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Santos Obando, padre del reo detenido ilegalmente en el SPN. LA PRENSA/E. ROMERO

Sistema Penitenciario Nacional sin acatar orden de libertad

El caso de Yeyson Obando se suma a otros casos en los que el Sistema Penitenciario Nacional se niega a cumplir las órdenes de libertad emanadas de los tribunales de justicia

Pese a que la juez Segundo de Distrito Penal de Ejecución, Carmen Velásquez, desde diciembre del año pasado ordenó libertad condicional para Yeyson de Jesús Obando Rocha o Yesson de Jesús Obando, detenido en la Cárcel Modelo, el Sistema Penitenciario Nacional (SPN) se niega a acatar orden.

Obando fue uno de los trabajadores del taller donde fue desmantelada la camioneta del padre Marlon Pupiro, asesinado en el municipio de La Concepción, en agosto de 2011, quien fue sentenciado a cuatro años y medio de cárcel que cumple el 26 de febrero y por ese motivo le otorgaron libertad condicional en diciembre pasado.

“Yo lo veo personalismo, lo han querido agredir”, denunció el padre del detenido Santos Obando, en el Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), quien refirió que después que presentó un habeas corpus en la Sala Penal Dos del Tribunal de Apelaciones de Managua (TAM) a favor de su vástago, en represalia las autoridades de esa penitenciaría le suspendieron su participación en el régimen semiabierto en el que participaba así como las visitas.

El reo envió una carta al Cenidh a través de la cual explica que “ha sido sancionado sin ningún procedimiento administrativo ni ninguna sanción”, dijo la abogada del Cenidh, Wendy Flore, quien explicó que el TAM aparte de declarar ha lugar el recurso habeas corpus a favor del detenido también impuso una multa del 25 por ciento correspondiente al salario al jefe del penal.

También puso en conocimiento del caso a la ministra de Gobernación, Ana Isabel Morales, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Corte Suprema de Justicia y otras autoridades.

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COMENTARIOS

  1. Juvenal Mairena
    Hace 8 años

    La disposicion Constitucional dice: Las reoluciones Judiciales son de Obligatorio cumplimiento. En cualquier pais respetuoso de la Ley esta disposicion no habria necesidad de invocarla, aqui en Nicaragua es letra muerta para las autoridades , mas no para los particulares a quienes se aplica con todo rigor.

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