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El 3 de octubre tiene como fecha el Gobierno para brindar in informe completo a la Corte sobre las acciones realizadas. LA PRENSA/CORTESÍA Cejudhcan

Cinco comunidades indígenas beneficiadas con medidas provisionales

Las medidas provisionales están motivadas “por la gravedad y urgencia para evitar un daño, proteger derechos humanos”, explicó el director jurídico del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), Gonzalo Carrión.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos a solicitud de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó medidas provisionales a cinco comunidades indígenas miskitas del Caribe norte, de 12 que cuentan con medidas cautelares a causa de la violencia que enfrentan.

En la resolución sobre las medidas provisionales establece: “Esta Corte considera pertinente disponer medidas provisionales de protección en favor de todos los miembros del pueblo indígena Miskitu que habiten en las comunidades de Klisnak, Wisconsin, Wiwinak, San Jerónimo y Francia Sirpi, así como respecto de las personas que presuntamente hayan tenido que abandonar dichas comunidades y deseen regresar a fin de garantizar su vida, integridad personal y territorial, seguridad colectiva de todos sus miembros, particularmente las mujeres y los niños”.

Las medidas provisionales están motivadas “por la gravedad y urgencia para evitar un daño, proteger derechos humanos”, explicó el director jurídico del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), Gonzalo Carrión.

Y están establecidas en el artículo 63 de la Convención Americana y se pueden dictar dentro de un caso que conoce la Corte o antes a petición de la CIDH, explicó Carrión.

“La adopción de las presentes medidas tienen como finalidad coadyuvar con el Estado de Nicaragua en la solución de una situación de conflictividad. Por lo tanto, estas no implican un prejuzgamiento o imputación al Estado, sino la posibilidad de brindar elementos que generen transformaciones en la esfera interna que impidan la vulneración de derechos”, aclara la Corte.

Por tanto, ese tribunal solicita al Gobierno en representación del Estado de Nicaragua, “disponer, como medida provisional, la adopción, de manera inmediata (…) de todas las acciones destinadas a erradicar la violencia existente, así como proteger y garantizar el respeto a la vida, integridad personal y territorial e identidad cultural, en favor de los miembros del pueblo indígena Miskitu”, de las mencionadas comunidades.

El 3 de octubre tiene como fecha el Gobierno para brindar in informe completo a la Corte sobre las acciones realizadas, debe realizar un diagnóstico sobre la situación actual de riesgo de dichas comunidades que debe de informar a más tardar el 21 de noviembre de 2016. Así como cada tres meses debe informar a la Corte sobre las medidas adoptadas.

Lea: CIDH insta a investigar violencia

INFORMES  Y OBSERVACIONES

La Corte de Derechos Humanos solicita a la representación de los beneficiarios que presenten sus observaciones dentro de un plazo de cuatro semanas contadas a partir de la notificación de los informes del Estado.
Igualmente la Comisión Interamericana de Derechos Humanos deberá presentar sus observaciones a los informes del Estado de Nicaragua.

Mientras el Gobierno en representación del Estado de Nicaragua debe establecer una instancia interdisciplinaria que permita identificar las fuentes del conflicto y proponer soluciones para brindar las medidas de seguridad necesarias y erradicar la violencia.

12 son las comunidades indígenas miskitas que tienen medidas cautelares a su favor por la CIDH, después que desde hace más de un año se incrementó la violencia, tras la invasión de sus territorios.

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