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Varios ríos a nivel nacional se han secado por la explotación desmesurada del recurso del agua. LA PRENSA/ARCHIVO

Nicaragua necesita ley de cánones

Ha pasado ocho años desde que se anunció la creación de la Ley de Cánones, que manda la Ley General de Aguas Nacional en su artículos 88 y 89, para que los productores agropecuarios e industriales hagan uso del recurso mediante criterios que permitan que las fuentes no se agoten en el futuro, explicó Ruth Herrera, ex presidenta de la Empresa de Acueductos y Alcantarillado (Enacal).

Ha pasado ocho años desde que se anunció la creación de la Ley de Cánones, que manda la Ley General de Aguas Nacional en su artículos 88 y 89, para que los productores agropecuarios e industriales hagan uso del recurso mediante criterios que permitan que las fuentes no se agoten en el futuro, explicó Ruth Herrera, ex presidenta de la Empresa de Acueductos y Alcantarillado (Enacal).

“La ley de agua entró en vigencia en 2007, en marzo del 2008 debido presentarse la ley de cánones, pero que ha sucedido, que el Gobierno tiene una alianza con los empresarios y no quieren crear una ley que afecte los intereses de este sector”, sostuvo Herrera.

Lea: Nicaragua se está quedando sin agua

INTENTO FALLIDO

Por su parte Sergio Gámez, de la red nacional de agua y saneamiento dijo que hace años se intentó hacer un decreto para regular esto, pero no llegó a ejecución.

Agregó que la falta de una ley de cánones y de conciencia ha creado un descontrol en los servicios de agua y saneamiento en el país.

“No hay control sobre la explotación de los recursos hídricos y es importante para tener una gestión adecuada del uso del agua y saneamiento, este es un tema que ya se a discutido pero sigue pendiente”, dijo Gámez.

PARA MEJORAS DEL SISTEMA

La Ley 620, Ley General de Aguas Nacionales, en su artículo 89 dice: “Los montos recaudados por los cánones por el uso o aprovechamiento de aguas nacionales se destinarán preferentemente a cubrir los gastos para la administración, planificación, investigación, desarrollo tecnológico y de sistemas de información, así como financiar inversiones del Estado…”

Herrera comentó que si cada productor pagara 2.50 córdobas por metro cúbico de agua y al mes consumen mil metros, al año se deja de percibir treinta mil córdobas por productor y sí se multiplica por la cantidad de productores que explotan el recurso, una gran cantidad de dinero se estaría percibiendo si existiera la ley de canon.

“Que no se haría con ese dinero, los productores de otros países si meten el costo del agua, pero aquí no se hace eso, porque no somos un pueblo inteligente, pero al final nos vamos a quedar sin agua, y ahí se revierte una mala decisión, eso ha sido un tema que no se ha querido tocar”, afirmó Herrera.

ACERCA DE LA LEY DE CANON

La ley de cánones es un instrumento legal, que permitiría gravar un impuesto y aplicarlo a todas las instancias que hagan uso del recurso del agua a nivel nacional.

Herrera explica que este pago lo deberían hacer industrias de mataderos, embotelladoras nacionales de agua o empresas lecheras. Empresas que se dediquen a la agroindustria y seguridad alimentaria.

Hace años la Autoridad Nacional del Agua (ANA) estableció un cobro de cinco centavos de dólares a estas empresas como techo piso de canon, mientras entraba en vigencia la ley, pero la ley nunca entro en vigencia y la mayoría dejó de pagar el impuesto, que no era diferenciado a como debió ser.

 

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