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Tania Montiel, acusada de posesión de estupefacientes, fue beneficiada con carta de libertad, por el sistema penitenciario nacional. LA PRENSA / A.FLORES .

Ministerio de Gobernación sustituye a jueces al sacar reos

El Ministerio de Gobernación continúa otorgando libertad a reos sentenciados o en proceso de juicio, bajo la figura de “convivencia familiar extraordinaria”, y muchas veces el juez que lleva la causa no se da cuenta, hasta el día de la audiencia, donde el mismo beneficiado le da la noticia.

El Ministerio de Gobernación continúa otorgando libertad a reos sentenciados o en proceso de juicio, bajo la figura de “convivencia familiar extraordinaria”, y muchas veces el juez que lleva la causa no se da cuenta, hasta el día de la audiencia, donde el mismo beneficiado le da la noticia.

En otras ocasiones el juez del caso se entera hasta que se hace pública la libertad del reo, como en el caso del exmagistrado electoral Julio César Osuna, quien a pesar de estar condenado a 18 años de cárcel por narcotráfico, fue beneficiado en diciembre pasado y hasta los magistrados de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, afirmaron desconocer el beneficio concedido.

Ayer la procesada Tania Montiel Ruiz, acusada de posesión de estupefacientes, compareció a audiencia de continuación de juicio en el Juzgado Décimo Distrito Penal de Managua, ante la juez Nancy Aguirre, con libertad otorgada por el sistema penitenciario a través de una “Carta de Libertad” otorgada el 11 de febrero de este año por la directora del penal de mujeres.

La procesada manifestó que estaba agradecida porque no tuvo que ir a audiencia con la juez porque hasta allá (en el penal) le llevaron la orden de libertad.

“Estoy muy contenta con el beneficio. Nos dijeron que era el ‘Año de la misericordia’ y que siguiéramos orando para que más mujeres sean beneficiadas. Y dicen que tenemos que agradecerle a

Dios, al comandante Daniel (Ortega) y a la compañera Rosario (Murillo) que nos están dando esta oportunidad”, dijo la exprivada de libertad.

Según Montiel, junto a ella fueron liberadas 16 mujeres y al día siguiente saldrían 42 más.

Entre las restricciones del régimen de convivencia familiar otorgado están: no frecuentar lugares como cantinas, juegos de azar, venta de bebidas alcohólicas, no visitar el lugar donde fueron detenidas, no hacer alteraciones al orden público y presentarse una vez al mes al sistema penitenciario a firmar.

LA PRENSA le preguntó al procurador penal auxiliar Francisco Mairena su opinión al respecto, puesto que en los delitos de droga el Estado de Nicaragua es la víctima y la Ley 735, Contra el Crimen Organizado, no permite tales beneficios, pero dijo que no tenía comentarios al respecto.

Lea también: Policía niega libertad a reo que está grave

LISTA PARA JUECES

Ayer mismo se conoció que a cada juez de Juicio de Managua y de Ejecución le están enviando la lista de los reos beneficiados, aunque las liberaciones se están dando desde diciembre del 2015.

Hasta el momento se conoce de forma extraoficial que se han liberado aproximadamente a mil reos, aunque la meta es depurar las cárceles del sistema con al menos dos mil privados de libertad en 2016.

LA PRENSA buscó la versión del poder judicial a través de Relaciones Públicas, pero Roberto Larios, vocero de esta institución ,dijo que no se pronunciará al respecto.
Súper ministerio

Con este procedimiento, Gobernación se atribuye funciones que no le competen, pasando sobre el poder judicial, donde los jueces quedan “pintados”, afirmó el abogado penalista Marlon Aburto.

“Estoy de acuerdo que saquen a los reos porque muchas veces están enfermos, son valetudinarios, viven en hacinamiento en las cárceles, pero están violando el procedimiento, porque el que tiene que otorgar la libertad es el administrador de justicia”, agregó Aburto.

La figura de “convivencia familiar extraordinaria” está contemplada en los artículos 119 y 120 del reglamento de la Ley 473, o Ley del Régimen Penitenciario, que literalmente dice que “los centros penitenciarios, de acuerdo con los recursos materiales que posean, tramitarán para las privadas de libertad en estado de embarazo … la convivencia familiar ante la autoridad judicial competente”.

Mientras que el artículo 120 habla de otorgar este régimen a los privados de libertad mayores de 70 años o los que padezcan de enfermedades crónicas o en fase terminal, con previa valoración del médico forense.

“Para los efectos de los artículos 33 y 95 numeral 18 de la Ley 473, el director del centro penitenciario informará a la autoridad judicial competente las circunstancias o condición del interno”, se lee en dicho reglamento.

Para el litigante penalista Franklin Woo, la ley es clara en que todo beneficio otorgado, incluyendo la convivencia familiar extraordinaria debe ser sometida a criterio judicial.

“La ley dice que el sistema penitenciario o Gobernación pueden darlo, pero deben informar al juez para que sea sometido a su criterio, no es que ellos tienen la facultad de hacerlo por sí y ante sí”, explicó Woo.

APLICACIÓN ES DISCRECIONAL

Otra ilegalidad en el otorgamiento de este régimen por autoridades del sistema penitenciario es que están otorgando de manera discrecional el beneficio a quienes ellos quieren. “Es una situación ambigua, por un lado rechazan las órdenes de libertad que emiten los jueces de Ejecución, de Juicio y de Audiencia, y por otro lado otorgan convivencia familiar sin corresponderles a quienes quieren”, agregó el litigante.

Al respecto, Aburto coincidió con su colega y puso de ejemplo un caso de esta semana, donde la juez Ingrid Lazo, titular del Juzgado Sexto Distrito Penal de Juicio de Managua, ordenó la libertad de su representado Jairo Leiva al declararlo no culpable de tráfico ilegal de migrantes por duda razonable en el caso de 19 nepalíes, pero el sistema no lo deja salir.

“Jairo Leiva dijo que un Dionisio Palacios dentro del sistema lo mandó a llamar y le preguntó cómo es que lo habían capturado y él le contó e inmediatamente le dijo: ‘No, ni v… vos no vas a salir. Ni el otro’”, contó Aburto.

CONTRADICEN LEY 745

En río revuelto, ganancia de pescadores, dice un viejo refrán, que se puede aplicar a esta masiva liberación de reos de parte del sistema penitenciario, afirmaron abogados penalistas en los juzgados, que prefieren no identificarse por futuras represalias, porque no solo los enfermos y las mujeres están siendo beneficiadas, sino que se aprovecha para liberar a condenados por narcotráfico de gran relevancia.

Los criterios para liberar a narcos de casos sonados como Operación Sur y otros, se desconocen, pero entran en contradicción con su propia Ley 745 o Ley Contra el Crimen Organizado, que les prohíbe cualquier beneficio a los condenados por este tipo de delitos, lo cual ha sido criticado como inconstitucional, pero igual la siguen aplicando.

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