta interina del Parlamento en el momento en que fue aprobada la ley. La semana pasada el Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh) introdujo un recurso por inconstitucionalidad parcial contra la misma ley

“Coincidimos en que es una ley antidemocrática, es una ley que pareciera que estuviéramos en una estado de emergencia permanente y , violenta nuestros derechos y garantías constitucionales …que es para empezar a reprimir y criminalizar las protestas”, manifestó Carmona.

Lea: Ley es “amenaza”

Leiva Sánchez menciona también que al establecer la Ley 919 definiciones como “conductas ilegales” afecta el pleno ejercicio del derecho de libertad, pues “este tipo de definiciones y conceptos dentro de una ley facilita la interpretación subjetiva y antojadiza de cualquier funcionario, ya que en nuestro ordenamiento jurídico en consecuencia con los principios de Legalidad en materia penal lo que existen son conductas tipificadas como delitos y faltas en el ordenamiento jurídico penal”.

Por otra parte, dice Leiva, podría llevar a que un funcionario pueda “interpretar” como conflicto a la seguridad soberana; que un ciudadano quiera movilizarse de un sitio a otro para realizar acciones en favor de sus intereses.

Carmona dijo que el recurso lo presentan como parte de los procedimientos para agotar las vías internas y luego recurrir a organismos internacionales.

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