El Código Penal de Nicaragua no hace discriminación de personas y esa es la raíz “del problema de que el médico sea juzgado como un delincuente común”, dijo este sábado Rafael Díaz Salazar, decano de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Americana (UAM), durante la Primera Conferencia sobre Aspectos Médicos Legales de la Negligencia Médica que organiza dicha universidad.
“Las actuaciones del médico no pueden ser juzgadas como se juzga a un pandillero, porque tiene muchas implicaciones de carácter humano, técnico y profesional, y por esa razón es que nosotros consideramos que en Nicaragua se debiera estar realizando una ley penal especial para el médico por las implicaciones que tiene el ejercicio profesional de la medicina”, expresó Díaz Salazar.
Según él, por las características propias de la profesión los médicos no pueden ser juzgados a la ligera ni con base en un Código que esté inclinado a un carácter esencialmente punitivo.
“Ya hay garantías”
Por su parte, Marcelo Castillo Monterrey, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua (UNAN-León), consideró que ya el sistema jurídico establece garantías o derechos, porque la Constitución y el Código Procesal Penal establecen un sistema de garantías que deben respetarse cuando una persona es sometida a un proceso penal.
“Debe velarse porque haya un debido proceso. Esas garantías establecidas en el sistema son para todos. Las personas que somos sometidas a un proceso debemos tener las mismas garantías”, dijo Castillo.
Además señaló que el Colegio Médico podría ejercer una labor de vigilancia, pero si se produce un caso de negligencia y hay una acusación tendrá que dilucidarse en los juzgados, porque este no puede tener jurisdicción penal sobre el asunto.