14
días
han pasado desde el robo de nuestras instalaciones. No nos rendimos, seguimos comprometidos con informarte.
SUSCRIBITE PARA QUE PODAMOS SEGUIR INFORMANDO.

La conciencia de la legitimidad

La subordinación del poder a la ley es una condición fundamental para la existencia de la democracia y el Estado de Derecho.

La subordinación del poder a la ley es una condición fundamental para la existencia de la democracia y el Estado de Derecho. Por el contrario, la transgresión de ese principio muestra la presencia de un régimen que pone su voluntad por encima de las normas jurídicas que deben regular su funcionamiento.

Ese comportamiento se expresa a través de diferentes formas que evidencian una misma actitud. Esto se da cuando la conducta de quien ejerce el poder viola con su acción las prescripciones legales. Igualmente, cuando se produce la adecuación de la ley a la actuación de facto que la violentó, mediante su reforma o sustitución, adaptando la ley reformada a la conducta transgresora, la que luego al actuar conforme la norma jurídica manipulada, tratará de presentarse como cumplidora de las disposiciones contenidas en ella.

En cualquiera de los dos casos nos encontramos en presencia de una violación flagrante a la legalidad y a la legitimidad. En el primer caso, al violar la ley se violenta tanto el principio de legalidad que se refiere al respeto del contenido formal de la norma, como el principio de legitimidad que se dirige al respeto de la voluntad general que aquella conlleva, lo mismo que los principios y valores fundamentales que sustentan esa voluntad colectiva y que le confieren la necesaria legitimidad que la sostiene.

En el segundo caso, se violenta la legitimidad con el falso respeto a la legalidad manipulada, mediante la cual se aparenta actuar conforme la ley, una vez que esta ha sido adaptada y sometida al poder, invirtiendo el principio del Estado de Derecho que se basa en la subordinación del poder a la ley, por una realidad de facto que consiste en la subordinación de la ley al poder.

En Nicaragua hemos presenciado actuaciones que violan directamente la ley a través de conductas de facto, como han sido por ejemplo los nombramientos para nuevos períodos, de la directora de la Policía Nacional, y del jefe del Ejército, a pesar de la prohibición expresa que ordenaba, una vez vencido el término, el retiro y el nombramiento de un nuevo director, directora, o jefe, en cada una de estas instituciones.

Con esta decisión que pasó por encima de lo establecido por la disposición legal respectiva, se violentó la legalidad y la legitimidad que la sustenta. Posteriormente a esta decisión, la Asamblea Nacional procedió a reformar las leyes correspondientes adecuando la norma jurídica a la actuación de facto del presidente de la República.

Otro ejemplo se refiere a las disposiciones del artículo 147 de la Constitución Política que prohibía la reelección sucesiva y también la reelección alterna cuando, en este caso, la persona hubiese ejercido la Presidencia por dos períodos, es decir, cuando ya hubiese sido reelegida una vez. El camino escogido en esa ocasión fue a través de sentencia de la Corte Suprema de Justicia que resolvió declarar la inaplicabilidad de dicho artículo, abriendo el camino a la reelección. Luego, por medio de la Asamblea Nacional, se procedió a la reforma constitucional que abolió las dos prohibiciones que establecía el artículo 147, después que este ya había sido violentado.

Se podría continuar citando ejemplos de las violaciones a los principios de legalidad y legitimidad, pero baste en esta ocasión señalar que el procedimiento utilizado ha tenido dos características esenciales: la violación directa de la ley; y, en algunos casos, además, la reforma de la ley y de la misma Constitución Política, para adaptarlas a la situación de hecho que las violó, y para establecer, a partir de la reforma de las mismas, la legalización de los actos del poder que, en ese momento, actuaría ya de conformidad con lo establecido en la norma jurídica.

Con esa táctica, se estaría pretendiendo legalizar y legitimar todas aquellas actuaciones que produjeron violaciones a la ley y a la Constitución. En estos casos, aunque se estuviese en presencia de una legalidad formal evidentemente manipulada, se carecería de manera absoluta de la legitimidad necesaria para convalidar esas actuaciones y se estaría en presencia de un sistema transgresor de las condiciones fundamentales del Estado de Derecho, la institucionalidad y la democracia.

Este ha sido un problema fundamental en Nicaragua, presente con altos y bajos a través de su historia política. El problema fundamental en nuestro país  es político e institucional. Lo es hoy y lo ha sido siempre. Dicho sea esto no para desconocer la importancia de la situación económica y social, sino para señalar que sin un adecuado sistema jurídico e institucional que dé confianza y seguridad, difícilmente podrá alcanzarse la estabilidad necesaria, y en consecuencia, la solución apropiada a los demás problemas que enfrenta la nación.

La legalidad y la institucionalidad son condiciones para el desarrollo. En nuestro país las leyes y las instituciones no han sido el origen y el contenido del poder, sino su instrumento. Reiteradamente se ha abusado de ellas, violentándolas, o manipulándolas, que es también una forma de violencia. En ambos casos nos encontramos ante la ruptura entre poder y derecho, frente a la contradicción entre la realidad y el sistema jurídico e institucional.

¿Qué hacer ante esta situación? La primera respuesta es la lucha por la conquista del Estado de derecho y la institucionalidad, a partir de tres aproximaciones fundamentales: asumir el Estado de derecho como la subordinación del poder a la ley; la institución como la causa y el cauce del poder; y el derecho como el sistema de límites al poder.

De ese primer paso nace la necesidad de responder otras interrogantes que surgen, pues si el Estado de derecho es la subordinación del poder a la Ley ¿esta a qué o a quién debe estar subordinada?

La Ley debe ser expresión de la voluntad general, pues si no lo es la traiciona y en vez de solución se transformaría en problema, pues toda ley no es otra cosa que la forma de expresar normativamente la voluntad colectiva. En su más recto sentido el derecho es la última fase de todo proceso histórico, social y cultural. No basta pues la legalidad, se requiere también la legitimidad.

Esta doble subordinación, la del poder a la ley y la de la ley a la voluntad general y sobre todo a la ética y valores universalmente aceptados, exige una nueva cultura política que llamaría la conciencia de la legitimidad.

Para alcanzar el verdadero sentido de la legalidad y la legitimidad, es necesario impulsar un proceso de concertación institucional y de legitimidad política, el que a través de la educación lleve a superar esa conciencia crepuscular y coyuntural que domina en ese campo y a impulsar una visión estratégica de la política y un proyecto de Estado-nación.

El autor es jurista y filósofo nicaragüense.

Puede interesarte

×

El contenido de LA PRENSA es el resultado de mucho esfuerzo. Te invitamos a compartirlo y así contribuís a mantener vivo el periodismo independiente en Nicaragua.

Comparte nuestro enlace:

Si aún no sos suscriptor, te invitamos a suscribirte aquí