La conservación de los bosques para que estos generen agua o eviten que toneladas de dióxido de carbono se vayan a la atmósfera, en otros países es visto como un servicio y por lo tanto, implica una remuneración.
El pago por servicios ecosistémicos, no es otra cosa más que eso, el reconocimiento económico o material por la conservación de los ecosistemas.
En el informe “Compensación por Servicios Ecosistémicos en Nicaragua” elaborado por la Fundación Nicaragüense para el Desarrollo Económico y Social (Funides), se plantea que “ante la crisis ambiental en Nicaragua, hay una necesidad urgente de promover la conservación, el uso sostenible de los ecosistemas y el uso más eficiente de los fondos disponibles en los programas ambientales”.
Roman Leupolz-Rist, economista principal en Economía Ambiental de Funides, explicó que en el informe se incluyen experiencias de pagos por servicios ecosistémicos en Nicaragua.
Según la investigación realizada por Funides, hay al menos nueve iniciativas finalizadas, cinco activas y dos en preparación, de pagos por servicios ecosistémicos.
Leupolz-Rist detalló que en Nicaragua no hay un marco regulador específico sobre el pago por servicios ecosistémicos, sin embargo, en la Ley General de Aguas Nacionales (Ley 620) se establece en su artículo 14, “pagos por servicios ambientales del recurso hídrico”.
La 620 en su artículo 95 establece que la Autoridad Nacional del Agua debe implementar los mecanismos correspondientes de cobro y pago del servicio ecosistémico hídrico.
APORTE AL DESARROLLO
Con el informe “Compensación por Servicios Ecosistémicos en Nicaragua”, la Fundación Nicaragüense para el Desarrollo Económico y Social (Funides) “busca realizar un aporte para los desarrolladores de proyectos de pagos por servicios ecosistémicos y así contribuir a la creación de un modelo de desarrollo sostenible”.
En el informe también se exponen criterios claves para el desarrollo exitoso de pagos por servicios ecosistémicos.